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Mientras algunos –no todos–componentes de los diferentes partidos políticos de Colombia piensan que las congregaciones religiosas no deben pagar impuestos, otros le están apuntando al sí de los tributos por parte de las iglesias en todo el territorio nacional.
Las cifras consolidadas dadas a conocer recientemente por quienes indagan estos temas, nos indican que en el país existen iglesias que cuentan con un alto patrimonio y con significativos ingresos; esta circunstancia se ha constituido en el punto de partida que fácilmente podrá aclarar la duda respecto a que si deben o no pagar impuestos las iglesias en nuestro país del Sagrado Corazón de Jesús.
Para muchos colombianos, el hecho que las iglesias católicas y otras más de las llamadas cristianas no paguen impuestos se constituye en una muy cómoda preferencia en cuanto al aspecto tributario, el que ha venido prevaleciendo “per secula seculórum” mientras se conocen cifras, las cuales no dejan de inquietar a algunos colombianos especializados en hacer cuentas en su libreta de apuntes.
Indudablemente, una de las permanentes inquietudes de algunos –no todos– expertos en economía, específicamente en el tópico de los impuestos, es la poca o nula carga tributaria que deben enfrentar las iglesias en el país.
Actualmente las iglesias están exentas del tema relacionado con los impuestos de renta y del predial, ya que cuentan –según algunos sectores de la ciudadanía– con privilegios y desde tiempos inmemoriales los aspectos relacionados con la religión han gozado de regímenes especiales.
Estas consideraciones esgrimidas por un gran conglomerado de la población colombiana, tienen su explicación en la separación del Estado y la Iglesia, el que se constituye en un aspecto relativamente nuevo en las democracias modernas.
Las mencionadas concesiones se han venido justificando con la excusa de que no se pueden gravar los dogmas religiosos e igualmente que las iglesias se distinguen por sus asuntos espirituales y porque igualmente tienen una trascendental importancia en el aspecto social y que por lo tanto merecen el “perdón” de la Dian, algunos conceptúan que los lugares, personas y actividades religiosas, son factores que simplemente promueven el bien común, así mismo argumentan que imponer tributos a las actividades sagradas podrían catalogarse como una forma de persecución religiosa.
Muy a pesar de todas esas numerosas expresiones, en sitios diferentes al púlpito se oficia una misa completamente diferente; sería pertinente que se aclare si es cierto o no que hoy en día muchas organizaciones religiosas no se limitan a promover la palabra del divino redentor.
Sin embargo, no hay que negar que algunas iglesias –no todas– se han diversificado en sus actividades y actúan como grandes conglomerados económicos, dueños de grandes predios y de diferentes negocios, los que supuestamente se cobijan bajo un solo manto: el de la fe religiosa.
La Dian reportó que posiblemente el patrimonio líquido de las congregaciones religiosas existentes en Colombia ascendería a muchos millones de pesos y los ingresos brutos ascenderían a muchos millones al año.
En la otra cara de la moneda están los que afirman que estas no son entidades con ánimo de lucro, por lo tanto no deberían ser incluidas en los listados de las entidades que deben pagar impuestos, manifiestan así mismo que no cuentan con recursos propios y que sus recursos provienen de los feligreses.
Indiscutiblemente este se constituye en otro tema más para la discusión en Colombia.