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El delito, la víctima y la reparación · Luis Fernández

El Estado ha de determinar las cantidades con las que dentro de cada procedimiento, y en concepto de reparación económica, deba indemnizar la Iglesia Católica como entidad responsable a cada una de las víctimas.

Vaya por delante que difícilmente se pueden reparar los daños producidos por los abusos causados a personas en el periodo más frágil de su desarrollo (la infancia) por aquellos que socialmente no sólo estaban revestidos de una autoridad moral reconocida por su comunidad sino que supuestamente anclaban esa autoridad en ser representación (muy importante para una parte de la sociedad) de un poder “divino”.

La pederastia ejercida desde el poder que reviste a los representantes de la Iglesia Católica sobre una población infantil (socialmente, por razones culturales derivadas de la figura de su agresor, notablemente desprotegida) produce un daño de una gravedad difícilmente medible y mucho más difícil de estimar en cuanto a su reparación.

La permanente estrategia de ocultación desarrollada por la estructura de la Iglesia Católica la ha convertido en cómplice. No podemos afirmar que eran acciones individuales de personas aisladas. El abundante conocimiento sobre estas acciones por muchos responsables desencadenaba, cuando eran muy sobresalientes,  desplazamiento de culpables y ocultación de los hechos. Es indudable que esta complicidad no es generalizable a toda su estructura (hubo, hay y habrá personas ejemplares en ella). Pero precisamente la afectación de partes nucleares de esa estructura la incapacita como autoridad para determinar todas las condiciones de esta reparación, entre las que se hallan el cuantificarlas económicamente.

La separación del Estado de todas las religiones (procedimiento imprescindible para llegar a una estructura laica del mismo) y la responsabilidad de éste de actuar en condiciones de igualdad para todas las personas (consecuencia del principio moral, consustancial a un Estado Laico, que iguala a todas y todos frente al poder) le obligan a dos acciones fundamentales:

1ª Conocer, juzgar y decidir los procedimientos de reparación de todos los delitos de pederastia que se hayan producido valorando los agravantes que los caractericen. Y para ello necesita disponer de todas las informaciones que sobre cada caso existan. Sin ningún intento de ocultación por parte de nadie.

2ª  Determinar las cantidades con las que dentro de cada procedimiento, y en concepto de reparación económica deba indemnizar la Iglesia Católica como entidad responsable a cada una de las víctimas.

El largo y tortuoso camino que las víctimas de los abusos de los representantes de la Iglesia Católica han tenido que recorrer parece no tener fin. En los momentos actuales, cuando muy recientemente la Conferencia Episcopal ha sorprendido con un formalmente arrepentido documento comprometiéndose  a “ser transparentes en este proceso y a rendir cuentas ante las víctimas, la Iglesia y Dios”, expresando “sin ambages el dolor, la vergüenza y la pesadumbre que causa en nosotros esta realidad que traiciona el mensaje del Evangelio” aparecen los tradicionales movimientos de distracción que caracterizaron publicaciones anteriores  “poner el foco únicamente en la Iglesia es desenfocar el problema. Las recomendaciones y las medidas que hay que tomar no solo deben ser dirigidas a nosotros, sino a toda la sociedad” y, además de despreciar el informe del Defensor del Pueblo, siguen torpedeando el documento externo, encargado por la propia CEE, redactado y desarrollado con la supervisión de Cremades.

Una organización laica del Estado exige que realmente se trate por igual a toda la ciudadanía. Y para ello es necesario que se muestre con nitidez la independencia de sus acciones respecto a cualquier comunidad religiosa por poderosa que ésta haya sido en un pasado reciente. La Iglesia Católica se ha aprovechado de su complicidad con la estructura dictatorial reciente que le entregó el poder sobre el sistema educativo, territorio donde se cultivaron la mayor parte de estas actuaciones delictivas. Y esa exigencia se tiene que traducir en el enjuiciamiento de estos delitos de pederastia como se juzgarían los cometidos por cualquier otra comunidad analizando las particulares causas agravantes de cada caso. Enjuiciamiento que debe determinar, entre otras responsabilidades, las cantidades que, como ya se está haciendo en numerosos países, la Iglesia Católica debe abonar, de su abundante patrimonio, a las víctimas de tan abominables acciones.

Y eso esperamos del Estado Español

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