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Derechos y libros de texto (A propósito de la educación sexual y ética en la escuela de México)

La semana pasada, la Unión Nacional de Padres de Familia (UNPF), el Frente Nacional por la Familia (FNF) y ConParticipación entregaron a la Secretaría de Educación Pública (SEP) un documento con la exigencia de que “los padres de familia elijamos la educación sexual para nuestros hijos”, respaldado por 13 mil firmas.

Las tres organizaciones anteriores consideran que los libros de texto gratuitos de Biología y Educación Cívica y Ética de primero de secundaria se elaboraron sin tomar en cuenta a los padres. Según el presidente de la UNPF, Leonardo García, “la enseñanza de la escuela debe ir acorde con los principios que se enseñan en la familia” y, de acuerdo con Rodrigo Iván Cortés, presidente del FNF, “la responsabilidad de educar en los temas de sexualidad, civismo y ética corresponde a los padres de familia, como establece la Declaración Universal de los Derechos Humanos” (D. de Y., 16-8-18).

La iniciativa anterior no es una novedad. En años anteriores, la UNPF ha exigido a la SEP que los libros de texto no contengan “ideologías de género” —la expresión que estos grupos inventaron para rechazar derechos como el matrimonio igualitario— y que excluyan temas de diversidad sexual (“El Universal”, 17-6-16). Este tipo de iniciativas tampoco son únicas en México.

En los Estados Unidos, diversos grupos han abogado para que en las escuelas no se enseñe la teoría de la evolución y sí, en cambio, la doctrina creacionista, cuya enseñanza está prohibida en dicho país desde 2004. Los grupos religiosos y conservadores en Estados Unidos dejaron de emplear el término creacionismo y optaron por la expresión “diseño inteligente”, pero cuando un tribunal federal decidió en 2005 que enseñar dicha doctrina en las escuelas públicas era inconstitucional, dichos grupos empezaron a hablar en términos de “análisis crítico de la evolución”.

En ambos casos, las demandas por excluir temas como la evolución o derechos sexuales y reproductivos en la enseñanza en las escuelas son exigencias de carácter religioso, pero se disfrazan de peticiones basadas en la ciencia o en los derechos humanos, como los derechos de los padres a elegir la educación de sus hijos.

Cabe señalar que detrás de la demanda de la UNPF, el FNF y ConParticipación de que sean los “padres de familia” quienes “elijan” la educación sexual para sus hijos, se encuentran los discursos ideológicos contra el matrimonio igualitario, de diversas formas de familia, de los derechos sexulaes y reproductivos de las mujeres, así como contra los derechos de la comunidad LGBTIIIQ+. Ante las consecuencias de estas demandas que subyacen en sus discursos y que representarían un retroceso en materia de reconocimiento de derechos humanos, hay que recordar dos cuestiones fundamentales: la educación laica y el derecho de los niños a participar en el progreso científico y a recibir información de todo tipo que contribuya al desarrollo de su personalidad y su salud.

1) De acuerdo con el Artículo 3o. de nuestra Constitución, la “educación será laica y, por lo tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa” y que “el criterio que orientará a esa educación se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios”.

México es un país diverso en lo religioso. De acuerdo con el censo del Inegi de 2010, si bien la población católica es la mayoritaria (con 92,924,489 creyentes), también hay importantes segmentos poblacionales de iglesias protestante / pentecostal / cristiana / evangélica (8,386,207); bíblica diferente de Evangélica (2,537,896); de origen oriental (18,185), además de judaica, islámica, raíces étnicas, espiritualista y otras (Inegi, “Panorama de las religiones en México 2010”). Sin duda, esta diversidad religiosa es una riqueza en México, pero de acuerdo con nuestra Constitución, ninguna de ellas debe imponer su doctrina en la educación pública.

2) Según el FNF, su demanda tiene respaldo en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Este documento fundamental dispone en su Artículo 26 que “Toda persona tiene derecho a la educación”, la cual “tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos”. También dispone que “Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos”.

Desde luego, los padres tienen el derecho y pueden escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos, pero no se deben excluir de la educación pública temas relativos a la educación sexual y reproductiva basados en el progreso científico. Por varias razones.

Una es que, de acuerdo con la misma Declaración Universal, “Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten” (Art. 27). El progreso científico en temas como la evolución o la educación sexual —ya sea en asuntos de preferencias sexuales o métodos anticonceptivos— no debe ser excluido de la escuela pública simplemente porque no coincide con las creencias religiosas de algunos padres de familia.

Asimismo, de acuerdo con la Convención sobre los Derechos del Niño, tratado internacional ratificado por México en 1990, por lo que su cumplimiento le resulta obligatorio, “El niño tendrá derecho a la libertad de expresión; ese derecho incluirá la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo” (Art. 13).

Los Artículos 24, relativo al derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud, y 29, que dispone que “la educación del niño deberá estar encaminada a: a) desarrollar la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y física del niño hasta el máximo de sus posibilidades”, también dan fundamento a que temas de educación sexual y reproductiva se mantengan en la educación pública con un criterio basado en la ciencia.

Según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), en 2017 México ocupaba el primer lugar de embarazo adolescente y aproximadamente 31.2% de los adolescentes mexicanos de 15 a 19 años “han dado un paso importante al comenzar su vida sexual, más no responsable, puesto que 56% termina en embarazo”. Asimismo, de acuerdo con la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica 2014, entre adolescentes de 15 a 19 años, el 44.5% de las parejas no utilizaron algún método anticonceptivo en su primera relación sexual (“El Universal”, 2-9-17).

Es frente a la realidad anterior que el Instituto Nacional de las Mujeres, en coordinación con diversas dependencias y organizaciones, ha llevado al cabo la Estrategia Nacional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes, en la cual proponen “una educación integral en sexualidad en todos los niveles educativos, de gestión pública o privada” (p. 3).

De acuerdo con dicha Estrategia, “En cuanto al contenido de los programas educativos sobre el tema, la experiencia internacional ha encontrado en múltiples estudios que la educación sexual que aborda de manera explícita los temas de anticoncepción y prevención de ITS, incluyendo VIH, desde un enfoque de reducción del daño tienen un mayor efecto que las que se limitan a promover la abstinencia, que generalmente no son efectivas” (p. 36).

Los padres tienen el derecho a escoger qué tipo de educación darán a sus hijos, pero en un estado laico como el nuestro esa elección no puede atentar contra el derecho que tienen las niñas y los niños a recibir información y conocimientos científicos en materia sexual y reproductiva, sobre todo considerando la realidad de México en ámbitos como el de la iniciación de la vida sexual, de embarazos adolescentes, las enfermedades de transmisión sexual o la desigualdad entre hombres y mujeres.

Eso en cuanto a la educación sexual y reproductiva. Porque, en otros temas exigidos por la UNPF, el FNF y ConParticipación, sus demandas son francamente homofóbicas y antiderechos, pues se pronuncian contra la idea de que los niños puedan “decidir” —las comillas son de ellos— sus preferencias, “entre las cuales pueden ser homosexuales o bisexuales”. A esta declaración homofóbica no cabe más que recordarle que, si de derechos se trata, en nuestro país está prohibida toda discriminación motivada por preferencias sexuales, porque lo que está en el fondo de sus demandas, que intentan disfrazar de muchas formas, es eso: la discriminación contra otras preferencias sexuales.

Rodrigo Llanes Salazar

__________________

*Los artículos de opinión expresan la de su autor, sin que la publicación suponga que el Observatorio del Laicismo o Europa Laica compartan todo lo expresado en el mismo. Europa Laica expresa sus opiniones a través de sus comunicados.

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