El Departamento de Justicia insistió al juez federal Jay García Gregory que desestime la demanda interpuesta por la organización Ateístas de Puerto Rico contra el Departamento de Educación (DE) por presuntamente promover el cristianismo en las escuelas públicas.
En la moción radicada por la abogada Yashira Ramírez Toro, Justicia argumentó que los demandantes carecen de legitimación activa para radicar el recurso legal.
Asimismo, planteó que las alegaciones de los demandantes no dan lugar para la radicación de un caso o controversia sujeta a resoluciones judiciales.
La demanda señala que entre el 14 y el 17 de marzo de 2016 se efectuaron las actividades denominadas “De la calle a la escuela”, las cuales consistían en ceremonias religiosas.
Se alega que estas actividades fueron promovidas por el Municipio de Arecibo y el Departamento de Educación. En las mismas participaron los cantantes de música cristiana y predicadores Héctor Delgado (“El Father”) y Julio Ramos (”Voltio”) y el alcalde arecibeño Carlos Molina.
Entre sus reclamos, los demandantes alegan que se les violó su derecho a la Primera Enmienda de la Constitución estadounidense, luego de que se les negó la oportunidad de presentar a los estudiantes su visión ateísta, igual como se hace con la cristiana.
Los demandantes afirman que solicitaron al director del distrito regional del DE en Arecibo, Luis Rodríguez Ramos, que les diera la oportunidad de efectuar una actividad similar a la del ministerio de Delgado en la que se les enseñara a los estudiantes sobre el ateísmo, humanismo, superstición e historia de la religión, entre otros.
De igual forma, alegan que los demandados nunca respondieron a su petición.
A su vez, argumentan que si el gobierno les niega la oportunidad de presentar a los estudiantes la visión ateísta, como se hace con la cristiana, se viola su derecho a la libertad de expresión.
Alegan que los demandados violan su derecho a la igual protección de las leyes al inmiscuirse y endosar la promoción de la religión en las escuelas públicas del País.
Los demandantes afirman que Educación selecciona el cristianismo sobre cualquier otra creencia o falta de creencia, lo que a juicio de estos es “fuertemente contrario a su visión sobre la religión, debido a que son ateos”.
Asimismo, exponen que la Ley 68 de 28 de agosto de 1990, conocida como la “Ley Orgánica del Departamento de Educación”, establece que la sección 5 de la Constitución de Puerto Rico dispone que el sistema de educación pública será libre y no sectario.