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Libertad de conciencia

La construcción del Estado laico, desde el ámbito jurídico y simbólico, es una enorme deuda que tenemos con la democracia y con el Estado de Derecho: ello implica la total separación del Estado de las iglesias y la eliminación de los enormes privilegios que una determinada confesión (la católica) disfruta, herencia de un Estado teocrático y autocrático. Aunque haya discrepancias sociales y políticas, resulta necesario, dada la realidad histórica y actual, legislar en esta materia, con el fin de evitar confrontaciones y de que el “poder judicial” legisle a través de sentencias, papel que no le corresponde.
Padecemos las acciones integristas de minoritarios grupos de fanáticos católicos y de un rancio clero que, utilizando recursos del conjunto de la ciudadanía, hacen política, influyen y amenazan con la complicidad de una parte del poder político y mediático.

Pues, a pesar de ello, el Estado laico lo estamos intentando construir, con muchas dificultades, una importante parte de la sociedad civil –cada vez más secularizada– demostrando que somos capaces de convivir, de forma racional, personas de las más diversas convicciones, pero que necesitamos de un soporte jurídico clarificador.

En estos días estamos viviendo, con mayor o menor intensidad, unas fiestas que se denominan de Navidad o Pascua de tradición judeo-cristiana. Esta época “festiva” y de “convivencia” fue considerada, durante mucho tiempo, en el Estado español, como un símbolo del poder religioso excluyente, siendo obligatorio participar de rituales católicos impuestos. Incluso hoy, todavía, hay quienes, desde el ámbito público y religioso, se empeñan en orientar erróneamente esa respetable pero particular tradición católica hacia el conjunto de la ciudadanía.

Sin embargo, hay que argumentar algo sobradamente conocido: estas fiestas tienen un origen ancestral en general relacionado con los días del solsticio de invierno, que múltiples culturas en todo el planeta, desde cosmovisiones divinas o de otra naturaleza, muy anteriores al cristianismo (griegas, romanas, persas, etc. y después del cristianismo: culturas como la azteca y otras en diversos continentes) celebraban. La realidad histórica es que fue el cristianismo de los primeros siglos el que se sumó a esa celebración, con el fin de ganar adeptos en la antigua Roma, extendiéndose de forma diferente en según qué países y mayoría religiosa, sobre todo después de la Reforma protestante del siglo XVI.

Hoy la diversidad y pluralidad que disfrutamos hace que estas fiestas cada cual las viva libremente, ya sea de forma religiosa (o no) o incluso no participe de ellas, según sus convicciones propias o la realidad social en la que está inmerso. Aunque, a decir verdad, es el dios mercado quien trata de imponer su ley de consumo, por encima de otras formas de celebración, cuestión que satisface al propio clero, por supervivencia.

Y no es sólo la Navidad: un determinado modelo religioso y de convivencia impuesto por la Iglesia durante siglos se ha ido apropiado también de innumerables celebraciones festivas y ferias que en miles de pueblos y ciudades del Estado español ya existían y que después se relacionaron con el santoral o la mitología religiosa católica en cada caso, con la complicidad del
poder político en ocasiones muy complaciente con el boato y el poder religioso a costa de ocultar derecho a la libertad de conciencia y de convicciones.

Entre otras causas, por ello las confesiones y sus cómplices políticos utilizan el término “libertad religiosa” como trampa corporativa con el fin de poner trabas al avance de una cultura racional en donde la persona sea la única titular de la libertad de conciencia en base a sus propias convicciones. Las entidades colectivas carecen de conciencia propia y no son, por lo tanto, sujetos de derecho en materia de libertad de conciencia; sí lo es la persona como individuo, pertenezca o no a un colectivo religioso, político o filosófico. En un Estado democrático, ninguna asociación religiosa o de otra naturaleza ideológica debería recibir privilegios, excepciones o estatutos diferentes de las normas del derecho común. También ningún miembro de su colectividad religiosa debería ser privado de derechos cívicos universales, como sucede con frecuencia, mientras el Estado, vergonzantemente, se inhibe.

Por ello la actual Ley de Libertad Religiosa de 1980 y los Acuerdos con la Santa Sede de 1979 –hijos de la ideología del concordato franquista de 1953– no responden a la realidad social, política y constitucional de un estado democrático y, por lo tanto, es necesaria su derogación. De esta situación anacrónica e injusta, impuesta por la fuerza a lo largo de la historia, se derivan innumerables normas y leyes educativas, tributarias, patrimoniales, societarias, jurídicas, sanitarias y asistenciales, así como prácticas políticas que conceden innumerables privilegios a la Iglesia católica, convirtiendo al Estado español, de hecho, en un Estado neo-confesional. Tenemos que erradicar estos atavismos para situarnos en el disfrute de una ciudadanía plenamente racional e ilustrada.

Para hacer justicia y acabar con la Transición en esta materia, urge una ley orgánica de libertad de conciencia y de convicciones en donde se clarifique el concepto de Estado laico, los derechos individuales, los derechos y deberes colectivos y de las administraciones públicas.

Francisco Delgado es presidente de Europa Laica. Diputado en la legislatura de 1977

Ilustración de Jordi Duró

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