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[Argentina] Iglesias comenzarían a pagar impuestos por aquellas actividades que no tengan que ver con su actividad religiosa, según texto aprobado de la reforma tributaria

Según la iniciativa de la representante verde Catherine Miranda, las iglesias reconocidas por el Ministerio del Interior y la ley, deberán pagar un impuesto de renta del 20 % por aquellas actividades que no tengan que ver con su actividad religiosa.

Uno de los puntos que pasó desapercibido durante la aprobación de la ponencia de la reforma tributaria realizada este jueves en las comisiones terceras de Cámara y Senado, tiene que ver con el impuesto que pagarían las iglesias y otras instituciones del impuesto de renta.

Según el artículo 72 de la ponencia: “No están gravadas con el impuesto sobre la renta y complementarios las iglesias y confesiones religiosas reconocidas por el Ministerio del Interior o por la ley, respecto a los ingresos provenientes de actividades asociadas al oficio religioso, al culto, al rito, a prácticas que promuevan el apego de los sentimientos religiosos en el cuerpo social, o actividades de educación o beneficencia realizadas bajo la misma persona jurídica”.

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Es decir, las actividades que realizan las iglesias que tengan relación única y exclusivamente a su labor eclesiástica, asesoramiento espiritual y religioso, actividad de beneficencia y de educación.

Pero en todas aquellas actividades que sean ajenas a su fin misional y vocacional, deberán pagar un impuesto de renta del 20 %.

La promotora de esta iniciativa, la representante verde y presidenta de las comisiones económicas, Katherine Miranda, celebró el anuncio en su cuenta de Twitter:

https://twitter.com/MirandaBogota/status/1578156848909537281

Cabe señalar que en este mismo artículo quedan incluidos en el pago de impuestos a instituciones como alcohólicos anónimos, los sindicatos, las asociaciones gremiales, los fondos de empleados, los fondos mutuos de inversión y los cuerpos de bomberos, entre otros.

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