LLAMAMIENTO a los representantes de Bélgica, Francia, Luxemburgo y Suecia, a utilizar el veto CONTRA EL ARTICULO 51 DE LA FUTURA CONSTITUCION EUROPEA
Los participantes del simposio internacional «CENA DE LE CENERI» organizado por la Alianza contra el Conformismo en Freiburgo, Alemania, desde el 25 hasta el 28 de Febrero 2004, fueron informados en detalle por Nicola Giovannini, colaborador de Maurizio Turco, Presidente de los Diputados Radicales (Lista Bonino) en el Parlamento Europeo acerca del significado y de las consecuencias del artículo 51 en el proyecto de la futura Constitución Europea. El artículo 51, por el cual las Iglesias privilegiadas intentan de establecer una «zona de sombra» pre-legislativa teniendo una influencia decisiva en la política europea, está claramente en contrario del principio de laicidad que debería ser la base de la Constitución Europea. Además, el artículo 51 garantiza la conservación de los privilegios inmensos que las Iglesias obtuvieron gracias a los Concordatos firmados por Franco en España, Mussolini en Italia, Salazar en Portugal y Hitler en Alemania que son la razón por su poder, influencia y riqueza basados en el impuesto eclesiástico recaudado por el Estado o financiación pública.
Por eso exigimos la restauración del estado pre-fascista en toda Europa y nos asociamos al llamamiento de los Diputados Radicales en contra del artículo 51.
Nosotros suscribientes, vista la propuesta de resolución para una Constitución europea laica depositada por Maurizio Turco y 256 diputados europeos y apoyada por 320 diputado de los 15 estados miembros de la Unión europea considerando que el artículo 51 del proyecto de Tratado por el que se instituye una Constitución para Europa
a) contradice el principio de separación entre instituciones públicas e instituciones religiosas;
b) vincula a la Unión a un dialogo regular con las Iglesias y organizaciones confesionales al punto de legitimar un derecho de injerencia de las instituciones religiosas en el ejercicio de los poderes públicos europeos;
c) ratifica la perpetuidad de los privilegios adquiridos a nivel nacional de las instituciones religiosas, impidiendo verificar la compatibilidad con los derechos y las libertades fundamentales de los ciudadanos europeos, así como con las políticas y el derecho de la Unión;
d) emplea una terminología inadecuada para un texto constitucional, creando así múltiples controversias jurídicas;
considerando además que la libertad de organizarse y de actuar de las organizaciones confesionales ya está garantizada por el artículo 10 de la Carta de los derecho fundamentales así como por el articulo 46 del proyecto de Tratado constitucional relativo a las asociaciones representativas de la sociedad civil;
apoyamos la propuesta de resolución, promovida por Maurizio Turco, firmada hasta hoy por 123 diputados europeos, pidiendo al Consejo, la Comisión y a los Estados Miembros a derogar el artículo 51 del proyecto de Tratado constitucional y, en particular, a los representantes del Reino de Bélgica, de la República Francesa, del Gran Ducado de Luxemburgo y del Reino de Suecia a utilizar el veto, en el ámbito de los trabajos de la CIG, en coherencia con las enmiendas para la abrogación del articulo 51, que han presentado durante los trabajos de la Convención.