La escolarización en colegios religiosos está garantizada, pero sólo para quienes pasen una 'prueba de fe'. Una sentencia acaba de poner coto a la avalancha de demandas de padres solicitando plaza para sus hijos en un centro confesional, que en los últimos años había obligado a ampliar la ratio en no pocas instituciones
Es posible, y constitucional, dice el juez que la firma, flexibilizar los límites de plazas establecidos por la Junta de Andalucía, pero sólo, añade, si se demuestra una 'alergia' incurable a la educación laica.
La sentencia, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 10 de Sevilla, desestima la demanda de unos padres que querían escolarizar a su hija en el colegio Inmaculado Corazón de María (Portaceli) y que se quedaron sin plaza al superar la demanda a la oferta del centro. El juez se niega a ampliar la 'ratio' y a admitir a la menor en el Portaceli porque eligieron, como segunda opción, un centro público y aconfesional.
Que estos padres aceptaran, aun como alternativa, un colegio laico demuestra -como adelanta el diario El Mundo- que la voluntad de que su hija recibiese una formación religiosa no era todo lo firme que requiere la Constitución Española en su artículo 27.3, el que establece que "los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones".
Para beneficiarse de dicho artículo constitucional y, por lo tanto, lograr la ansiada plaza escolar, esgrime el magistrado, los padres y demandantes deberían haber aportado pruebas de "una clara, inequívoca e incondicional voluntad" de que su hijo sea educado en un centro concertado «que responda a las expectativas de orden académico, moral y religioso que albergan para el proyecto educativo de su hijo».
ESE NO ES CRITERIO PARA ESCOLARIZAR
La Consejería de Educación de la Junta de Andalucía ha asegurado hoy que, "en ningún caso, las creencias religiosas del solicitante constituyen un criterio de escolarización".
Fuentes de Educación han señalado que "la obligación de ofrecer una enseñanza religiosa, en los términos que establece la normativa vigente, es igual para los colegios públicos y concertados".