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El anteproyecto de Ley Orgánica de Libertad Sexual aprobado en el Consejo de Ministros con lo que serán 11 países europeos los que adaptan sus leyes al Convenio de Estambul

El Consejo de Ministros dio este martes el primer paso para introducir en el Código Penal el lema de que “sólo sí es sí”. Es decir, para poner el consentimiento en el centro, lo que supone que todo lo que no sea un consentimiento expreso por parte de una  mujer, puede ser considerado como un delito.

El anteproyecto que recibió la luz verde del Gobierno para iniciar su larga andadura hasta convertirse en ley, propone eliminar del Código Penal el abusos y deja un único delito contra la libertad sexual, que es el de agresión. La diferencia fundamental con lo que existe en la actualidad es que los delitos sexuales no tendrán en cuenta la fuerza ni la intimidación ejercida por el agresor o a la que haya tenido que hacer frente la víctima, sino que sólo se contemplará si ha existido o no consentimiento expreso por parte de ésta.

Tal como ha explicado la Ministra de Igualdad, Irene Montero, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, “se entenderá que no existe consentimiento cuando la víctima no haya manifestado libremente poractos exteriores, concluyentes e inequívocos conforma a las circunstancias concurrentes, su voluntad expresa de participar en el acto”. Si no existe ninguna modificación en el trámite parlamentario y en las distintas valoraciones de la propuesta que deben realizar a partir de ahora diversos organismos cualificados, esta párrafo será incluido en el Código Penal.

Se trata, según han asegurado fuentes del Ministerio de Igualdad, de una ley histórica y “pionera en el mundo”, a la altura de la que violencia de género que se aprobó en el 2004, que no sólo incorpora al violencia sexual, sino un amplio espectro de violencias contra las mujeres que hasta el momento no estaban reguladas en una ley. Entre ellas la mutilación genital femenina, el matrimonio forzoso o la trata con fines de explotación sexual, entre otros.

“Se trata de una ley integral”, han afirmado, destinada a cumplir con los tratados internacionales como el Convenio de Estambul o los del comité antidiscriminación de la ONU (CEDAW, por sus siglas en inglés), así como lo establecido en las más de 200 medidas del pacto de Estado aprobado en el Congreso en 2017 obliga a legislar sobre todas las violencias. En la actualidad, la ley de violencia de género de 2004 sólo contempla medidas de protección, apoyo para las víctimas de las violencias que se produzcan en al ámbito de la pareja o expareja, pero no en las distintas violencias que sufren las mujeres, como la sexual.

Este lema que surgió con fuerza de las movilizaciones feministas de 2018, cuando se conoció la primera sentencia contra La Manada de Pamplona, acaba ahora en una ley. Tal como explicaron fuentes del Misterio de Igualdad al presentar los aspectos más importantes de esta propuesta, ejemplos como el de La Manada de Manresa, en que los agresores recibieron penas muy bajas por considerar que ella no pudo negarse debido a estar bajo los efectos del alcohol o las drogas, son un claro ejemplo de por qué un no explicito de la víctima es insuficiente y sólo debería considerarse el consentimiento expreso y libre.

Tal y como han informado fuentes de Igualdad se castigará con la pena de prisión de 1 a 4 años toda agresión sexual, que se define como “cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento“.

Desde Igualdad desmienten que el proyecto de ley rebaje penas de prisión, como se ha distribuido a lo largo de los últimos días, y aclaran que los delitos contra la libertad sexual seguirán siendo penados con hasta un máximo de 15 años de prisión, si se aplican dos agravantes (pena máxima que existe en la actualidad).

La reforma del código penal presentado esta martes, castiga la violación (que requiere penetración) con penas de prisión que van desde los 4 a los 10 años, aunque esta cifra se podría incrementar hasta los 12 si existen algún agravante o a los 15 actuales si se decretan dos agravantes de la pena.

El acoso ocasional entra en el Código Penal

Esta variación en años, según fuentes del Ministerio, tiene que ver con la unificación de dos delitos distintos que este proyecto aunaría en uno sólo, es decir, sería producto de la desaparición del delito de abuso y mantener sólo uno de agresión, pero el máximo de 15 años sigue en vigor.

La ley propuesta incluye algunos delitos que hasta ahora no estaban contemplados en el Código Penal. Así el acosos ocasional, se convierte en un delito leve, con penas de arresto domiciliario y alejamiento de la víctima, trabajos comunitarios o multa. Este comportamiento, que sólo estaba previsto en la actualidad para las víctimas de violencia doméstica o relativa a la pareja o expareja, debe ser denunciado para que sea tenido en cuenta. Se trata del conocido como “acoso callejero”, que sin embargo, no sólo se produce en espacios públicos.

Se crearán juzgados especializados en violencia sexual

La ley prevé aspectos novedosos, tal como resaltan fuentes de Igualdad. Entre ellas, un amplio capítulo de reparación de las víctimas, una actuación que no estaba desarrollada de forma amplia en otras leyes. Esta reparación, estipula mecanismos de indemnización, contempla toda una batería de medidas para la recuperación de las víctimas (muchas de las cuales arrastran graves secuelas) por parte del Estado. También contempla medidas de no repetición de la violencia, trabajando y formando a las fuerzas de seguridad del Estado, pero también trabajando con los condenados por delitos sexuales.

También contempla una reparación simbólica, es decir, cómo se transmiten y se elaboran los relatos sobre las víctimas. Este último punto precisará un trabajo específico con medios de comunicación.

Otra de las novedades que introduce este anteproyecto de ley es la necesidad de crear juzgados especializados en violencia sexual, que tengan personal formado. El anteproyecto contempla un período de un año para estudiar las cargas y determinar cómo serán estos nuevos juzgados, o incluso si deberán estar integrados en los que en la actualidad existen sobre violencia hacia las  mujeres. En cualquier caso, afirman fuentes de Igualdad, se trata de juzgados de nueva creación.

​Otra de las novedades que aportará la ley, es la puesta en marcha de centros de emergencia para delitos de violencia sexual, que funcionarán las 24 horas del día y que están contemplados en el Convenio de Estambul que España ratificó en 2014.

Una larga tramitación

La propuesta, que ha nacido con cierta polémica y con la necesidad de reunir al gabinete previsto para allanar las crisis entre los dos socios de Gobierno, tiene por delante un largo trámite hasta convertirse en ley.

Fue uno de los acuerdos de Gobierno entre Unidas Podemos y El PSOE y el presidente del Gobierno lo había puesto entre la principales prioridades. Por eso era importante que se aprobara el inicio de su tramitación en la semana del 8M, en que se celebra el Día Internacional de la Mujer.

Sin embargo esta ley tiene un largo camino por delante, que durará varios meses. Antes de que llegue al Congreso, deberá ser evaluada por diversos organismos cualificados y por diversos ministerios para pulir posibles irregularidades. Estos plazos son difíciles de predecir.

Posteriormente tendrá que ser presentada en el Congreso, donde podría sufrir modificaciones en diversas enmiendas, tanto en Congreso como Senado. Es previsible que esta ley no vea la luz ante del próximo años.

El proyecto de ley se adapta al Convenio de Estambul seis años después de su ratificación por parte de España.

Andrea Vicario en Nueva Tribuna

El Consejo de Ministros dio este martes luz ver al anteproyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual que establece, entre otras cuestiones, que será violación todo acto sexual que se cometa sin consentimiento expreso.

La llamada como ley del ‘solo sí es sí’ equipará a España con otros 10 países europeos que ya recogen en sus legislaciones el Convenio de Estambul.

Se trata de Suecia, Reino Unido, Irlanda, Luxemburgo, Alemania, Chipre, Islandia, Bélgica, Portugal y Grecia, el más reciente en aplicar esta reforma legislativa (2019).

España ratificó el Convenio del Consejo Europeo sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica –aprobado en Estambul (Turquía) en 2011-, el 1 de agosto de 2014, pero hasta el momento no había adaptado su legislación al mismo.

El creciente movimiento de reivindicación feminista y los casos sucedidos en España de violaciones ‘en manada’ que desembocó en una contundente sentencia del Tribunal Supremo han estado en la antesala de esta ley que ahora ve la luz con el Gobierno de coalición en virtud del compromiso pactado entre el PSOE y Unidas Podemos.

“Es la ley del movimiento feminista”

Precisamente ha sido al movimiento feminista al que la ministra de Igualdad, Irene Montero, atribuye la aprobación de esta “ley histórica” y “referente internacional” que “nos sitúa a la par de países avanzados”.

Montero ha destacado la “valentía” del Gobierno por aprobar esta ley con la que “España será un país más seguro para las mujeres” y donde “las libertades sexuales nunca más se van a perder en un callejón oscuro”.

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