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Una residencia de monjas de Madrid intervenida por su “deficiente gestión” del covid solo pagará la multa legal mínima de 30.000 euros

El Tribunal Superior rechaza el recurso interpuesto por las Hermanas Josefinas, que consideraban “desproporcionada” la sanción del Gobierno de Ayuso pese a que se contagió un tercio de los mayores del centro Padre Eladio.

Las religiosas que vivían en la residencia no se hacían PCR, no había contenedores para desechar los residuos de las habitaciones y el cruce de circuitos limpio/sucio era “constante”.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado el recurso que las Hermanas Josefinas presentaron contra la multa que les impuso la Comunidad de Madrid por la “deficiente gestión” de la residencia Padre Eladio, que resultó en un brote de covid en septiembre de 2021 y forzó la intervención del centro, de acuerdo con la sentencia a la que ha tenido acceso Público.

El Gobierno madrileño multó a la congregación con 30.000 euros por una infracción muy grave: la insuficiente aplicación de medidas para evitar los contagios propició que, a partir de un solo caso, se llegara a 20 en unos días, de los cuales siete tuvieron que ser trasladados al hospital. El centro tenía 58 residentes, por lo que más de un tercio terminaron infectados. También se sancionó al director de la residencia a cinco años de inhabilitación para ejercer ese puesto.

La Casa Comunidad Hermanas Josefinas de la Santísima Trinidad y el propio director recurrieron la sanción ante la Sala de lo Contencioso del TSJM aduciendo que la Consejería de Familia, Juventud y Política Social no había tenido en cuenta “el contexto social y sanitario” de aquellos días, que la residencia había aplicado el plan de contingencias en vigor y que la sanción era desproporcionada. Sin embargo, los 30.000 euros de la multa es la cantidad mínima establecida por la ley para infracciones muy graves –las que generan un riesgo o daño para la seguridad o salud de los residentes–, como la cometida por la residencia Padre Eladio. Podría haber alcanzado los 600.000 euros.

En su sentencia, los jueces dan la razón al Gobierno madrileño y confirman la multa, así como su proporcionalidad: “Ninguna de las alegaciones puede considerarse como exculpatoria de ninguna de las deficiencias” descubiertas en las tres inspecciones realizadas. Por muy “humanamente comprensibles” que puedan juzgarse, resalta la sentencia, “no eliminan las omisiones advertidas”. Y, como la cantidad impuesta es la mínima legal, añade el tribunal, no puede considerarse desequilibrada.

La primera visita de los geriatras de enlace del Hospital La Paz, al que está adscrita la residencia Padre Eladio, se hizo el 31 de agosto de 2021. Entonces, el centro –con 77 plazas, de las que estaban ocupadas 58, y cinco religiosas–, tenía siete casos positivos, entre ellos una de las monjas que vivían allí. Todas las religiosas residían en zonas comunes y no se hacían PCR. Además, dos trabajadores del centro habían dado positivo. El 2 de septiembre, cuando se hizo la segunda visita, los casos habían aumentado a 10. Tres enfermos tuvieron que ser hospitalizados. Y tres trabajadores estaban de baja por covid. El 7 de septiembre, en la tercera inspección, los contagiados ya eran 20, de los cuales cuatro necesitaron ser trasladados al hospital.

Ni contenedores ni gel hidroalcohólico suficiente

Al tiempo, las inspecciones constataron toda una serie de deficiencias. No había control de temperatura a la entrada, el gel hidroalcohólico era insuficiente, no había contenedores para desechar los residuos de cada habitación, las zonas roja –para los residentes infectados– y amarilla –para residentes en cuarentena, asintomáticos pero que hubieran estado en contacto estrecho con un enfermo– no estaban bien delimitadas, por lo que el riesgo de contaminación de material limpio era alto, y el personal no utilizaba correctamente los EPI (Equipos de Protección Individual; es decir, las batas, las mascarillas). “El circuito limpio/sucio no está señalizado y el cruce de circuitos sigue siendo constante. Se evidencia el desconocimiento del personal sobre el manejo de los residuos (se observan carros de comida con menaje desechable usado sin embolsar en el pasillo de la zona amarillo), así como el uso inadecuado de los ascensores”, detallaba el informe. El material sucio de la zona amarilla, explican los inspectores, se transportaba en el ascensor considerado limpio.

De forma que el 9 de septiembre la consejería intervino la residencia, designando un coordinador que dirigió el centro hasta el día 22 de ese mes, cuando se consideró bajo control la situación.

Hasta julio de 2020, la Comunidad de Madrid intervino un total de 14 residencias de mayores. Once fueron privadas y tres públicas. En España ascendieron a 89 las que tuvieron que pasar a manos de un gestor público en esos primeros meses de la pandemia. La Padre Eladio, situada en el distrito Fuencarral-El Pardo, en el norte de Madrid, fue intervenida un año después. Público ha preguntado a la consejería responsable cuántos centros de mayores fueron intervenidos a partir de julio de 2020, pero no ha proporcionado una respuesta: “Tenemos que revisar los expedientes en la Inspección”, ha respondido un portavoz.

La sentencia del TSJM, que tiene fecha del pasado 13 de mayo, casi tres años después de la sanción y dos después de que las Hermanas Josefinas la recurrieran, se apoya en la presunción de veracidad de las actas de inspección, que certificaron la escasez de contenedores para desechar los residuos de las habitaciones y la falta de gel hidroalcohólico. Y, aunque los jueces admiten que la residencia “fue adaptándose progresivamente a la normativa”, sostienen también que “la subsanación posterior no elimina la comisión de la infracción”

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