Bautismo Civil. (V. Ritos de Paso Cívicos)
Es una ceremonia de celebración del nacimiento de un niño, que es presidida por una autoridad civil.
La segunda acepción del DRAE: bautizar.(De baptizar). 2. tr. Poner nombre a algo.
También lo llaman Ceremonia de Acogida, de Presentación a la Ciudad, de Imposición del Nombre…; e impropiamente Bautizo Laico. Se podría llamar Bautismo Cívico, o simplemente Bautismo dejando los calificativos para los que realizan grupos particulares.
En algunos países se da a esta ceremonia el sentido de Padrinazgo Cívico. Los padrinos no toman más que un solo compromiso, el de reemplazar a los padres, en caso de necesidad, para dar al niño una educación susceptible de desarrollar en él las cualidades humanas y cívicas que harán de él un ciudadano consciente, libre y responsable.
Dado el gran desarrollo que están teniendo estas ceremonias en los Ayuntamientos es muy importante darles el sentido y simbolismo correctos, tal como se expone en la entrada “Ritos de Paso Cívicos”.