Asóciate
Participa

¿Quieres participar?

Estas son algunas maneras para colaborar con el movimiento laicista:

  1. Difundiendo nuestras campañas.
  2. Asociándote a Europa Laica.
  3. Compartiendo contenido relevante.
  4. Formando parte de la red de observadores.
  5. Colaborando económicamente.

Alcorcón se une a la Red de Municipios por un Estado laico

El Pleno del Ayuntamiento de Alcorcon (Madrid) -poblacion 170.000- ha aprobado en el Pleno del 28 de junio la Mocion por la que se suma a la Red de Municipios, junto con otras medidas concretas para la laicidad municipal. Se adjunta el texto aprobado por 13 votos a favor (5 Ganemos Alcorcon + 7 PSOE + 1 IU), 4 abstenciones (Cs) y 8 en contra (PP, equipo de gobierno, de 10 concejales)

La aprobacion ha sido posible por los contactos realizados desde Madrid Laica con la candidatura Ganar Alcorcon, donde encontramos una completa receptividad y complicidad laica desde el primer momento y que, ahora, con su «trabajo de cocina» local, ha dado este resultado.


MOCIÓN AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN DEL 28 DE JUNIO DE 2017 DEL GRUPO MUNICIPAL GANAR ALCORCÓN PARA LA INCORPORACIÓN DE ALCORCÓN A LA RED DE MUNICIPIOS POR UN ESTADO LAICO

 Don Jesús Santos Gimeno, Portavoz del Grupo Municipal Ganar Alcorcón en este Ayuntamiento, expone ante el Pleno la siguiente moción para su aprobación.

MOTIVOS

La laicidad es una seña de identidad consustancial con la soberanía del poder civil, la libertad individual y la democracia. Cada persona es titular del derecho a la libertad ideológica y a sus propias convicciones y creencias. Por ello el ejercicio de la libertad de pensamiento y de conciencia tiene una enorme trascendencia pública. Ello exige una política que proporcione garantías y regule su ejercicio de forma constitucionalmente adecuada, dentro de la neutralidad que al Estado y a sus Instituciones se le debe exigir, y, por supuesto, en el ámbito municipal.

Ateniéndonos a lo que establece la actual Constitución española: “Ninguna confesión tendrá carácter estatal”.  El objetivo de la RED que proponemos con esta moción es la de establecer la legitimidad secular de las instituciones públicas, para que no exista ninguna confusión entre los fines civiles y públicos, comunes a toda la ciudadanía y los religiosos o ideológicos de carácter privado, que son propias de particulares y de grupo, aun con el respeto a todas ellas en el marco de la Ley.

Por ello, este Ayuntamiento adquiere el compromiso de garantizar y fomentar la libertad de conciencia individual y la independencia efectiva del Estado con respecto a cualquier confesión religiosa o ideología particular, asegurando -así- la neutralidad ideológica de las administraciones públicas.

Para ello se debe evitar cualquier tipo de privilegio o discriminación en el trato económico, fiscal y simbólico, para todas las entidades de carácter privado, sean religiosas o no, con el fin de asegurar el principio democrático de la igualdad de derechos ante la Ley y la separación de los ámbitos público y privado.

Por estas razones, el Grupo Municipal Ganar Alcorcón eleva al Pleno del Ayuntamiento la presente moción para la aprobación de los siguientes:

ACUERDOS

PRIMERO-.  Ateniéndonos a lo que establece la actual Constitución española: “Ninguna confesión tendrá carácter estatal”, se pretende constituir una RED DE MUNICIPIOS POR UN ESTADO LAICO, que tendrá como finalidad garantizar y fomentar la libertad de conciencia individual y la independencia efectiva del Estado con respecto a cualquier confesión religiosa o ideología particular, asegurando -así- la neutralidad ideológica de las administraciones públicas. Es por ello que el Ayuntamiento de Alcorcón  se adhiere al proceso de constitución de una RED DE MUNICIPIOS POR UN ESTADO LAICO que próximamente ha de celebrar su primera asamblea constituyente, para lo cual se enviará dicho acuerdo al correo: info@redmunicipioslaicos.org  donde se está coordinando, inicialmente, la creación de dicha RED, hasta su constitución definitiva.

SEGUNDO-. Los reglamentos municipales de honores y protocolos y de sus entes públicos se adecuarán a la “no confesionalidad del Estado”, principio que ampara el artículo 16.3 de la actual Constitución.

TERCERIO-. En los espacios de titularidad pública que dependan de este Ayuntamiento no existirá simbología religiosa, salvo aquella que signifique un bien patrimonial e histórico especialmente contrastado.

CUARTO-. Se elaborará un censo de la iglesia, que se hará público de los locales, viviendas o espacios rústicos que estén exentos del pago del IBI en este término municipal.

QUINTO-. Al mismo tiempo este Ayuntamiento se pronuncia a favor de que se modifiquen las Leyes y Acuerdos estatales pertinentes, para que todas las entidades religiosas  no tengan exenciones de impuestos municipales, incluido el de Bienes Inmuebles (IBI), que se deriven de su actividad, ya sea de carácter religioso o mercantil.  Este acuerdo se elevará al Congreso de los Diputados.

SEXTO-. Los poderes públicos locales, en el marco de sus competencias, en materia de Educación, velarán por la laicidad de las enseñanzas impartidas en los itinerarios oficiales y en los centros de educación infantil, en su caso.

SÉPTIMO-. Este Ayuntamiento pondrá especial interés en promover festividades locales en referencia a acontecimientos que unan a toda la ciudadanía y no sólo los referentes a una parte de la ciudadanía que tienen determinadas creencias.

OCTAVO-. El Ayuntamiento colaborará con la sanidad pública de la comunidad autónoma en la difusión del Testamentos Vital a toda la ciudadanía.

NOVENO-. Así mismo el Ayuntamiento promoverá campañas informativas sobre el significado de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, sobre la libertad de pensamiento y de conciencia y, por la tanto, de libertad religiosa y sobre el principio constitucional: “Ninguna confesión tendrá carácter estatal”. Para ello se creará una OFICINA sobre LAICIDAD Y LIBERTAD DE CONCIENCIA.

DÉCIMO-. Instar al Congreso de los Diputados a la denuncia o anulación de los Acuerdos concordatarios con la Santa Sede de de 1979, de 1976 y lo que queda del Concordato de 1953.

DECIMOPRIMERO-. Instar al Congreso de los Diputados y al próximo Gobierno de España a impulsar una “Ley de Libertad de Conciencia” que garantice a toda la ciudadanía el derecho a la libertad de conciencia, regulando las relaciones con las diferentes confesiones con el fin estricto de respetar y proteger el derecho individual a la libertad de conciencia (y por ende religiosa) en pleno cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad, pluralismo y no confesionalidad.

DECIMOSEGUNDO.-. Instar al Congreso de los Diputados y al próximo Gobierno de España a incorporar a la legislación criterios de actuación para las autoridades públicas en actos religiosos, también en los ámbitos autonómico y local, para evitar la confusión o la alianza entre la función pública y la religiosa, la confesionalidad y la discriminación respecto de otras confesiones o grupos agnósticos o ateos.

DECIMOTERCERO.- El derecho de libertad de conciencia (y por ende religiosa), choca con el trato de favor a la Iglesia Católica y la pervivencia de numerosos elementos de confesionalidad del Estado en actos, símbolos y espacios públicos. Es por ello que se insta al Congreso y para que en una futura reforma de la Constitución se suprima la referencia a la Iglesia Católica del art. 16.3, por ser absolutamente innecesaria y perturbadora desde la perspectiva del principio de neutralidad y de la igualdad del Estado ante las diferentes

 

Total
0
Shares
Artículos relacionados
Total
0
Share