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El Gobierno evitará llamar laico al Estado

Aborto, Educación para la Ciudadanía, matrimonios homosexuales o píldora postcoital son asuntos puestos en marcha por el Gobierno, que se han encontrado como respuesta el recurso a la objeción de conciencia. Ahora el Ejecutivo estudia establecer unas reglas claras al respecto en la reforma de la ley de libertad religiosa. Mientras avanzan las conversaciones con representantes de las diferentes confesiones religiosas, el Gobierno, según ha sabido Tiempo, se decanta por no incluir el término laicidad en la nueva ley, aunque a cambio introducirá la doctrina del Tribunal Constitucional que establece los principios de neutralidad y separación del Estado.

La reforma de la ley de libertad religiosa se ha enmarcado en las iniciativas abordadas por el Gobierno de Zapatero que en su momento fueron conocidas como la hoja de ruta laica y que fue recibida con quejas desde la jerarquía católica, que ha hablado de un “laicismo agresivo”. La reforma de la ley, que recogerá la doctrina del Tribunal Constitucional respecto a la aconfesionalidad del Estado, pretende recalcar que, como ha dicho este tribunal, eso supone la neutralidad y separación entre el Estado y las confesiones religiosas. Pero la reforma huirá del término laicidad, o de calificar como laico al Estado, a pesar de que el Tribunal Constitucional ha usado indistintamente estos términos al tratar la aconfesionalidad. Sin embargo, la ley reforzará los espacios de neutralidad, al aclarar todo lo referido al uso de símbolos religiosos en edificios y actos públicos.

Así, por ejemplo, quienes conocen el sentido de la reforma señalan que en las juras o promesas de los cargos del Gobierno los símbolos usados dependerán de la voluntad de la persona que jura o promete su cargo y no descartan que haya que regularlo en otras instancias, como el uso de símbolos religiosos en los juzgados. El Gobierno quiere que haya reglas claras. Quiere evitar que tengan que ser los tribunales los que disipen continuamente dudas. Tras treinta años con esta situación, el objetivo de la reforma es que la normativa sea nítida.

Las recientes sentencias del Supremo, que no admiten la objeción de conciencia a la asignatura de Educación para la Ciudadanía ni la de un juez a celebrar matrimonios homosexuales, asientan una doctrina que el Gobierno estudia incorporar también a la reforma de la ley de libertad religiosa, como adelantó esta revista (ver el número 1.396 de Tiempo). Estos cambios se introducirán en una ley que regulará, por primera vez, la libertad de conciencia en España. Esto significa que la ley reconocerá no solamente los derechos de los creyentes, sino también los de los no creyentes. Debido a ello, la ley cambiará de nombre y se llamará de libertad religiosa y de conciencia.

Objeción de conciencia
Según ha adelantado el ministro de Justicia, Francisco Caamaño, la objeción de conciencia no puede abordarse de forma global, pero ha mostrado su confianza en que la futura ley de libertad religiosa sirva para reforzar la regla general según la cual no caben más objeciones de conciencia que la prevista en la Constitución (al servicio militar) o la recogida expresamente en una ley. Uno de los asuntos que el Gobierno ha querido abordar con esta reforma ha sido el problema surgido con las dificultades para realizar abortos legales. Sólo un 3% de éstos se realiza en centros públicos, según los datos del Ministerio de Sanidad.

En esa línea, el Comité Español de Bioética acaba de pedir formalmente que se regule la objeción de conciencia en el caso del aborto, para lo que elaborará un informe en los próximos meses. La Iglesia católica mantiene por el momento una actitud cauta, a la espera de que se concrete un anteproyecto de ley, y considera que los contactos se desarrollan aún a un nivel muy técnico, sin que las opiniones vertidas por sus representantes y asesores sea la posición oficial de los obispos y sin que se haya entrado en estos asuntos aún. Aunque la Iglesia sostiene que la reforma de la ley le afectará de forma muy poco significativa, porque considera que sus asuntos están regulados en los Acuerdos entre el Estado y el Vaticano, Francisco Caamaño ha respondido que la nueva ley afectará a “todos los españoles”, católicos o no. La doctrina del Tribunal Constitucional sobre la objeción de conciencia es considerada de forma diferente, según las partes.

El Gobierno estima que no cabe más objeción de conciencia que la reconocida expresamente en las leyes, mientras que las organizaciones que han promovido la objeción a las últimas iniciativas del Gobierno, como el Foro Español de la Familia, mantienen que la sentencia del Constitucional que reconoce la objeción de conciencia de los médicos a practicar abortos señala que caben más casos de objeción. Pero el anuncio del ministro Caamaño de que la ley de libertad religiosa establecerá reglas claras en esta materia puede coincidir con las peticiones tanto de los defensores de la despenalización del aborto como de la parte contraria a que se regulen con nitidez los derechos de todos los afectados. Así, el cardenal arzobispo de Madrid y presidente de la Conferencia Episcopal, Antonio María Rouco Varela, ha señalado que los médicos católicos deben tener la posibilidad de negarse a practicar abortos. A continuación, la Organización Médica Colegial ha reclamado un proceso de validación de la objeción de conciencia que sea reconocido por la autoridad sanitaria. El cardenal Rouco ha distinguido, no obstante, entre casos diferentes de objeción de conciencia.

Así, defiende la objeción de conciencia ante el aborto o que los farmacéuticos puedan plantearla ante la venta de la píldora postcoital, pero admite, en cuanto a los jueces que participan en los matrimonios homosexuales, que “es distinto ser cooperador directo que ejecutor”.

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