Asóciate
Participa

¿Quieres participar?

Estas son algunas maneras para colaborar con el movimiento laicista:

  1. Difundiendo nuestras campañas.
  2. Asociándote a Europa Laica.
  3. Compartiendo contenido relevante.
  4. Formando parte de la red de observadores.
  5. Colaborando económicamente.

De la laicidad inclusiva del PSOE al laicismo de Estado

 La aprobación en la Comisión de Hacienda del Congreso, el pasado 26 de abril 2023, de equiparar a todas las confesiones religiosas en el mismo tratamiento fiscal que gozaba la Iglesia católica, ha suscitado de nuevo uno de los problemas principales que en España se nos presenta a todos, creyentes o no creyentes, es decir, el determinar qué relaciones deben existir entre el Estado español y las confesiones religiosas, particularmente la católica. 

El art 16 de nuestra Constitución de 1978 regula estas relaciones entre la Iglesia católica y el Estado español. En él «Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades» (&1).  «Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias» (&2) y «Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones» (&3). Según los autores, aquí se define el concepto de laicidad, que comprende tres notas: Neutralidad religiosa; Separación entre Estado y confesiones religiosas y Cooperación estatal con ellas (GARCÍA MAURIÑO; MORENO DE LA FUENTE 2012: 145). Las dos primeras son propias de una Estado laico, la tercera, en cambio, es objeto de diversas interpretaciones, según sea la clase de cooperación existente entre el Estado y las confesiones religiosas.

Total
0
Shares
Artículos relacionados
Total
0
Share