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El Gobierno indulta a religiosos y a corruptos.

El Gobierno de España ha comunicado que “el Consejo de Ministros ha aprobado Reales Decretos por los que se conceden diecinueve indultos especiales con motivo de la festividad de Semana Santa. Tradicionalmente, las cofradías de penitentes solicitan esta medida de gracia para aquellos reos del ámbito de su provincia que cumplen los requisitos de cualquier indulto ordinario, como son que esté cumpliendo condena en la actualidad y que concurran razones de justicia, equidad o utilidad pública”.

Otra forma más de abuso de poder, esta vez por razones religiosas, que expresa la vulneración de la Constitución que declara la aconfesionalidad del Estado. Recorrer las cofradías y hermandades que hacen la propuesta de los 19 indultos otorgados nos remonta, como mínimo, a la dictadura nacional-católica.

Concretamente, la Cofradía de Nuestra Señora de la Piedad, de Valladolid, pidió el perdón para un condenado que dirigió una sucursal del  Santander durante 11 años. Lo había sido por un delito  de falsedad en documento mercantil y otro de apropiación indebida por extraer dinero de la cuenta de uno de sus clientes hasta apropiarse de cinco millones de pesetas. La rebaja de la pena le impide entrar en prisión. Y, así, 18 más por los más variados delitos.

Pero, como es sabido, este abuso viene de lejos. Así lo expuso el diputado Llamazares en la Propuesta que hizo para la reforma de la Ley de Indulto de 18/6/1870. Una Ley y una facultad discrecional de los Reyes que arranca de la Constitución de 1812. Ley que no solo exige una profunda reforma, si es que pretende mantenerse ese residuo absolutista, sino que debe ser aplicada con especiales cautelas ya que, la hoy vigente, aún se refiere a penas ya inexistentes, como “la pena de muerte”, y exige para concederse requisitos  propios del ámbito  del derecho fundamental a la intimidad, como es el “arrepentimiento”.

En fin, es una Ley arcaica y, en algunos aspectos, antidemocrática. Porque, mientras sigue aplicándose se hace, como dice Llamazares, de  modo “discrecional, arbitrario y en gran parte, secreto”, atentando frontalmente  a los principios de legalidad y de igualdad ante la Ley. Y, las consecuencias son gravísimas. Según dicho diputado “entre los años 2004 y 2008 los sucesivos Gobiernos del PP y del PSOE concedieron un total de 4.667 indultos”, una media de 42 al mes. Y el ministro Acebes, con motivo de la visita de Juan Pablo II a España, “concedió 1.443 indultos en bloque en un solo día”. Resulta imposible saber quiénes fueron los beneficiarios. Pero es una realidad que, en los últimos años, se han concedido 143 a condenados por delitos de malversación de caudales públicos, es decir, por corrupción, y 24 por delitos de tortura.

Y, más recientemente, el 28 de febrero de este año fue indultada una mujer condenada por un delito de asesinato en grado de tentativa y otro de  tenencia de explosivos a una pena de ocho años, que quedó reducida a dos. La conducta consistió en la remisión a un alto cargo de la Generalitat de un paquete-bomba que, desactivado, no llegó a explotar.

Si el grado de liberalidad ha llegado a este extremo, contemplamos con asombro e indignación que no se otorgue  el indulto total al juez Garzón. El próximo mes de mayo llevará expulsado de la Carrera Judicial cuatro años. Que la Fiscalía se haya opuesto al mismo resulta  en franca contradicción con su posición en el proceso, ya que siempre estimó lícitas y justas  las decisiones del juez Garzón contra los responsables de Gürtel, solicitando su absolución.

Así se expresaba el 26/5/2010: “Al mismo tiempo que se investiga una determinada trama de corrupción de amplia complejidad, cobra vida un proceso paralelo contra el Juez Instructor en el que actúan como acusadores particulares dos de los principales implicados en aquella trama. A la vez que se instruye la causa criminal se está instruyendo otra contra el juez que practicó diligencias restrictivas de derechos adoptadas sobre la base de indicios sólidos que cumplen los requisitos de necesidad y proporcionalidad”.

Y por parte del Tribunal Supremo (TS), debe resaltarse que participaron en el Informe de oposición al indulto, tres magistrados -Colmenero, Varela y Marchena- que estaban obligados legalmente a abstenerse y no pronunciarse y no lo hicieron. Y, por otra parte, es evidente que desconocen el significado de la “equidad” en la aplicación de la ley. Porque, ciertamente, la rígida aplicación del Código Penal por el TS al juez Garzón ha conducido a un resultado totalmente injusto, lo que justifica y fundamenta la concesión del indulto como forma de corregir, como decían los solicitantes del mismo, una condena “de una severidad desproporcionada y extraordinaria”. Así lo esperamos.

Carlos Jiménez Villarejo, ex fiscal general anticorrupción

Jorge Fernandez ministro Interior besando crucifijo

Foto distribuida por prensa del Ministerio del Interior con motivo de la puesta de la primera piedra del cuartel de la Guardia Civil de Fitero. Provocó una gran polémica en las redes sociales. Aparece el ministro Jorge Fernández Díaz besando un crucifijo

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