El Gobierno ve «muy difícil» que la negociación con la jerarquía católica acabe con una rebaja de la exención del pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), la más emblemática ventaja tributaria de la Iglesia en España. Así lo revela a infoLibre una fuente al corriente de las conversaciones entre el Ministerio de Presidencia y la Conferencia Episcopal (CEE), con Félix Bolaños (PSOE) y Juan José Omella al frente. El hecho de que la Iglesia comparta este beneficio fiscal con el resto de «entidades sin fines lucrativos», entre ellas ONG y fundaciones, resulta decisivo para alejar al Gobierno de la posibilidad de una modificación de esta exención, ya que obligaría a cambios legales ad hoc para la institución católica, añade esta fuente.
Las negociaciones sí se encaminan a una rebaja de los beneficios de la Iglesia en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), en el que la propia cúpula de la Iglesia admite que goza de un posible «privilegio». En cuanto al IBI, no cambiar el régimen de la Iglesia supondría mantener el beneficio fiscal no sólo para edificios de culto o caridad, que no ha estado en discusión, sino también para aquellos en los que la Iglesia hace negocio. Es un terreno delicado. Hay al menos dos sentencias europeas que, sin entrar expresamente en el caso del IBI de la Iglesia en España, sí apuntan a una posible colisión de esta ventaja fiscal con la prohibición europea de dar ayudas de Estado.
El Ministerio de Presidencia evita realizar cualquier comentario. La consigna mientras duran los trabajos es «no se radian negociaciones». Quien sí las ha radiado ha sido el secretario general y portavoz de la CEE, Luis Argüello, que ha afirmado: «Ellos [el Gobierno] reconocen que en el IBI la Iglesia tiene el mismo régimen que todas las entidades no lucrativas. El Gobierno no desea cambiar el régimen fiscal de la Iglesia en este asunto. No tienen intención de reformar la Ley de Mecenazgo». Tras dar por saldada satisfactoriamente para sus intereses la disputa por las inmatriculaciones y mientras trata de fijar una posición común sobre la investigación oficial por la pederastia, la CEE ve a buen recaudo su exención del IBI.
Europa Laica estima que la exención del IBI libra a la Iglesia –es decir, a las miles de entidades que componen la Iglesia– del pago de 700 millones al año, si bien el cálculo no delimita qué parte es por inmuebles que sirven a una actividad económica. Consultada por este periódico, la CEE no responde sobre el número de inmuebles libres de IBI con los que hace negocio ni sobre la posible colisión de esta ventaja fiscal con la normativa europea.
De Franco al IBI
Desde la llegada de Pedro Sánchez (PSOE) a La Moncloa, la relación del Gobierno con la jerarquía católica ha estado marcada por asuntos de gran alcance político. El primero fue la exhumación de Franco del Valle de los Caídos, que el Gobierno acometió en octubre de 2019. Una vez sacado el dictador, llegó la hora de hablar de la relación Iglesia-Estado. Tras la elección como presidente de la CEE en marzo de 2020 de Juan José Omella, tenido por dialogante y reformista, el Gobierno y la cúpula eclesial abrieron una negociación sobre asuntos de «interés mutuo». Uno de estos asuntos es la fiscalidad, objeto de una subcomisión propia en las negociaciones.
Una serie de sentencias judiciales y posicionamientos públicos del Gobierno y del PSOE habían generado la expectativa de que la negociación en el terreno tributario podría suponer una rebaja de la exención del IBI. La cuestión no está cerrada, porque la subcomisión sigue abierta. No obstante, el Gobierno lo ve «muy difícil. Una serie de sentencias judiciales y posicionamientos públicos del Gobierno y del PSOE habían generado la expectativa de que la negociación en el terreno tributario podría suponer una rebaja de la exención del IBI. La cuestión no está cerrada, porque la subcomisión sigue abierta. No obstante, el Gobierno lo ve «muy difícil.
Culto y alquileres
Pero, ¿de qué beneficio fiscal estamos hablando? La explicación obliga a mirar más de 40 años atrás.
La exención del IBI de la Iglesia está asentada en el acuerdo económico entre el España y el Vaticano de 1979. No obstante, dicho pacto sólo prevé la exención para casos específicos, como templos de culto, residencias de religiosos y seminarios, entre otros. No es una exención pensada para inmuebles en los que se realiza una actividad lucrativa, por ejemplo alquileres a terceros o explotación comercial directa. Sin embargo, la Iglesia se beneficia en la práctica de una exención generalizada, que incluye a inmuebles en los que se desarrolla actividad económica lucrativa. ¿Ejemplos? La Iglesia se ha librado del pago del IBI por aparcamientos en ciudades como Almería y Lugo o por un hotel en la Costa Brava, por citar tres casos acreditados por infoLibre.
Los intentos de cobro por parte de ayuntamientos han aflorado más exenciones que no responden a lo previsto en el acuerdo con la Santa Sede. El Ayuntamiento de Barcelona pretende el cobro de 22.000 euros de IBI por un edificio que una congregación tiene alquilado a una empresa educativa en Barcelona, asunto que está dirimiéndose en los tribunales. En Valencia, su concejal de Hacienda, Borja Sanjuán (PSPV), explica a este periódico que estudia posibles liquidaciones por un importe de unos 4 millones por inmuebles en los que se desarrollan actividades económicas, la mayoría de la Iglesia. Sanjuán cita como ejemplos locales alquilados para restauración u oficinas, pisos arrendados e incluso un hospital que se beneficia de la exención mientras los públicos sí pagan.
No son los únicos casos, ni mucho menos. ¿Cuántos son? Averiguarlo sería una odisea. La Iglesia está compuesta por unas 40.000 entidades con elevado grado de autonomía. Conocer la cuantía global de lo exento exigiría información de todos los ayuntamientos de España, con detalle sobre el titular del bien con beneficio fiscal, su uso y la cantidad que se deja de pagar. La Iglesia no ofrece información en sus memorias anuales que permita ni acercarse a eso.
Ley de Mecenazgo
La exención del IBI, aunque originalmente era limitada, se viene aplicando de forma generalizada. Las excepciones sólo son posibles cuando un ayuntamiento se decide a intentar girar un recibo a la Iglesia si entiende que disfruta una exención injustificada. Se abren entonces largos procesos administrativos y judiciales, porque la Iglesia recurre por sistema. Aunque la cuestión es controvertida jurídicamente, la balanza se inclina en los tribunales del lado de la institución católica, que ha logrado dos sentencias en el Constitucional (2013) y el Supremo (2014) que avalan la interpretación extensiva de la exención.
Las victorias de los ayuntamientos son excepcionales. Sobresale un ejemplo. Una sentencia de 2017 que no fue recurrida obligó a la Iglesia a pagar el IBI por tres negocios en el Santuario de Lluc, en Escorca (Mallorca). La clave estaba en que la entidad religiosa explotaba directamente los bienes. En cambio, la exención en caso de alquiler a un tercero –de locales, pisos, aparcamientos– viene recibiendo mayoritariamente el aval judicial. El porqué se encuentra en la Ley de Mecenazgo de 2002, que mediante un intrincado articulado acaba por establecer exenciones no ya por la naturaleza de la actividad, sino por el origen de los ingresos, dejando exentos los alquileres.
Un cambio de los beneficios de la Iglesia en el IBI exigiría al menos la modificación de dicha ley, que equipara a las entidades religiosas con ONG y fundaciones. La exención se extiende a los partidos políticos, que llegan a ella a través de la Ley de Financiación de Partidos, explica Hacienda. El hecho de tener que cambiar una Ley de Mecenazgo es considerado por el Gobierno un serio escollo para revisar la exención del IBI de la Iglesia, según la mencionada fuente conocedora de su posición. Argüello, portavoz de la CEE, afirma que los representantes del Gobierno han manifestado que no tienen intención de cambiar esa norma, que afecta a miles de ONG, fundaciones y asociaciones de utilidad pública.
Dos sentencias europeas
No tocar el IBI de la Iglesia puede tener sus riesgos. La exención de este impuesto en edificios con uso lucrativo lleva años siendo objeto de controversia. De hecho, es un beneficio claramente bajo sospecha judicial.
Hay dos casos clave. El primero arranca en Getafe, donde el Ayuntamiento le cobró 24.000 euros del ICIO a los Escolapios por una obra de ampliación de un colegio. La organización religiosa reclamó la devolución. El juzgado en el que acabó el caso lo elevó al Tribunal de Justicia de la UE, con sede en Luxemburgo, que en junio de 2017 estableció que esta exención «puede estar comprendida» en el ámbito de las ayudas ilegales de Estado recogidas en el artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la UE. Las exenciones son ilegales si las actividades protegidas «son de carácter económico». En esta ocasión lo era y el ayuntamiento ganó.
En el segundo caso, el Tribunal de Luxemburgo obligó en noviembre de 2018 a cobrarle a la Iglesia el impuesto sobre bienes inmuebles (ICI, en Italia) atrasado por establecimientos donde desarrolle actividades comerciales, también con el argumento de que lo contrario sería una ayuda de Estado.
Carmen Calvo y el papa
Estas dos sentencias parecían fortalecer la posición del Gobierno de España fijada en octubre de 2018 por la entonces vicepresidenta, Carmen Calvo, que afirmó haber trasladado al secretario de Estado del Vaticano, Pietro Parolin, su deseo de la Iglesia pague por «aquellos inmuebles o actividades en las que no se produce culto».
Es más, el Gobierno encontró en marzo de 2019 otro refuerzo a su posición en la figura del papa Francisco, que en una entrevista en La Sexta afirmó que la exención del IBI sólo estaba justificada en el caso de los inmuebles con uso religioso o social.
¿Ayudas de Estado?
Así que eran al menos cuatro los elementos que alimentaban la hipótesis de que la negociación sobre fiscalidad entre el Gobierno y la CEE cuestionaría la exención del IBI en los inmuebles en los que se desarrollan actividades lucrativas: 1) La sentencia europea del caso de Getafe, aunque referida al ICIO, que apuntaba a posibles ayudas de Estado. 2) La sentencia europea sobre el IBI, aunque referida a Italia, que también alertaba sobre las ayudas de Estado. 3) Las intenciones declaradas por el Gobierno. 4) La posición del papa. Además, aunque la medida no está recogida en el programa de Gobierno de PSOE y Unidas Podemos, sí lo está al menos como intención en las resoluciones del último congreso del PSOE.
¿Quedará finalmente intacto el IBI de la Iglesia? Juanjo Picó, presidente de Europa Laica, tiene dudas y se muestra extrañado ante la posibilidad de que el Gobierno no elimine el beneficio fiscal cuando hay negocio. «La sentencia de Getafe es aplicable al caso del IBI. Creo que dejar las cosas así podría ser una pifia que acabara en una sentencia europea contra España. En este tema aún no se ha dicho la última palabra», señala Picó, que recuerda que la Iglesia sólo perdió la exención del IVA en 2007 bajo presión de al UE.
«Si no tocan el IBI de la Iglesia, no tocan nada. Entiendo que el Gobierno pueda intentar escaparse con la coartada de que la Iglesia está bajo el mismo paraguas que las ONG, pero lo cierto es que el patrimonio de la Iglesia y la explotación que hace del mismo es incomparable. Además, jurídicamente no se sostiene. La Iglesia es una institución peculiar, la propia Constitución la nombra. Está perfectamente justificado un régimen aparte», explica el economista Enrique Ruiz del Rosal, especializado en fiscalidad de la Iglesia, que cree que la exención tal y como se aplica ahora mismo constituye una «clara» vulneración del principio de «libre mercado». Ruiz del Rosal coincide con Picó: dejar el IBI como está expone a España a un varapalo de la Justicia europea por ayudas de Estado.