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Comunicado de Europa Laica sobre la medalla de oro de Cádiz a la virgen del Rosario

Medalla de oro de la ciudad a la virgen del Rosario (Cádiz)

  • El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía desestima el recurso de Europa Laica que impugnaba esta distinción
  • La sentencia da por buena la discrecionalidad y los méritos netamente irracionales que el ayuntamiento argumentó para otorgarla
  • Europa Laica denuncia que esta medalla y la sentencia conculcan la aconfesionalidad y  neutralidad exigida a las instituciones del estado
  • La política no puede basarse en las creencias religiosas particulares de los cargos públicos

El Ayuntamiento de Cádiz, en 2017, con el alcalde de Podemos, José María González (Kichi) al frente, decidió otorgar la medalla de oro de la ciudad a la Virgen del Rosario, un título que venía a complementar el que ya disfrutaba desde 1967 como alcaldesa perpetua (!!!!).

Los “méritos” que esgrimió el Ayuntamiento para esta concesión fueron, en esencia, que en 1646 una epidemia de peste asoló la ciudad, se organizaron rogativas y procesión con la imagen de la Virgen, y la peste desapareció. Y que en 1730, durante la epidemia de fiebre amarilla, toda la Corporación asistió a una función solemne a modo de voto ante la imagen de la Virgen, con el mismo resultado. Y también que en 1755, un maremoto amenazó destruir Cádiz, los frailes dominicos sacaron en procesión la imagen para conjurarlo, salvando a la ciudad de la violencia del mar.

Europa Laica denunció este atropello a la aconfesionalidad y neutralidad que debe exigirse a las instituciones en un caso de tan flagrante de decisión tomada por las creencias religiosas de los cargos y alcalde que aprobaron tal concesión, además de por basarse en argumentos fuera de toda lógica y racionalidad sino únicamente por la fe, creencias y dogmas de las personas creyentes.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, finalmente en 2021, después de un recorrido de recursos de Europa Laica, ha decidido dar por adecuada la concesión  de la medalla, retorciendo la interpretación de los merito aducidos y argumentando que  “la valoración de los mismos se hace por los encargados de hacerlo dentro de su libertad de conciencia religiosa del artículo 16 CE sin que corresponda al presente juzgado determinar la realidad o no de la intervención divina de la Virgen en las epidemias y maremotos que conforman sus méritos” 

Europa Laica considera que esta sentencia, al igual que otras, evidencia cómo la religión, en pleno siglo XXI, sigue impregnando el quehacer de las instituciones y el comportamiento de los cargos públicos, sea en ayuntamientos o en los tribunales, con decisiones que implican a toda la ciudadanía que no pueden fundarse en las convicciones religiosas de quienes rigen la colectividad.

Europa Laica llama a la ciudadanía, a las fuerzas políticas y agentes sociales, al compromiso para avanzar en la laicidad del Estado, como valor democrático en una sociedad diversa, que debe impregnar la función pública y no el tufo decimonónico que se respira en muchas instituciones. 

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