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El Código Electoral argentino prohibe cualquier símbolo, incluídos los religiosos, en los colegios electorales

CAEL informa ante las elecciones argentinas y pide el voto para quienes defienden el Estado laico

En ocasión de las PASO, la Coalición Argentina por un Estado Laico (CAEL) recuerda a todas las autoridades y las y los electores que el Código Electoral prohibe la instalación de signos y símbolos de cualquier tipo en el cuarto oscuro, incluyendo los religiosos. Además llama a tener en cuenta, a la hora de decidir el voto, las posturas de las y los candidatos a favor o en contra de un Estado Laico.

 

Este domingo tendrán lugar en todo el país las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) para la elección de candidatos y candidatas al Congreso de la Nación y en muchos casos para las legislaturas provinciales y municipales. En tal ocasión, y celebrando la reafirmación democrática que toda elección conlleva, llamamos a tener en cuenta algunas cuestiones en relación al laicismo de estado.

En primer lugar, cabe recordar que según el art. 82, inc. 5, 2do párrafo del Código Electoral Nacional "Queda prohibido colocar en el cuarto oscuro carteles, inscripciones, insignias, indicaciones o imágenes que la ley no autorice expresamente, ni elemento alguno que implique una sugerencia a la voluntad del elector fuera de las boletas aprobadas por la junta electoral".

Esto implica, en particular, la prohibición de exhibir símbolos religiosos en los cuartos oscuros, tanto por estar los mismos incluidos en la enumeración hecha (insignias, imágenes, etc.), como por poder en algunos casos encuadrarse en el supuesto final de "sugerir" inclinarse por determinado candidato o candidata. En el mismo sentido, no debería haber en el cuarto oscuro carteles que fijen posturas sobre determinados temas de debate social, como la legalización del aborto, los derechos de personas LGBT, la educación sexual integral, etc.

Por tal motivo, y teniendo en cuenta que algunas mesas pueden ubicarse en el ámbito de instituciones confesionales, cabe recordar que es responsabilidad de todas las autoridades electorales, incluso de presidentes y presidentas de mesa, garantizar el cumplimiento de las disposiciones del Código, que rigen en todo el territorio de la Nación. También cabe recordar que las garantías de las y los electores están ampliamente protegidas durante la realización del comicio, y que ante un incumplimiento pueden recurrir a cualquier autoridad para pedir que se subsane de inmediato la violación a las normas del Código.

Finalmente, llamamos a toda la ciudadanía a tener en cuenta los antecedentes y propuestas de las y los precandidatos en relación a la defensa y promoción de un Estado Laico, respetuoso de la libertad de conciencia de sus habitantes, y a decidir el sufragio en consecuencia.

Una vez más, celebramos la democracia y llamamos a construir un Estado Laico e igualitario.

El Código Electoral actualizado puede consultarse aquí.

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