El número de altas casi se ha cuadruplicado en los últimos cuatro años
El Registro de Parejas de Hecho en Andalucía, dependiente de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, contabilizó en el primer semestre de este año un total de 2.588 inscripciones, lo que supone un incremento del 7,92% con respecto al mismo periodo de 2008, en el que hubo 2.398 altas. De esta forma, se constata el aumento progresivo de las inscripciones en el Registro, que casi se han cuadruplicado en los últimos cuatro años, al pasar de las 1.417 efectuadas en 2005 a las 4.674 que se realizaron durante el pasado año.
Del total de parejas registradas en el primer semestre de 2009, el 63,68% realizó los trámites de inscripción a través de los ayuntamientos andaluces, y el 36,32% restante lo hizo directamente en las delegaciones provinciales de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.
Por provincias
Durante el primer semestre de este año se han registrado en Almería 256 parejas de hecho, 460 en Cádiz, 207 en Córdoba, 238 en Granada, 142 en Huelva, 146 en Jaén, 556 en Málaga y 583 en Sevilla. Desde que se puso en marcha este servicio en 1996, cuando se denominaba registro de uniones de hecho, hasta el pasado 30 de junio, se han mantenido inscritas en el Registro de la Comunidad Autónoma de Andalucía un total de 16.295 parejas.
Beneficios
Con la inscripción en el registro, se puede acceder a los beneficios previstos en la Ley de Parejas de Hecho de Andalucía de 2002. Así, en materia de protección de menores, esta norma establece la posibilidad de constituir acogimientos familiares, simples o permanentes, por parejas de hecho, sin discriminación alguna por opción sexual.
Servicios
Asimismo, las parejas de hecho pueden solicitar el acceso conjunto en centros residenciales para personas mayores, así como ejercer el derecho que la legislación sanitaria reconoce a los familiares. Además, en la adjudicación de viviendas de la Administración andaluza se equiparan al matrimonio, una igualación que también se refleja en los ámbitos tributarios y fiscales a nivel autonómico, así como en lo relativo a permisos y vacaciones.
Pensión de viudedad
Tras las modificaciones introducidas por la Ley estatal 40/2007 de 4 de diciembre, de medidas en Materia de Seguridad Social, se reconoce también el derecho a la pensión de viudedad a las parejas de hecho que lo acrediten mediante el correspondiente certificado de los registros específicos de las comunidades autónomas, cuando esta inscripción se haya producido con una antelación mínima de dos años con respecto a la fecha de fallecimiento.
Inscripción
Para realizar la inscripción en el registro es necesario que uno de los miembros tenga residencia en Andalucía. Este registro es único, aunque su gestión está descentralizada a través de los ayuntamientos y las delegaciones provinciales de la Consejería para Igualdad y Bienestar Social.