La Plataforma de Córdoba por la Escuela Pública y Laica y el Observatorio del Laicismo denunciaron estas actividades confesionales
Estas instrucciones suponen un avance ante la permisividad a la hora de organizar este tipo de actividades confesionales: procesiones, preparación de pasos,… que sin embargo permite como actividades complementarias en la clase de religión, y extraescolares (fuera de horario escolar y voluntarias). Algo que no tiene en cuenta lo establecido en el artículo 21 del Estatuto de Andalucía "La enseñanza pública, conforme al carácter aconfesional del Estado, será laica." Tampoco los centros escolares son lugares de culto y de formación religiosa, ni los menores pueden ser objeto de adoctrinamiento con el aval de una institución pública.
La propia realización de la actividad en el centro ya va a suponer una implicación del alumnado que no da clase de religión. ¿Qué pasará cuando los de religión preparen sus pasos procesionales y los expongan, o decidan salir por los pasillos, patios y espacios comunes con sus desfiles procesionales y sus cántico? Esto sería posible a condición de que los otros alumnos sigan con su "atención educativa". Los razonamientos jurídicos son válidos, pero cuando trata de compatibilizarlos con normas educativas de menor rango y de carácter reglamentario, termina posibilitando las actividades.
Por tanto no podemos quedar satisfechos con estas instrucciones, que al igual que ocurre con las de las visitas pastorales de los obispos a los colegios, supondrán en la práctica el mantenimiento de esatas actividades confesionales. La escuela laica para todos y todas, sin discriminaciones, sin vulneración de derechos fundamentales, requiere que la religión salga del ámbito escolar.
Pueden descargarse las Instrucciones en el archivo adjunto
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