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Una jueza de Madrid acepta que los testigos de Jehová puedan ser calificados como «secta destructiva» y sus seguidores como «víctimas»

La magistrada rechaza una denuncia contra la asociación de Víctimas de los Testigos de Jehová.

La justicia ha desestimado una demanda interpuesta por la representación procesal de Testigos Cristianos de Jehová de España contra la asociación española de víctimas de esa confesión religiosa al considerar que el derecho a la libertad de expresión prevalece por encima del derecho al honor de dicha confesión.

En su sentencia, en la que absuelve a la Asociación Española de Víctimas de Testigos de Jehová «de todas las pretensiones formuladas en su contra», la titular del juzgado de Primera Instancia número 6 de Torrejón de Ardoz, Raquel Chacón, recoge numerosas críticas de antiguos miembros de esa confesión religiosa contra determinadas prácticas o abusos que vivieron.

En ese sentido, señala que se trata de «crítica legítima de determinados comportamientos generalizados llevados a cabo por la confesión religiosa de Testigos de Jehová, no solo en España, sino también en el extranjero» y subraya que «solo los movimientos de fieles, o de antiguos fieles, de toda religión, que denuncian públicamente abusos de carácter espiritual o tropelías sexuales o de todo orden, discriminaciones o tratos degradantes, irregularidades, etc., pueden conseguir que vayan desapareciendo».

El texto de la magistrada también acepta que la Asociación califique de «secta» a los Testigos de Jehová: «En cuanto a la calificación de esta como secta destructiva (…) ha de entenderse amparada por la libertad de expresión, a pesar de ser molesto o hiriente».

Al respecto, subraya que los propios textos religiosos de los Testigos de Jehová «pueden estimarse en nuestros días como un control excesivo sobre la vida de los fieles» y destaca que «la insistencia por conocer detalles de ciertas relaciones, sentimentales o no, desconfiar de los testimonios o la obligación de consultar primero a los ancianos, respetando un estricto sistema jerárquico, revelan un ambiente de supervisión insistente» sobre los fieles.

En cuanto a la calificación de «víctimas», señala que «numerosísimas personas aseguran haber sufrido muchos daños a consecuencia de su experiencia como fieles de una confesión religiosa, y prohibir este término en la denominación de la Asociación sería una censura injustificada para estas personas que emiten libremente su opinión a raíz de vivencias en primera persona».

El abogado Carlos Bardavío, autor del libro Las sectas en Derecho penal, ha felicitado a la asociación española de víctimas de los Testigos de Jehová por la sentencia, que ha calificado como su «mayor victoria judicial hasta la fecha». 

«Como dice el titular la sentencia, reconoce que los Testigos de Jehová realizan un control excesivo de sus miembros y esto puede ser criticado como secta», ha escrito en un mensaje de Twitter, en el que también ha difundido íntegramente esa sentencia:

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