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El Juzgado determina que la Diócesis es la propietaria de la ermita de Casbas

El Ayuntamiento de Ayerbe anuncia que recurrirá la sentencia y califica de “injusta” la situación.

La ermita de la Virgen de Casbas, conocida como la ‘Capilla Sixtina’ del Alto Aragón por sus valiosas pinturas murales del siglo XVII, es propiedad del Obispado de Huesca. El Juzgado de Instrucción número 1 de Huesca ha determinado que la propiedad de la ermita de Casbas, en el municipio de Ayerbe, es de la Diócesis de Huesca, quien se disputaba con el Ayuntamiento de dicha localidad la titularidad de un templo cuyas espectaculares pinturas murales le han valido para ser conocido como la “capilla Sixtina del Alto Aragón”

Casi siete meses después de la celebración de la vista en la que ambas partes presentaron documentos para intentar demostrar que habían ejercido la posesión a título de dueños del templo, la jueza ha fallado a favor del Obispado

La decisión judicial, dada a conocer este 1 de septiembre, es entendida por la Diócesis de Huesca como una “aclaración” sobre la propiedad de la ermita, mientras que desde el Consistorio de Ayerbe respetan pero no comparten la sentencia, califican de “injusta” la situación tras la inversión hecha con dinero público en la mejora del santuario y anuncian que van a recurrir el fallo judicial.

El Obispado, representado por el letrado Joaquín Guerrero, argumentaba en su demanda que le pertenecía “desde tiempos inmemoriales” el santuario, las viviendas anejas y las dependencias de la cofradía, plasmada en una declaración en el Boletín Oficial Eclesiástico de 1865; que siempre se habían celebrado bodas, comuniones o romerías; y que ya aparecía como propiedad eclesiástica en un registro fiscal de edificios y solares del Ayuntamiento de 1929 sin que se hubiera impugnado. Además, aludió a un inventario de la DGA de bienes muebles de la Iglesia católica donde se incluía el templo y a los permisos que había concedido en los últimos años al consistorio y a la Comarca de la Hoya para poder realizar grabaciones o visitas guiadas.

Joaquín Guerrero, abogado de la Diócesis de Huesca, que fue quien presentó una demanda contra el Ayuntamiento de Ayerbe para defender que la titularidad de la ermita era de la Iglesia, asegura que la sentencia se entiende en el Obispado “no como que ha ganado, en el sentido de que el Ayuntamiento sea un contrincante, sino que se han puesto las cosas en su sitio, es decir, que una ermita, que es un templo, pertenece a la Iglesia”, apostilló.

Añade que la sentencia viene a decir que “los ayuntamientos no tienen por qué reivindicar propiedades que además están siempre al servicio del pueblo”. En este sentido, avanza que la ermita de Casbas seguirá siendo escenario de actividades culturales “que sean compatibles con el culto” y podrá seguir siendo objeto de visitas turísticas.

Esto no es ganar al Ayuntamiento, sino que es en beneficio del pueblo, de los feligreses y de los muchos devotos de Santa María de Casbas que no son de Ayerbe; que este templo es eclesiástico, sin perjuicio de que como se ha hecho antes y se seguirá haciendo, se realizarán actos culturales que sean compatibles con el culto”, apunta Guerrero, que insistió en que la Diócesis “no va a dificultar ninguna actividad social y cultural”.

El Ayuntamiento de Ayerbe, defendido por los servicios jurídicos de la Diputación Provincial de Huesca (representada por la abogada Ana Cristina Bescós), replicó que el santuario fue inscrito en el inventario municipal en 1977 y desde entonces había ejercido la posesión pública, pacifica e ininterrumpida durante más de 30 años, requisito para obtener la usucapión (adquisición de una propiedad por posesión continuada). También presentó como pruebas un acuerdo de pleno de 1994 que cedió la gestión del templo a la cofradía y las numerosas obras de mantenimiento y restauración acometidas desde 1979 y financiadas por el consistorio con ayuda de la DGA y la DPH, entre ellas una inversión de 160.000 euros que permitió reabrir el templo en 2017 tras cinco años cerrado por desprendimientos. Por último, alegó que eran los únicos poseedores de la llave que permite el acceso a la ermita y demás edificaciones.

La jueza sentencia que las pruebas demuestran que la parroquia no ha dejado de utilizar la ermita con fines religiosos desde que se construyó y que todas las acciones posesorias efectuadas por el ayuntamientos han tenido un soporte o respaldo del Obispado o de los párrocos de Ayerbe. 

Respecto a las obras de restauración financiadas por el Ayuntamiento, considera que quedaban supeditadas a la autorización del Obispado o a que se llevaran a cabo bajo su aquiescencia. Además, subraya que en las múltiples gestiones que realizó para la obtención de subvenciones para llevar a cabo las obras “se aprecia que el objetivo es la protección del patrimonio artístico y cultural y no tanto el ejercicio de una actividad vinculada a la propiedad”.

Por todo ello, resuelve que el Obispado y la parroquia han logrado acreditar que desde tiempo inmemorial han llevado a cabo actos que reflejaban gráficamente el dominio de la Iglesia sobre el santuario de Nuestra Señora de Casbas y que las acciones ejercidas durante más de un siglo por los distintos párrocos, vicarios y obispos “lo han sido a título de dueño y han determinado que cualquier acción llevada a cabo por terceros lo era bajo su autorización y beneplácito”, lo cual determina que la ermita y el conjunto arquitectónico sean de su propiedad.

Por su parte, el alcalde de Ayerbe, Antonio Biescas, muestra respeto a la sentencia judicial, pero asegura que el Ayuntamiento no la comparte “en absoluto”, por lo que ya avanza que presentarán un recurso contra la misma. “La sentencia, en principio, es favorable al Obispado, pero con muchas dudas porque ni siquiera nos hace asumir al Ayuntamiento las costas”, manifiesta el primer edil.Anuncia que van a recurrir el fallo judicial porque “hay asuntos de especial interés que no quedan reflejados”, en lo que se refiere “tanto a declaraciones de nuestros testigos como en la documentación que se aportó previamente al juicio, que en ningún momento se han tenido en cuenta”.

El alcalde lamenta que en el fallo se entienda que las inversiones hechas con dinero público en la ermita para su mejora -por un valor superior a los 600.000 euros– respondan al precepto de conservación del patrimonio. Según Antonio Biescas, el Ayuntamiento invirtió en la ermita al considerar que era de titularidad municipal, “aunque por supuesto es un elemento patrimonial que también es importante conservar, pero lo hacemos porque es propiedad nuestra”.

Para ilustrar su argumento, señala que “el Palacio de Ayerbe también es un elemento patrimonial que deberíamos de conservar pero es propiedad particular, el Ayuntamiento no puede entrar allí; o la iglesia parroquial, hay que conservarla pero no podemos entrar allí porque propiedad de la Iglesia”, subraya.

El alcalde concluya asegurando que “igual de grande es el respeto a la sentencia que el desacuerdo porque se han obviado declaraciones de testigos”.

Cabe recordar que el Obispado de Huesca y la parroquia de Ayerbe presentaron una demanda contra el Ayuntamiento de Ayerbe después de que éste inscribiera la ermita a su nombre en el Catastro. El juicio se celebró en febrero, la sentencia se dictó en agosto y este 1 de septiembre se ha comunicado a las partes.

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