El Defensor del Pueblo pone fin a las actuaciones sobre este asunto, después de que la Comunidad de Madrid le haya comunicado que “no había considerado posible abrir un procedimiento sancionador”.
El Defensor del Pueblo ha concluido sus actuaciones en la queja sobre un posible incumplimiento, por parte del Obispado de Alcalá de Henares de la Ley 3/2016, de 22 de julio, de Protección Integral contra la LGTBIfobia, en relación con el presunto desarrollo de ‘terapias para curar la homosexualidad’.
Así consta en el informe de esta Institución, presentado este viernes por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ante el Congreso de los Diputados. Concluye las actuaciones tras la respuesta otorgada por la Consejería de Políticas Sociales de la Comunidad, que comunicó sobre este caso que “no había considerado posible abrir un procedimiento sancionador, a la vista de que la principal prueba de cargo consistía en los registros de llamadas, grabaciones, correos electrónicos y documentación aportados por un periodista, obtenidos sin el consentimiento de uno de los interlocutores”.
No obstante, el Defensor del Pueblo ha señalado que en su informe que “sigue extremando la atención ante todo indicio de discriminación por orientación sexual, como era este caso”.
En 2019 elDiario.es desveló que el obispado de Alcalá celebraba cursos clandestinos para ‘curar’ la homosexualidad. En una investigación realizada por esta redacción, se detalló el funcionamiento de estas terapias ilegales. Fuentes de la diócesis de Reig Pla admitieron que se celebraban estos cursos, ilegales según el artículo 70 de la ley contra la LGTBfobia de Madrid.
Proceso sancionador abierto a una coach
La Comunidad de Madrid abrió hace tres años un proceso sancionador contra Elena L.R. una ‘coach’ que fue denunciada en 2016 por vulnerar la Ley contra la LGTBifobia al ofrecer a través de Internet terapias para la curación de la homosexualidad.
La decisión fue acordado por el Consejo de Gobierno regional, liderado en funciones por Pedro Rollán, tras recibir un informe de la Consejería de Políticas Sociales que tipifica como infracción “muy grave” en virtud de la vulneración del artículo 70.4 de la normativa regional contra la LGTBfobia este caso, que fue denunciado por colectivos del sector tras una información periodística.
Tras un periodo de información previa abierto por la entonces Consejería de Políticas Sociales y Familia y la posterior denuncia en 2017 de dos particulares por los mismos hechos, la Secretaría General Técnica de este departamento calificó esta oferta de terapias para curar la homosexualidad de infracción “muy grave” y procedió al inicio del procedimiento sancionador contra esta persona.
La sanción a la que se tendría que hacer frente va desde los 20.001 euros a los 45.000 euros. Sin embargo, poco después la misma Consejería concluyó sin sanción dicha investigación, tal y como ahora indica el Defensor del Pueblo.