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Miembros de la Cofradía del Bendito Cristo de la Vera Cruz ante la ermita cuya titularidad reclaman al Obispado. FERNANDO OTERO

Gordoncillo (León) pierde su ermita inmatriculada porque el cura se niega a firmar la reversión

La cofradía, fundada en 1578, y el Obispado fijaron la fecha del traspaso ante notario pero la cita se anuló el día antes

Llevan siete años peleando para que la Diócesis de León les devuelva su ermita pero la negativa del párroco local a firmar la orden del obispo ha frustrado la reversión del templo.

La ermita del Bendito Cristo de este pueblo del sur de León ha sido custodiada durante siglos por la Cofradía de la Vera Cruz, con cuyos fondos se construyó el templo en el siglo XVI, pero el templo fue inmatriculado en 2013 a nombre de la Iglesia, por lo que los cofrades consideran que se les ha despojado de su sede centenaria.

Ha sido un proceso largo que tuvo fecha de conclusión: el 14 de octubre de 2021, día en el que se fijó la cita en una Notaría de León para firmar un documento de donación mediante el cual la Diócesis otorgaba la titularidad de la ermita a la Cofradía.

Todo estaba preparado para zanjar un periplo de horas interminables de papeleos y conversaciones. Pero nunca se llegó a firmar. Según la abadesa de la Cofradía, Elle Velado, la negativa del párroco de la Parroquia de la Degollación de San Juan Bautista de Gordoncillo, Benedicto García Marcos, a sellar con su firma el documento de donación frustró las expectativas del pueblo y dejó perplejos a los responsables de la cofradía que, desde entonces, siguen intentando que el Obispado acceda a cambiar a su emisario ante el notario para dar por finalizado con el proceso.

Titularidad en duda

La Diócesis afirma, tras frustrarse el traspaso, que la ermita es un «bien inmueble parroquial»

A pesar de que figura por escrito —con rúbrica del vicario general y del secretario canciller— que la voluntad de la Diócesis es revertir la ermita a la cofradía mediante la figura de una donación, a día de hoy el Obispado sigue negándose a que sea cualquier otro representante episcopal quien selle el traspaso ante notario. Tiene que ser el párroco —y así se lo han transmitido a la cofradía— quien firme ante notario, el mismo que nunca ha estado de acuerdo con el empeño vecinal de recuperar la titularidad del templo.

Fuentes del Obispado consultadas por este periódico acerca de la paralización del proceso de donación, se han limitado a señalar que «este templo, sede histórica de la cofradía del Bendito Cristo de Gordoncillo, ha sido desde siempre un bien inmueble parroquial, perteneciente a la Parroquia de La Degollación de San Juan Bautista de Gordoncillo y así figura inscrito en los servicios de Administración Diocesana».

Es precisamente ese ‘desde siempre’ el que generó el litigio actual y el que rebaten los miembros de la cofradía. En su exposición de motivos para solicitar la reversión del templo, explican que la ermita fue construida alrededor de 1575 por la Cofradía y «desde entonces ha sido poseída a titulo de dueño, de forma pública, pacífica e ininterrumpida por dicha Cofradía, es decir, quien ha estado en propiedad de la citada Ermita desde tiempo inmemorial es la citada Cofradía, como Entidad Religiosa distinta de la propia Parroquia».

Carta al Vaticano

Ante los diferentes requerimientos presentados por los cofrades ante la Diócesis para que cumpla su compromiso, la respuesta ha sido el silencio —el último intento, una petición de audiencia al obispo Luis Ángel de las Heras el pasado mes de septiembre que aún sigue sin respuesta. La frustración es tal que también se han dirigido a la Conferencia Episcopal, sin éxito.

El último paso ha sido acudir al Vaticano con una misiva remitida al papa Francisco el pasado mes de julio, carta que sí tuvo respuesta por parte del subsecretario de la Congregazione per il Clero, el reverendo Simone Renna. En ella, al contrario de lo que han asegurado en el Obispado, no se ratifican en que es la firma del párroco la única vía para revertir el templo.

En cambio, aseguran que se «estudiará atentamente los antecedentes expuestos en su misiva» con el fin de «poder ofrecer una orientación sobre la solución de la controversia». En la carta, el reverendo Renna aprovecha la oportunidad «para animarle a estrechar los vínculos de caridad» con el obispo y con el párroco, «de forma que no resulte dañada la comunión eclesial ni obstaculizada la labor evangelizadora de la Iglesia».

Desde la cofradía, la abadesa, cita el Derecho Canónico vigente para remarcar que el papa es el administrador universal de todos los bienes de la Iglesia y que el obispo es el administrador de los bienes de la Diócesis. «El señor cura tiene la representación de estos pero no su administración», señala, para argumentar que la responsabilidad de que el proceso de reversión se concluya es de la jerarquía eclesiástica que, a su juicio, no debe parapetarse tras la voluntad de un párroco para justificar que no cumple con el compromiso adquirido.

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