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No, no existe la ‘Corte Internacional de Derechos Humanos’ ni ha ‘reglamentado’ el uso de dióxido de cloro para toda persona que así lo requiera

«Se reglamenta el uso de dióxido de cloro para toda persona que así lo requiera y bajo su consentimiento. La Corte Internacional de Derechos Humanos ha ordenado a los países miembros que desapliquen las normas que van en contra de los derechos humanos»

Así comienza un contenido que circula sobre el uso médico del dióxido de cloro (también conocido como MMS). Pero es un buloNo existe ningún organismo con ese nombre y ninguna institución de derechos humanos con reconocimiento a nivel internacional ha avalado el uso médico de este compuesto que la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), entre otros, recomienda no consumir.

Además, el texto también afirma que la ministra de Sanidad de Perú, Pilar Mazzetti, ha declarado que «los médicos podrán suministrar el dióxido de cloro bajo tratamiento informado», aunque el Ministerio de Sanidad peruano no ha autorizado su uso.

La captura que circula es la siguiente:

Captura del bulo que circula.
La ‘Corte Internacional de Derechos Humanos’ no existe y ningún organismo de DDHH reconocido internacionalmente se ha pronunciado sobre el uso del dióxido de cloro

Como decimos, el texto del contenido hace referencia a la «Corte Internacional de Derechos Humanos». Sin embargo, no existe ningún organismo con ese nombre. La búsqueda del texto que circula da como resultado una publicación del 2 de enero de 2021 en la que se puede ver una versión más extensa de este texto. Ahí hace mención a la Corte Interamericana de Derechos Humanos y también a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, dos organismos diferentes, en relación a este tema.

Pero ni la Corte Interamericana ni la Comisión se han pronunciado respecto al uso del dióxido de cloro. La Corte Interamericana publicó en abril de 2020 el informe «COVID-19 y Derechos Humanos», y en ningún momento mencionan el dióxido de cloro. Por su parte, la Comisión Interamericana publicó la resolución 4/2020 con el título «Derechos Humanos de las Personas con COVID-19», en julio de 2020, y en ella tampoco hay rastro de mención al conocido como MMS.

Desde Maldita.es nos hemos puesto en contacto con ambos organismos pero hasta la fecha de publicación de este artículo no hemos obtenido respuesta. Añadiremos esa información en caso de recibirla.

Tampoco arroja ningún resultado la búsqueda de declaraciones sobre el dióxido de cloro por parte del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) o el Consejo de Derechos Humanos de la ONU. De hecho, en agosto de 2020 la ONU publicó que «el dióxido de cloro es peligroso y no debe ser consumido como tratamiento contra el COVID-19, advierte la OPS», en referencia a la Organización Panamericana de Salud.

En España, como hemos dicho, la AEMPS ha advertido de que su consumo implica riesgos par la salud y desde Maldita Ciencia ya os hemos contado por qué el MMS no cura la COVID-19 ni ninguna otra enfermedad.

El Ministerio de Sanidad de Perú no ha autorizado el uso médico del dióxido de cloro

El contenido que circula continúa diciendo que «ahora se entiende porque [sic] la Ministra de Salud de Perú, Pilar Mazzett [sic] haya Declarado finalmente que los Médicos podrán suministrar el Dióxido de Cloro bajo Tratamiento Informado» [sic].

Según medios de comunicación de Perú, la ministra de Salud peruana (Pilar Mazzetti y no «Mazzett» como afirma el contenido), hizo las siguientes declaraciones en relación al uso médico del dióxido de cloro en julio de 2020: «Cada ciudadano, dentro de su libertad, puede tomar una decisión junto a su médico, pero tiene que ser informado y saber que corre riesgos, porque el Minsa [Ministerio de Sanidad] hasta este momento no avala tal o cual sustancia”.

Así se puede leer en los medios Nacional y Gestión, entre otros. Mazzetti añadió en aquel momento que «cualquiera puede probar, pero debe buscar referencias de los riesgos que corre para hacer una prueba que no está autorizada”.

Sin embargo, también en julio de 2020, el Ministerio de Salud de Perú emitió una nota de prensa en la que advertía «que es ilegal la promoción y comercialización en el Perú de cualquier producto para consumo humano que contenga dióxido de cloro y/o clorito de sodio» y en la que desaconsejaba su uso a la población.

En definitiva, no es cierto que la «Corte Internacional de Derechos Humanos» haya «reglamentado» el uso médico del dióxido de cloro para pacientes con COVID-19 ni Perú lo ha autorizado.

El Maldita.es ya os contamos también lo que sabemos sobre si Bolivia ha aprobado el uso de dióxido de cloro para tratar a pacientes de COVID-19.

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