La ermita de la Lugareja, monumento histórico -artístico desde 1931, pertenece a la diócesis de Ávila
El Tribunal Supremo ha ratificado que la diócesis de Ávila es la legítima propietaria de la ermita de la Lugareja (siglo XII), el único resto de un antiguo monasterio desamortizado en el XIX y situado en una finca de propiedad privada
Un reciente auto del Tribunal Supremo ratifica el fallo emitido por la Audiencia de Ávila en julio de 2020 para confirmar así que la Diócesis abulense es la propietaria de la ermita
El auto del Supremo declara firme la sentencia de la Audiencia Provincial de Ávila y pone fin a un litigio iniciado hace años entre el Obispado y un particular que reclamaba su propiedad
El hecho de que fuese desamortizada la finca en la que se asienta esta ermita -El Lugarejo-, no implica que el templo fuera objeto de desamortización, ni de venta posterior
El Tribunal Supremo ha ratificado que la diócesis de Ávila es la legítima propietaria de la ermita de la Lugareja (siglo XII), el único resto de un antiguo monasterio desamortizado en el XIX y situado en una finca de propiedad privada, a menos de un kilómetro del casco urbano de Arévalo.
Un reciente auto del Tribunal Supremo ratifica el fallo emitido por la Audiencia de Ávila en julio de 2020 para confirmar así que la Diócesis abulense es la propietaria de la ermita de la Asunción de Nuestra Señora de Gómez Román, nombre real de este templo mudéjar conocido popularmente como La Lugareja.
De esta manera, el Supremo da la razón a la Audiencia Provincial cuando hace más de dos años revocó la sentencia emitida por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Arévalo, en enero de 2020, que reconocía la titularidad privada de este templo.
Ese fallo revocatorio de la Audiencia hizo que quien se consideraba dueña de la ermita, M.C.S.R.A., presentara recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación ante la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, que esta última ha «inadmitido», han informado este martes fuentes del Obispado de Ávila.
El auto del Supremo declara firme la sentencia de la Audiencia Provincial de Ávila y pone fin a un litigio iniciado hace años entre el Obispado y un particular que reclamaba su propiedad.
Este litigio viene derivado del proceso de desamortización de las propiedades de la Iglesia durante el siglo XIX, de manera que el hecho de que fuese desamortizada la finca en la que se asienta esta ermita -El Lugarejo-, no implica que el templo fuera objeto de desamortización, ni de venta posterior.
La ermita de La Lugareja, declarada monumento histórico-artístico el 4 de junio de 1931, fue construida en el siglo XII y la parte que aún se conserva corresponde a lo que en su día fue la cabecera de la iglesia del convento cisterciense de Santa María de Gómez Román.
Dicho convento fue abandonado hacia 1240 por sus ocupantes y entregado a monjas de la orden del Císter.
Cuenta con un ábside triple decorado con una serie de arcos y sobre el crucero se encuentra un cimborrio montado en el interior a base de una cúpula sobre pechinas, decorado en la parte exterior por una serie de siete arcos de ladrillo en cada fachada.