El Tribunal Constitucional (TC) ha fallado por mayoría ordenar al Gobierno de Cantabria que revise la solicitud de renovación de conciertos del colegio Torrevelo “sin tomar en consideración su orientación monoeducacional”.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press y en la que ha habido cuatro votos particulares discrepantes, se estima el recurso de amparo presentado en mayo de 2013 por la Asociación de Padres de Alumnos (APA) de este centro, ubicado en Mogro y que sólo admite chicos.
El recurso de la APA del Torrevelo era contra la sentencia del Tribunal Supremo que había dado la razón al Ejecutivo cántabro en la decisión tomada en 2009 de no renovarle una decena de unidades en educación infantil, primaria y secundaria por entender que la educación segregada iba en contra de la igualdad, decisión que previamente también había sido avalada por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC).
Al considerar que la no renovación del concierto vulneraba el derecho de los padres y madres a elegir la educación de sus hijos, la APA del Torrevelo recurrió y ahora, más de cuatro años después del recurso y tres meses después de que el TC concluyese que la educación diferenciada puede recibir dinero público como “el resto de centros educativos”, el Constitucional le da la razón.
Así, en el fallo alcanzado por la mayoría del Pleno del Tribunal Constitucional, se declara que, con la retirada del concierto a este centro por parte del Gobierno de Cantabria, “se ha vulnerado el derecho fundamental a la libertad educativa” de los padres de los alumnos del Torrevelo, derecho que además, indica, está “en conexión con la garantía constitucional de la libertad ideológica”.
Asimismo, obliga a “restablecer en sus derechos” a la APA y, en consecuencia, declara nulas las resoluciones de la Consejería de Educación y del Consejo de Gobierno de Cantabria de 14 de abril y 13 de agosto de 2009, que fueron avaladas por el TSJC en 2011 y por el Tribunal Supremo en 2012.
Además, ordena al Ejecutivo regional, formado por la coalición PRC-PSOE al igual que en 2009 cuando se decidió no renovar el concierto al Torrevelo, a reabrir el procedimiento administrativo para que la Consejería de Educación se pronuncie nuevamente sobre la solicitud de renovación del concierto y lo haga “sin tomar en consideración su orientación monoeducacional”.
Este fallo del Pleno del Constitucional tiene lugar tres meses después de que el Alto Tribunal, en otra sentencia, concluyese que los centros privados de educación diferenciada por sexos pueden acceder “al sistema de financiación pública en condiciones de igualdad con el resto de centros educativos”, al considerar que este modelo educativo “no causa discriminación” y “es respetuoso con la Constitución”.
Con estos argumentos, el Pleno del TC desestimó el pasado 10 de abril, por mayoría de ocho votos, el recurso de inconstitucionalidad interpuesto en 2014 por el Grupo Parlamentario Socialista contra algunos preceptos de la Ley Orgánica para la mejora de la calidad educativa (LOMCE) como los conciertos a la educación diferenciada.
Al igual que en aquella sentencia, en el fallo sobre el concierto del colegio Torrevelo ha habido cuatro votos particulares discrepantes, los de los magistrados Fernando Valdés, María Luisa Balaguer, Juan Antonio Xiol y Cándido Conde-Pumpido, que consideran que la educación que segrega por sexo es contraria a la igualdad que protege la Constitución y que, por tanto, no debe ser subvencionada con dinero de todos los contribuyentes.
GOBIERNO DE CANTABRIA, “MOLESTO” CON EL FALLO
El consejero de Educación, Cultura y Deporte, Francisco Fernández Mañanes, ha calificado de “mala noticia” la sentencia del Tribunal Constitucional y ha reconocido que en el Gobierno regional están “realmente molestos” porque protege “una libertad muy parcial” como es la de elección de centro por encima de otras.
Fernández Mañanes ha dicho que, como consejero socialista, comparte “los mismos criterios” que hace nueve años llevaron a la Consejería de Educación a no financiar el concierto “de un colegio que segregaba a sus alumnos por razón de género”, en referencia al Torrevelo.
Por tanto, pese a la sentencia del Tribunal Constitucional del 3 de julio –que cuenta con cuatro votos particulares– que avala la educación segregada en Cantabria, para Fernández Mañanes “nada ha cambiado en ese sentido”.
“Creo que es una mala noticia; que ente los valores del ordenamiento jurídico español que están contemplados en la Constitución está la libertad, pero también la igualdad”, ha dicho en declaraciones a la prensa.
“El equilibrio entre esos valores está claro que ha caído del lado de una libertad muy parcial, que es la libertad de elección de centro, y en este sentido estamos realmente molestos por la sentencia”, que “no entendemos”, ha reconocido. Además, ha opinado que es “un claro retroceso en sentido democrático”.
Con todo, ha asegurado que el Gobierno analizará, cumplirá y acatará la sentencia “en lo que corresponda”.