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Cataluña iguala iglesias y mezquitas en la primera ley de centros de culto de Europa

El Consejo Ejecutivo de la Generalitat aprobó ayer el proyecto de ley de centros de culto, el primer texto de este tipo elaborado en la Unión Europea, con el que se regula el establecimiento de centros de reunión con fines religiosos. Una ley pensada «desde la laicidad», como destacó el vicepresidente del Gobierno, Josep Lluís Carod-Rovira, que establece las normas para conceder licencias municipales de nuevos centros de culto sin hacer distinción entre las distintas confesiones religiosas.
 
«El principal mensaje que queremos enviar es el de que el paisaje religioso se ha diversificado y no tiene sentido cerrar los ojos a esta realidad» destacó Carod en la presentación del texto, y rechazó la pretensión de la Iglesia Católica, expresada a través de arzobispo de Barcelona, Lluís Martínez Sistach, de una ley específica para esta confesión.
Defensa de la laicidad
«La laicidad nos hace a todos iguales ante la ley» advirtió Carod, quien rechazó la referencia del arzobispado al marco legal español para defender su reclamación porque en España «no hay ninguna ley que regule los centros de culto». El número dos del Gobierno catalán añadió, para concluir, que «no se puede hacer una ley para cada confesión» religiosa.
Pese a la oposición de la Iglesia, Carod aseguró que el texto cuenta con el beneplácito de los afectados puesto que desde la aprobación de la primera memoria de la ley, el pasado abril, han participado en su redacción un total de 27 entidades representantes de todas las confesiones religiosas.
En Cataluña conviven en la actualidad 13 confesiones reconocidas, de las que la católica es mayoritaria, seguida por protestantes y musulmanes. El mapa de centros de culto elaborado hace un año por la Generalitat certifica la existencia de 3.449 locales de culto.
Unificación de criterios
Con el proyecto de ley aprobado ayer el Gobierno catalán pretende unificar los criterios para la concesión de licencias municipales para lugares de reunión con fines religiosos, tras los problemas provocados en diversas localidades catalanes por los proyectos de aperturas de mezquitas.
El texto aspira a «garantizar la libertad de culto, dar apoyo a las administraciones locales a la hora de facilitar el ejercicio de este derecho y velar por unas condiciones adecuadas de seguridad, higiene y dignidad de los locales».
El vicepresidente catalán recordó además que el principal problema al que se han enfrentado los municipios con proyectos de mezquitas era «la colisión entre el derecho a la libertad de culto y cierto miedo de los vecinos más próximos» y señaló también la «enorme disparidad de criterios» municipales para autorizar este tipo de locales, así como «las malas condiciones higiénicas y de salubridad» de algunos centros de culto. En este sentido, Carod Rovira se mostró convencido de que la ley «será un apoyo para los alcaldes y para las entidades religiosas, que ahora no saben a qué marco legal deben atenerse».
El texto establece que los ayuntamientos deberán prever en sus planes de ordenación urbanística la reserva de suelo con calificación de equipamiento comunitario destinado a usos de carácter religioso. Las administraciones «deberán garantizar un trato igualitario y no discriminatorio en las cesiones y autorizaciones» para actividades religiosas.
La ley establece además una licencia municipal que será necesaria para iniciar actividades en un nuevo local de culto. Un reglamento desarrollará las condiciones técnicas para garantizar la seguridad y salubridad de los locales, así como su adecuación a la legislación contra la contaminación acústica «para evitar molestias a terceros». Una regulación que, según ha asegurado Josep Lluís Carod-Rovira, debe afectar por igual a campanarios y minaretes.
Cierre de las instalaciones
Esta norma establece además, como medida sancionadora, el cierre o precinto de las instalaciones «en casos de peligro inminente» con la finalidad de preservar la seguridad y salubridad de pública.
Sin embargo, no contempla en ningún caso las medidas de vigilancia especial de centros de reunión islamistas establecidos por el Ministerio del Interior para prevenir la creación de células de terrorismo de raíz islamista, unas «medidas excepcionales que entran en el ámbito de la seguridad», no de esta ley.

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