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El cardenal Schönborn defiende el velo islámico en Austria, el principio que sustenta esta prohibición es peligrosamente aplicable a otras religiones

“Si comenzamos a excluir tales signos del espacio público, tendríamos que cambiar nuestro panorama de forma radical”, ha dicho, en referencia a la decisión del gobierno de su país, Austria, el presidente de su conferencia episcopal, el cardenal arzobispo de Viena Christoph Schönborn, señalando que en una sociedad pluralista debería ser posible “tener diferentes signos religiosos en público”.

“El debate actual que plantea el gobierno austriaco se refiere en general realmente a la visibilidad de los signos religiosos”, afirma Schönborn. “Si empezamos a excluir tales signos del espacio público, tendríamos que cambiar nuestro panorama de forma radical”, añadió.

Que cambie radicalmente el panorama de Austria, la verdad, no veo por qué tenga que ser malo en sí mismo. No creo que, desde el punto de vista de un católico, pueda considerarse precisamente óptimo, sin contar con que hace muy poco hemos oído a Su Santidad cantando las loas del cambio, una palabra a la que tiene una desmedida afición.

Y, sin embargo, Su Eminencia tiene razón, al menos en un sentido muy obvio: lo que está haciendo esta decisión del gobierno austriaco es prohibir los signos externos de una práctica religiosa, de una fe. Y si se consiente para una fe, no es disparatado pensar que sirva de precedente para hacerlo con otra como, por ejemplo, la nuestra. En Gran Bretaña ya se han dado casos de enfermeras despedidas o sancionadas en el Servicio Nacional de Salud por llevar un crucifijo o una medalla a la vista de los pacientes. En una sociedad laica como la austriaca, el principio que sustenta esta prohibición es peligrosamente aplicable a otras religiones.

En definitiva, lo que está en juego no es un ataque legal y discriminatorio contra la fe musulmana, sino la idea de que el Estado secular pueda prohibir la visibilización de la identidad religiosa. Salvo por cuestiones extremas de seguridad -algo fácilmente salvable sin llegar a la prohibición absoluta- no hay otro motivo para impedir legalmente que una mujer quiera cubrirse la cabeza.

Otra cosa distinta es que se defienda con entusiasmo un signo exterior de adhesión a una fe mientras de otros, católicos, se juzgue que su portador tiene graves problemas psicológicos.

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