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Colombia: En el Quindío buscan cerrar templo que adora a Lucifer

En el municipio de Quimbaya, Quindío, se inició una batalla legal entre ‘Lucifer’ y el Gobierno Nacional. Todo se debe al descontento que he generado el Templo Luciferino Semillas de Luz, un lugar dedicado al culto y adoración de Lucifer, el cual pretenden cerrar.

Este sitio, ubicado en la vereda Aguacatal, fue fundado y es dirigido por Héctor Londoño, quien se hace llamar Víctor Damián Rozo.

Este curioso lugar ha generado indignación y descontento entre la población y el gobernador del departamento, el sacerdote católico Carlos Eduardo Osorio.

El mandatario acudió al Gobierno Nacional para que tomara cartas en el asunto. De esta manera, la Presidencia designó a Beatriz Lorena Ríos, directora técnica de Asuntos Religiosos, como gobernadora ad hoc para que decida el futuro de este establecimiento.

Desde su fundación en el 2016, “han intentado cerrarlo en repetidas ocasiones”, tal como lo comenta Rozo.

Según Osorio, “un culto a Satanás no es considerado como religioso, por ello deberían quitarle la personería jurídica (institución con derechos y obligaciones) a esa falsa iglesia”.

Sin embargo, el fundador de este templo argumenta que la iglesia de lucifer está alejada del satanismo. “Nosotros no realizamos sacrificios de animales ni de seres humanos, como acostumbra el satanismo”.

“Este sitio se ha mantenido en pie gracias a donaciones que recibe por parte de seguidores provenientes de todo el mundo”, añadió Rozo.

Según su sitio web, la misión de este culto es “apadrinar almas y así reunir su ejército espiritual del ángel de luz y prepararlo con la doctrina basada en la historia ya que nos encontramos en un nuevo despertar donde el conocimiento y la sabiduría ya está siendo revelada al profeta (Víctor Damián Rozo).

Asuntos legales

Según las leyes colombianas, la Ley 133 de 1994, que habla sobre el derecho a la libertad religiosa, establece en su artículo quinto que “no se incluyen dentro del ámbito de aplicación de la presente Ley las actividades relacionadas con el estudio y experimentación de los fenómenos psíquicos o parapsicológicos. Así como el satanismo, las prácticas mágicas o supersticiosas o espiritistas u otras análogas ajenas a la religión”.

A este asunto también se suma el artículo 19 de la Carta Magna el cual dice que “se garantiza la libertad de cultos. Toda persona tiene derecho a profesar libremente su religión y a difundirla en forma individual o colectiva. Todas las confesiones religiosas e iglesias son igualmente libres ante la ley”.

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