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El Gobierno responde al senador Carles Mulet en relación a los Acuerdos con la Santa Sede: “en septiembre se reunirán los primeros grupos de trabajo sobre fiscalidad y bienes inmatriculados”

Como afirmábamos ha unos días, el actual Gobierno PSOE/UP no tiene en su agenda derogar, denunciar o actuar contra los Acuerdos concordatarios con la Santa Sede que permitan eliminar los actuales privilegios, y ello pese a que cuando estaban en la oposición, en febrero de 2018, apoyaron una proposición en ese sentido para poder sacar la religión confesional de la escuela, algo que tampoco está en la agenda del Gobierno.


RESPUESTA DEL GOBIERNO A LA PREGUNTA ESCRITA DEL SENADOR CARLES MULET GARCÍA:

Los acuerdos con la Iglesia Católica son convenios de naturaleza internacional y están sometidos a lo dispuesto en los artículos 94 y 96 de la Constitución. Según este último, “sus disposiciones sólo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la
forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho internacional”.

En todo caso, los propios Acuerdos prevén mecanismos de interpretación y modificación que requieren de la intervención de ambas partes. En la reunión de la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática con el Presidente de la Conferencia Episcopal, del pasado día 24 de junio, se acordó establecer una agenda amplia de trabajo para avanzar en un modelo que permita la colaboración y la resolución de las posibles discrepancias
que pudieran plantearse y se han designado a las personas encargadas de ello. Asuntos como la fiscalidad de la iglesia, la protección a la infancia, las inmatriculaciones o la reforma del marco normativo de la Educación, figuran entre las cuestiones que serán abordadas. Asimismo, se decidió revitalizar los trabajos de la Comisión Mixta, prevista en los Acuerdos con la Santa Sede, como un espacio de trabajo y diálogo institucional que permita actualizar las relaciones entre la Iglesia y el Estado a los momentos en los que vivimos.

En este sentido, ya se ha producido la primera reunión y en septiembre se reunirán los primeros grupos de trabajo sobre fiscalidad y bienes inmatriculados. En definitiva, el Gobierno acredita la voluntad que ha venido manifestando reiteradamente
en las respuestas parlamentarias y abre un espacio de diálogo con la Iglesia Católica que permita actualizar el marco de sus relaciones.
Madrid, 10 de septiembre de 2020

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La pregunta a la que se responde, es una reiteración, por falta de respuesta, que el senador de Compromís remitió el pasado mes de julio, y que reproducimos:

PREGUNTA ESCRITA (Artículo 160 del Reglamento del Senado)
AUTOR: MULET GARCÍA, CARLES (GPIC)
684/020463     21/07/2020 15:33   Expediente:44075
D. CARLES MULET GARCÍA, Senador designado por las Corts Valencianes, del GRUPO PARLAMENTARIO IZQUIERDA CONFEDERAL (ADELANTE ANDALUCÍA, MÉS PER MALLORCA, MÁS MADRID, COMPROMÍS, GEROA BAI Y CATALUNYA EN COMÚ PODEM), al amparo de lo previsto en los artículos 160 y 169 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente pregunta con respuesta escrita:

A la pregunta sobre el concordato con la Santa Sede 684/016732

¿ ¿Hasta cuándo tiene previsto el Gobierno que ha de continuar la sociedad valenciana y española cumpliendo con tanto sacrificio social su parte del contrato (Acuerdos de 1979), mientras la otra parte (la Iglesia Católica española) incumple sistemáticamente su parte, de compromiso contraído en los citados Acuerdos y su “propósito de lograr por si¿ misma los recursos económicos suficientes para la atención de sus necesidades”?

El Gobierno contesta:
RESPUESTA: Los Acuerdos entre el Reino de España y la Santa Sede no son una ley estatal que se pueda modificar siguiendo los trámites legislativos ordinarios. Al tratarse de convenios de naturaleza internacional, están sometidos a lo dispuesto en los artículos 94 y 96 de la Constitución. Según este último, ¿sus disposiciones sólo podrán ser derogadas, modificadas o  suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho internacional¿ y añade que, para la ¿denuncia de los tratados y convenios internacionales, se utilizará el mismo procedimiento previsto para su aprobación en el artículo 94¿. Corresponde a las Cortes Generales la previa autorización para la prestación del consentimiento del Estado para obligarse por medio de convenios internacionales en los casos de tratados de carácter político o que impliquen medidas legislativas para su ejecución, como sería el caso. Tal es el procedimiento a seguir sin que baste una simple derogación por parte del Gobierno, como se señala en las preguntas en cuestión, y que apela a una acción que el Gobierno no puede acometer sin respetar el mencionado procedimiento constitucional. En consecuencia, la modificación de los Acuerdos con la Iglesia Católica tiene un carácter bilateral, sin perjuicio de que el Estado pueda acometer desarrollos legales dentro del marco previsto en los mismos.
La voluntad de avanzar en el cumplimiento de los compromisos asumidos por las partes, en los Acuerdos entre el Estado y la Santa Sede, permanece y el compromiso asumido por el Gobierno en este sentido es firme.
Madrid, 13 de julio de 2020

De nuevo, el Gobierno no contesta a lo preguntado,
Por ello reitero:
¿Hasta cuándo tiene previsto el Gobierno que ha de continuar la sociedad valenciana y española cumpliendo con tanto sacrificio social su parte del contrato (Acuerdos de 1979), mientras la otra parte (la Iglesia Católica española) incumple sistemáticamente su parte, de compromiso contraído en los citados Acuerdos y su “propósito de lograr por si¿ misma los recursos económicos suficientes para la atención de sus necesidades”?

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