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El Grande Oriente Español en auxilio de la política de Canalejas en materia religiosa

Ante los ataques y reacciones que la Iglesia protagonizó ante los intentos de reforma en materia religiosa, la Gran Asamblea del Grande Oriente Español del año 1910 discutió una proposición presentada al respecto.

La propuesta partía de la oportunidad de que la Masonería española, con arreglo a lo expuesto en su Declaración de Principios (se refería a la Constitución del Grande Oriente Español), y en consecuencia de la que se consideraba una persistente campaña que realizaba en España el “clericalismo” contra lo proyectos del Gobierno de Canalejas, y que afectaban a la revisión del Concordato, y a las disposiciones que se acababan de aprobar aclarando el alcance del artículo 11 de la Constitución es decir el que trata de la cuestión religiosa (La religión católica, apostólica, romana, es la del Estado. La Nación se obliga a mantener el culto y sus ministros. Nadie será molestado en el territorio español por sus opiniones religiosas ni por el ejercicio de su respectivo culto, salvo el respeto debido a la moral cristiana. No se permitirán, sin embargo, otras ceremonias ni manifestaciones públicas que las de la religión del Estado), la Asamblea debía declarar que todo masón estaba obligado a ayudar con sus esfuerzos a cuantas reformas plantease el presente Gobierno o cualquier otro que se inspirase en los principios de igualdad, libertad de conciencia y en la neutralidad de la enseñanza.

La proposición recomendaba que debía dirigirse una exposición al Gobierno en nombre de la Masonería española en la que se hiciera constar la satisfacción de la misma por los decretos, disposiciones y proyectos de que se había hecho referencia anteriormente, y su propósito de prestar su ayuda a toda obra democrática que se realizase o intentara realizar por el Gobierno y que tuviera relación con los consignado en la Declaración de Principios del Grande Oriente Español, en su inciso III, párrafo 3º.

Se declaró como urgente la proposición y fue inmediatamente tomada en consideración, así como discutida en el acto, siendo aprobada por unanimidad. El gran maestre sería el encargado de redactar el documento expresado y elevarlo al Gobierno.

Hemos trabajado con el número del 28 de julio de 1910 del Boletín Oficial del Gran Oriente Español.

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