Sindicatos de enseñanza en Andalucía defienden ante la Consejería que puedan realizar otras tareas docentes en los centros, como un profesor más.
COMENTARIO: ¿Cuándo este personal ha obtenido el puesto de trabajo como el resto de los trabajadores de la enseñanza? No podemos admitir que este personal impuesto por un Concordato, unos Acuerdos y una ley de Libertad Religiosa que privilegia la religión, especialmete la católica, que designa libremente el Obispo del lugar, sin ningún concurso de mérito, capacidad e igualdad de oportunidades, ahora se le quiera proteger y mantener sin dar su catequesis que es por lo que se le paga.
Pero además no podemos dar carta de docencia a quienes tienen una clara misión de dar una materia confesional. Esto vulnera el más simple sentido de la laicidad del Estado, desafortunadamente conculcado con la regulación de la religión en la escuela.
"En la mesa sectorial celebrada a petición de los dindicatos CCOO, ANTE, CSI-CSIF y UGT, el pasado 22 de septiembre, para tratar la situación laboral de los profesores de religión provocada por la reducción de horas lectivas, se recordó que estos docentes son trabajadores de la Administración, con contrato laboral indefinido, y que la Consejería no puede unilateralmente modificar sus condiciones laborales, saltándose el Estatuto de los Trabajadores. Además, los sindicatos plantean que si por cualquier causa no hubiera suficientes horas en determinados centros, se planteen soluciones que ya están aplicando en otras comunidades auntónomas "yque no son más que tratar al profesorado de Religión como los demás docentes, ocupándose de otras tareas no lectivas como tutorías, jefaturas de Departamentos, apoyos, coordinación de proyectos o su inclusión en el Plan de Calidad y Mejora".