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Andalucía Laica exigirá la revisión de las exenciones de IBI del Ayuntamiento de Sevilla

Andalucía Laica – Europa Laica, ante la Sentencia del Tribunal Supremo hecha pública hoy (STS 3071/2022), que obliga al Ayuntamiento de Sevilla a facilitar el listado de exenciones de IBI solicitado por Manuel Navarro como coordinador de Andalucía Laica en 2017, manifiesta:

Nuestra satisfacción porque el Supremo ampare el derecho de la ciudadanía a conocer quiénes y por qué no pagan impuestos. Esperamos que el Ayuntamiento de Sevilla no demore en facilitar los datos solicitados y que estos desagreguen los diferentes grupos que reciben las exenciones, incluidas las entidades de carácter religioso, y las causales de estas exenciones.

El deseo y la confianza en que esto sirva para que las administraciones públicas sean más transparentes.

Nuestra exigencia a las administraciones públicas de revisar las actuales exenciones, muchas de las cuales no están amparadas por la normativa vigente.

Esperamos que tras las distintas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que instan a no aplicar subvenciones encubiertas mediante exenciones fiscales contrarias a la libre competencia, retiren las exenciones de IBI, ICIO y otros impuestos a los bienes inmuebles que se dedican a actividades económicas, tapándose bajo el paraguas de la Ley de fundaciones o los acuerdos con la Santa Sede. Estos últimos sólo amparan la exención de impuestos a los edificios y actividades de culto, en ningún caso a las casas, cocheras, viviendas o comercios que la Iglesia alquila o explota directa e indirectamente. Ni la Ley de fundaciones debe eximir de impuestos a actividades lucrativas como hospitales privados, residencias de mayores, universidades.…

Además, desde nuestra organización reclamamos la denuncia del Concordato y los Acuerdos con la Santa Sede y otras confesiones, pues estos suponen una vulneración de la laicidad del Estado, otorgando privilegios injustos a algunas confesiones religiosas en particular. En el mismo sentido, es necesario modificar la Ley de fundaciones y mecenazgo, excluyendo del régimen de exenciones todas aquellas que no sean estrictamente de interés general, así como las que tengan un carácter lucrativo y las que sean de naturaleza comercial y en las que las exenciones suponen una competencia desleal.

Tras esta sentencia Andalucía Laica reafirma su compromiso de seguir trabajando por el laicismo cuyos principios fundamentales son la igualdad y ausencia de privilegios, la libertad de conciencia y el bien común.

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