RESUMEN: El presente artículo profundiza en la premisa según la cual pluralismo religioso es a realidad fáctica, como interculturalidad es a modelo de gestión de políticas públicas, y laicidad es a principio normativo de las relaciones Iglesia-Estado. Partiendo de tal análisis, trata de abordar cuáles son las lagunas y obstáculos jurídicos que tiene dicho presupuesto para proyectarse, en toda su amplitud e integridad, en el ámbito de la enseñanza (interreligiosa e intercultural) en la escuela pública, conforme a la legislación educativa hoy vigente.
Las objeciones de conciencia en las Américas · por Javier Martínez-Torrón
Resumen: La finalidad de este trabajo es proporcionar una visión de conjunto de cómo se abordan en el…