Por Resolución de la Alcaldía de fecha 26 de octubre de 2017, se ha aprobado la modificación del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ha de regir la adjudicación de la cesión en propiedad de los terrenos de titularidad municipal de forma poligonal y una superficie de 1.005,58 m2, que forman parte de la finca registral 6049, de la que han de segregarse; mediante otorgamiento directo y con carácter GRATUITO, con destino a la construcción de un Templo Evangélico, ya ejecutado; aprobado por Resolución de la Alcaldía de fecha 10 de diciembre de 2015; y ello únicamente en cuanto a la denominación de la entidad cesionaria, para ajustarla a la que resulta de la documentación de la entidad cesionaria, para ajustarla a la que resulta de la documentación acreditativa de su personalidad jurídica aportada, y de la que se concluye que la entidad titular de dicho inmueble, y que será cesionaria del suelo municipal sobre el que está construido el Templo Evangélico es la entidad ZONA DE EXTREMADURA DE LA IGLESIA EVANGÉLICA FILADELFIA; manteniéndose inalteradas el resto de las cláusulas del mismo.
De conformidad con lo preceptuado en el artículo 110.f) del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986, se somete el citado pliego a información pública durante un plazo de QUINCE DÍAS, dado el carácter gratuito de la concesión, para que durante el mismo, cualquier interesado pueda formular las reclamaciones y alegaciones que estime procedentes.
Dichos Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares se encuentran en la Sección de Patrimonio del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.