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El Sistema Educativo y su dependencia del Concordato de 1979

Antecedentes 

Tras diversas propuestas fallidas en el siglo XVII, sería en la Constitución -de corte liberal- de1812, casi al final de la Guerra de la Independencia, cuando se plantea en el título IX la necesidad de establecer un modelo de enseñanza organizada, aunque en el marco de un Estado confesional, donde se afirma, en el artículo 12, que “la religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única y verdadera”. Ese legado ideológico, ha sido la “guía espiritual y política” de los futuros Sistemas educativos que han ido surgiendo, antes y después de la Ley Moyano (1857) y hasta la LOMCE, ley que está vigente cuando escribo este artículo, salvo en  muy brevísimos periodos de finales del siglo XIX y durante la II República que proclamó la laicidad del Estado y de la Enseñanza.  

Después de diversidad de intentos, es el Plan de Claudio Moyano en 1857, cuando se avanza en un proyecto organizado de Sistema educativo. Bases para una Ley que, con diversidad de avatares, se extenderían hasta la Ley General de Educación de 1970. En todas ellas, salvo el ya comentado breve periodo republicano de 1931 a 1939, la religión confesional ha formado parte, en mayor o menor medida, de los programas educativos. 

Como es sobradamente conocido, la sedición nacional-católica y militar de 1936 y la instauración posterior del Régimen franquista hace que, hasta la Constitución de 1978, la religión del Estado fuera la “católica apostólica y romana” y, por ende, de la estructura y de los programas educativos. 

Los Concordatos isabelino de 1851 y el franquista de 1953 (todavía -en 2020- no derogado en su totalidad), consagran los privilegios que la Iglesia católica mantiene en materia de Enseñanza. Ambos, en parte, ratificados por los Acuerdos concordatarios de 1979, sellados tras la aprobación de la Constitución de 1978, que aunque el Art 16.3 establece los principios de un Estado no confesional (Ninguna confesión tendrá carácter estatal), anuncia, a continuación, la posibilidad de mantener relaciones de cooperación con la Iglesia católica y otras religiones.

Dada la enorme influencia y control que la Iglesia ejercía en la política, en la vida social y en el ámbito de la Enseñanza pública, hacía finales del siglo XIX y comienzo del XX surgen iniciativas de enseñanza laica por toda España, como es la creación de escuelas laicas privadas promovidas por intelectuales y particulares, una de ellas y quizá la de mayor trascendencia fue la Institución libre de Enseñanza (1876-1936), una iniciativa propiciada por ilustrados, como Francisco. Giner de los Ríos, Azcárate, Salmerón, Machado o Cossío, entre otros. Además surge la Escuela Moderna (1901-1906), que fue un modelo y un centro de enseñanza  que promovió -en Barcelona- el pedagogo librepensador, Francisco Ferrer i Guardia. El objetivo esencial de este proyecto era “educar a la clase trabajadora de una manera racionalista, secular y no coercitiva”

En 1913, en una época de la alternancia liberal y conservadora, se planteó la “Cuestión del catecismo”, produciéndose una fuerte agitación política y popular, a favor y en contra, de la enseñanza de la religión católica en las escuelas. El “Consejo de Instrucción Pública teniendo en cuenta diversas opiniones, autorizó a los maestros que lo solicitaran no tener la obligación de enseñar el catecismo a aquellos niños, cuyos padres así lo solicitaran. 

La II República, en una época en donde el analfabetismo entre las clases trabajadoras era enorme, trató de impulsar la Enseñanza, como medio para salir de ostracismo histórico y, con ello, la laicidad en las escuelas de acuerdo con la Constitución de 1931, así como impedir que las confesiones pudieran impartir enseñanza ordinaria. Se trataba de desarrollar un modelo de escuela pública, única, laica, obligatoria y mixta, inspirándose en el ideal ilustrado de la solidaridad humana y en la igualdad  y aunque su recorrido fue muy breve, ahí quedó su enorme legado.

La Dictadura (1939-1977) impulsó los colegios religiosos y la religión católica obligatoria en todos los centros escolares del Estado. El resto de convicciones y religiones eran perseguidas, hasta bien entrado los años sesenta, cuando se promulgo la Ley de libertad religiosa de 1967, coincidiendo con el final del Concilio Vaticano II, en un intento del Régimen de “abrirse al mundo”.

Durante el tardo franquismo, surgieron diversidad de movimientos sociales y, sobre todo, profesionales del ámbito de la Enseñanza por diversos territorios, como fueron los Colegios de doctores y licenciados, grupos de renovación pedagógica, escuelas de verano, etc. que trataban de dibujar, de forma esperanzadora para el futuro, un modelo de enseñanza pública, única, laica, democrática, co-educadora, compensadora e inclusiva, además de proponer un cuerpo único del profesorado, para una ilusionante democracia que ya se percibía cercana. 

Con el inicio de la democracia formal en 1977, una calculada ambigüedad de la Constitución en esta materia, sobre todo en lo que afectaba a los artículos 16 y 27, además de la firma de los Acuerdos concordatarios con la Santa Sede de 1979 y una voluntad política favorable a mantener una determinada confesionalidad de las instituciones en general, hace que la religión forme parte del sistema educativo, hasta hoy. 

El Concordato de 1979, incumple principios básicos de la Constitución sobre la no confesionalidad del Estado y sobre la libertad de conciencia, al establecer que “el Estado reconoce el derecho fundamental a la educación religiosa” y cuando expresaque la educación que se imparta en los centros docentes públicos será respetuosa con los valores de la ética cristiana”. 

Además de que es un documento que no cumplen los requisitos mínimos de un Acuerdo de carácter internacional.  Y, por lo tanto, deberían de ser declarados nulos. Sólo los sostiene la complicidad de los poderes legislativo y ejecutivo, con el poderoso lobby católico.

Ello da como resultado, que al cabo de más de cuatro décadas de democracia formal, no sólo siga la religión confesional, como de oferta obligatoria en todos los centros de enseñanza, públicos y privados. Sino que, aunque no figure en estos Acuerdos, el Estado financia centros dogmáticos católicos, que supone un suculento negocio económico e ideológico para esta corporación religiosa, que alcanza a casi un tercio del alumnado, concentrándose en las grandes urbes, básicamente y en los barrios de clase media y media alta, haciendo competencia desleal a la escuela de titularidad pública, dada la complicidad política existente.

En estos centros privados (la inmensa mayoría financiados con fondos del Estado) transmiten su ideario doctrinal católico de forma expresa y transversal, trasladando, con frecuencia, al alumnado mensajes deformados sobre la libertad de conciencia o actuando contra leyes civiles que son aprobadas por la soberanía popular, generalmente sobre cuestiones relacionadas con la orientación sexual, la igualdad de sexo, los modelos de familia, el derecho a la libertad sexual de las personas o promoviendo la industria de la caridad, como alternativa a la justicia social. 

También lo hacen sus “delegados diocesanos”. Es decir, las personas que imparten religión en los centros de titularidad pública (y en los privados concertados no religiosos). Personas designadas por los obispados, cuyo salario y cargas sociales paga el Estado y que supone más de 600 millones de euros al año y que perciben los cerca de veinte mil “guardianes de la fe católica”, que, además, tiene más estabilidad que los docentes interinos que han aprobado una oposición por mérito y capacidad. 

Además, cuando estas personas acceden a una oposición libre, en algunas administraciones educativas territoriales, les tienen en cuenta la antigüedad, algo realmente indecente e ilegítimo. Y para mayor escarnio, cuando no tienen suficientes horas de religión en una gran parte de los territorios, se les permite cubrir bajas laborales y/o impartir otras asignaturas con la finalidad de completar horario y salario, algo totalmente ilegal y discriminatorio para miles de docentes interinos que están a la espera de plaza.

También la transmisión de sus respectivos idearios doctrinales lo hacen las personas autorizadas de otras religiones en los centros públicos, desde la firma de unos Acuerdos en 1992 con las religiones judaica, islámica y las diferentes corrientes evangélicas, aunque es de forma muy minoritaria.

Las leyes de la democracia

Varias han sido las leyes que se han aprobado, desarrollado y puesto en marcha desde 1978 de forma efectiva: El Estatuto de Centros – LOECE (1980); la LODE (1985), que además de remarcar los principios constitucionales del derecho universal a la Educación, consagraba la privatización y confesionalidad del Sistema; la LOGSE (1990) que suponía un cambio radical en la estructura del Sistema; la LOPEG (1995), que suponía adaptar la LODE a la LOGSE y eliminaba -en la práctica- poder de decisión a los Consejos Escolares de Centro; la LOE (2006) y la LOMCE (2013) que rectificaban aspectos de la LOGSE. En el caso de la LOMCE avanzada, aun más, en la privatización-mercantilización del Sistema, en su carácter selectivo, en su confesionalidad y restaba, aun más, democracia participativa en los centros escolares. 

También a lo largo de estos 40 años se han desarrollado las transferencias educativas (prácticamente plenas) a las CCAA, que culminaron en el año 2000 y, desde entonces, cada CCAA ha elaborado su propia Ley Educativa (en el marco de las leyes orgánicas) y mantienen sus propias dinámicas, dependiendo del color político de turno de cada momento. Gestándose, con ello, desigualdades diversas en el derecho a la educación de cada alumna y alumno, en según qué territorio resida, ya sea porque se ha privatizado más aceleradamente o no, bien porque la inversión y gasto varía en según qué CCAA, llegándose a la paradoja de que, por ejemplo, el gasto por alumno/año, en las enseñanzas no universitarias, incluso se llega a duplicar de unos territorios a otros.

Confesionalidad de la LOE y de la LOMCE, leyes de este siglo

Como consecuencia de la tendencia a privatizar y darle un tratamiento confesional a la Enseñanza, en la LOE de 2006, (que mantuvo la LOMCE  de 2013), se le da un tratamiento de servicio público a los centros privados concertados, algo que venían reclamando los obispos y las patronales de la enseñanza católica, desde hacía años. ¡Y por fin lo consiguieron! en el articulado de la ley. LOE. 108.4:La prestación del servicio público de la educación se realizará, a través de los centros públicos y privados concertados”. 

La LOE y la LOMCE mantienen, una vez más, “que la Enseñanza de la religión católica se ajustará a lo establecido en el Acuerdo sobre Enseñanza y Asuntos Culturales suscrito entre la Santa Sede y el Estado español”. También hace referencia a los Acuerdos con las otras religiones de 1992. 

Pero, en este caso, como se ha indicado anteriormente, ambas dan un paso confesional más allá: “Los profesores que, no perteneciendo a los cuerpos de funcionarios docentes, impartan la enseñanza de las religiones en los centros públicos lo harán en régimen de contratación laboral, de conformidad con el Estatuto de los Trabajadores, con las respectivas Administraciones competentes. La regulación de su régimen laboral se hará con la participación de los representantes del profesorado. Se accederá al destino mediante criterios objetivos de igualdad, mérito y capacidad. Estos profesores percibirán las retribuciones que correspondan en el respectivo nivel educativo a los profesores interinos”.

Es decir, en las disposiciones segunda y tercera de la LOE (luego LOMCE), se le da carácter de personal laboral al servicio del Estado a las personas que imparten religión, pero que seleccionan y designan los Obispos. Determinando más derechos que los docentes interinos, hecho que es de dudosa legalidad.

Es cierto que la LOMCE promovida por el PP, que modificaba algunos artículos de la LOE, le confiere un mayor protagonismo a la religión, al considerar la nota de esta materia, como vinculante para hacer media con otras asignaturas e, incluso, para el acceso a la Universidad. Algo realmente inaudito. Si bien esta Ley (LOMCE), al contrario que la LOE, al marcar porcentajes de tiempo por áreas de conocimiento, da la posibilidad de que, bien las CCAA o bien los propios centros en su autonomía, puedan programar una sola sesión de religión a la semana y ello no deja de quitar carga confesional, allá donde se ha aplicado.

El muy desafortunado apartado 3, del artículo 27 de la Constitución: A la luz del principio de libertad religiosa, la acción educativa respetará el derecho fundamental de los padres sobre la educación moral y religiosa de sus hijos en el ámbito escolar”, está generando innumerables problemas, ello propicia falsos e históricos debates sobre libertad de enseñanza, que a la parte más conservadora de la sociedad y de la política les interesa resaltar, no sólo para que se imparta religión confesional en la escuela, sino para exigir el régimen de conciertos. Pero ese párrafo entra en contradicción con diversos principios de la Constitución, aquellos que establecen que hay que preservar los derechos a la libertad conciencia de los menores, que ni el Estado, ni las familias, deberían vulnerar y, también entra en contradicción con la filosofía última del 27.2, sobre el derecho del alumnado a una educación integral, no dogmática y que no segregue por cuestiones de conciencia.

Negocio mercantil e ideológico

La Conferencia Episcopal Española (CEE), junto a las patronales de la Enseñanza privada católica, afirman que le ahorran dinero al Estado. Afirmación que es rotundamente falsa. Diferentes y muy rigurosos estudios demuestran que el costo de una plaza en la enseñanza pública (ámbito rural y urbano) es similar a la de un centro privado concertado (inmensa mayoría ámbito urbano) y, además, el Estado cuenta con la carga de los servicios administrativos, de gestión y de inspección, que están al servicio de todo el Sistema, público y privado (concertado o no) 

Para financiar los centros educativos con ideario propio católico, la cifra aproximada que se gasta el Estado (central y autonómico) supera los 4.500 millones de euros al año, a través de los módulos económicos de los conciertos educativos. Además conforme se han ido desarrollando los artículos 116, 117 y la disposición adicional 29 de la LOE (que no modificó la LOMCE), así como el proceso de privatización de la Enseñanza que se viene produciendo, en unas CCAA más que en otras, el costo de esta financiación se dispara, año tras año, de forma directa (conciertos) e indirecta (becas, exenciones tributarias, apoyo enorme a la formación profesional, etc.) 

Pero, también, está el gran negocio que tienen con las actividades y horarios especiales extracurriculares, con las clases complementarias, comedores, cuotas especiales, uniformes, material escolar, con los ciclos de la educación infantil, con una parte muy sustanciosa de la formación profesional, etc. Además de los suculentos beneficios, de todo tipo, que les suponen los muchos centros de élite, los que no son concertados.  

Y, por supuesto, con la venta de los libros de texto y otros materiales escolares a través de sus múltiples negocios editoriales a todo tipo de centros, tanto públicos, como privados, ocupando, ya, algo más del 50% del mercado editorial del libro y de los soportes informáticos de los programas oficiales y, por supuesto, dejando su inconfundible sello católico, en cualquiera de las materias, bien de forma oculta o, incluso, de forma expresa.  

La religión inunda las aulas, a pesar de la secularización de la sociedad

De una forma u otra, en mayor o menor medida, una cierta cultura y carga confesional sigue vigente en el Sistema Educativo español, en el ámbito de los diversos territorios. Como se ha comentado, existe un “delegado diocesano” (las personas que imparten religión) que participa muy activamente en la vida de cada centro (y en las decisiones del claustro, consejo escolar, departamentos, aulas…) cuya finalidad última es cristianizar y llevar la palabra del evangelio, en suma: Hacer proselitismo católico a cualquier precio, si llega el caso. 

Crucifijos, imágenes, belenes, desfiles procesionales, visitas de obispos, mensajes en tablones de anuncios y espacios comunes de centros escolares de titularidad pública… constituyen, en demasiados casos todavía, una forma de proselitismo religioso (básicamente católico) inadmisible en un Estado no confesional, aunque bien es cierto que sucede en unos territorios más que en otros y en unos centros más que en otros.  

Además aparecen contenidos expresos u ocultos en el currículo, en proyectos educativos de centro (incluso dentro de los departamentos de filosofía), en la planificación general anual, celebración de festividades religiosas (incluida el patrón de los docentes), puentes y periodos vacacionales relacionados con la religión..

Y ello sucede, cuando la sociedad española es muy plural y se ha secularizado altamente, sobre todo entre la población de menos edad: Lo demuestran las últimos estados de opinión y encuestas realizadas por diversos organismos y por el CIS (por ejemplo la de mayo de 2020) en donde, en la media de todas las edades, se declaran católicos practicantes habituales, tan sólo un 17,6%; quienes se declaran seguidores de otras religiones no supera, en ningún caso, el 2 %; pero los que se declaran abiertamente agnósticos, ateos, indiferentes y que no profesan religión alguna, ya se sitúan en el 35,5%, los que no saben o no contestan son un 1,1% y los que se declaran católicos por tradición y no practicantes, serían un 44%, éste último es, todavía, el “colchón-coartada”, cada vez más envejecido de los partidos políticos para no avanzar en la laicidad de las instituciones del Estado y de la Enseñanza, en particular.

Incluso en una encuesta muy rigurosa y amplia que la Confederación Española de AMPAS (CEAPA) realizó hace 25 años, más de un cincuenta por ciento de las madres y padres consultados en todo el Estado querían que la religión confesional saliera del horario lectivo. Me consta que esas cifras hoy son más elevadas, podrían estar en torno a dos de cada tres familias o quizá más, de las que asisten a centros de titularidad pública. De hecho, según últimos datos conocidos del Ministerio de Educación, el alumnado que asiste a religión en una media del conjunto del Estado desciende cada año: En primaria se sitúa en el entorno del 50%, aproximadamente y en secundaria no pasa del 25% los que no solicitan asistir a religión. Incluso en algunos territorios, como Catalunya y  Euskal Herría, por ejemplo, las cifras son mucho más bajas.

Pasividad, complicidad y falta de voluntad política

Asistimos a una enorme complicidad política e institucional con la corporación católica, por no querer denunciar y derogar los Acuerdos concordatarios de 1979, herederos ideológicos del Concordato isabelino de 1851 y del franquista de 1953. 

El 21 de febrero de 2018 se aprobó, por mayoría, una moción en la Comisión de Educación del Congreso instando al gobierno a que derogara los Acuerdos con la Santa Sede y que se “sacara la religión confesional del currículo, del horario lectivo y de la escuela. Pero han pasado dos años y no se perciben propuestas al respecto.

La iniciativa respondía a una petición unitaria de Europa Laica y de otros cuarenta colectivos que, en octubre de 2016, hicieron llegar a la Cámara un documento con decenas de miles de firmas, que fue apoyada por UP, PSOE, ERC, Compromís y EH-Bildu. 

También, bajo la presidencia de la pedagoga catalana Marta Mata, el pleno del Consejo Escolar del Estado, del 17 de febrero de 2005, por mayoría, aprobó y solicitó al Gobierno (entonces del PSOE) la derogación de los Acuerdos firmados entre el Estado español y la Santa Sede, de 1979, por considerarlos contrarios a la Constitución. Pero la iniciativa “duerme en un cajón”, como la moción del Congreso del febrero de 2018.

La segregación del alumnado por motivos de conciencia, vulnera  principios constitucionales.

La “segregación del alumnado” en las escuelas, desde tempranas edades, en función de las creencias o convicciones de sus familias y el impartir un contenido doctrinal que, a veces, infringe los Derechos Humanos y la libertad de conciencia, supone una arbitrariedad y un atentado a los principios de toda educación inclusiva y democrática. 

El proyecto de LOMLOE, en el Congreso

Cuando escribo este artículo, un nuevo proyecto de Ley (uno más) está en fase de debate en el Congreso, se han presentado enmiendas a la totalidad y multitud de parciales. Este proyecto, inicialmente, supone un “refrito” entre la LOMCE y la LOE, para volver, en parte, a ésta. Manteniendo, como las anteriores, una fuerte carga retórica y de intenciones, además de la carga confesional actual.

En mi opinión, este proyecto no aporta nada novedoso en cuanto a nuevas estructuras, en un tiempo nuevo que la “pandemia” y otras múltiples circunstancias nos están señalando. Se trata de un proyecto más cercano -cultural y estructuralmente- al siglo XX, que al siglo XXI. 

De nuevo estamos ante un modelo rígido, en clave “de pasado”, con pocas aportaciones en cuanto al currículo o a una nueva visión de los tiempos y de los espacios escolares para la Era digital, no contempla nada sobre construcciones escolares sostenibles y muy pocas novedades, en cuanto a la formación del profesorado y el acceso a la práctica docente. 

Inicialmente, en materia de religión confesional apenas supone avances, ya que sólo se propone con respecto a la LOMCE, volver a la LOE y a la LOGSE: es decir,  que la nota de religión no cuente para la media y que no haya asignatura alternativa a la religión. 

Veremos si se produce el debate, qué dará de sí… en un Parlamento tan fracturado (y aun más, tras la inesperada pandemia), aunque desde diversas plataformas y entidades se presionará para avanzar hacia la eliminación del régimen de conciertos, sacar la religión confesional de la Enseñanza y se presionará, una vez más, para que se denuncien y deroguen los Acuerdos con la Santa Sede, verdadera coartada para mantener la religión dentro del Sistema educativo.

Campaña unitaria “Por una escuela pública y laica, religión fuera de la escuela

Esta Campaña unitaria, que en la actualidad respaldan más de setenta entidades sociales, sindicales y políticas, surgió hace más de dos décadas, no como una Plataforma de colectivos diversos, sino como una idea, como un compromiso, como un objetivo de secularización de la Enseñanza. Ha tenido diversas fases, sin conseguir -hasta la fecha- demasiados éxitos en el plano político legislativo, ni tampoco en el ámbito territorial… como consecuencia de variadas circunstancias y ello a pesar de tener un amplio respaldo social, que persigue, como objetivo último, sacar la religión confesional del sistema educativo, que los centros de ideario religioso no sean financiados con fondos públicos y que salgan de los centros de enseñanza todo simbolismo, propaganda y proselitismos ideológico y religioso, para conseguir un imprescindible carácter laico del Sistema Educativo, que se persigue desde el siglo XVIII, como máxima ilustrada, en una sociedad plural, en donde los privilegios sean desterrados de todo sistema educativo.

Infamia política, a modo de apostilla final

Es una infamia, que los poderes públicos, hayan ido recortando miles de millones de euros para la escuela de titularidad pública, que está establecida en todos los barrios y en el ámbito rural, que es donde residen las familias más desfavorecidas, donde la pobreza y desigualdad infantil crece hasta niveles insoportables y que, por el contrario, se hayan trasladado esos recursos a la enseñanza privada mayoritariamente católica, la inmensa mayoría establecida en los barrios y en los territorios más favorecidos, con la finalidad de engordar el suculento negocio de la Iglesia católica y ampliar su ideología. Aumentando, con ello, la segregación escolar, como diversos organismos internacionales vienen denunciando, desde hace varios años.

___

*Francisco Delgado, fue diputado en 1977 y senador en 1979. Presidente de CEAPA (1993-1997); miembro del Consejo Escolar del Estado durante 15 años. Posteriormente fue presidente de Europa Laica (2007-2017) y, en la actualidad, coordina el área de Educación de esta Asociación. (www.laicismo.org)  /  Publicaciones del autor relacionadas: La escuela pública amenazada. (1997). Hacia la escuela Laica. (2006). Evanescencia de la escuela pública (2013). La cruz en las aulas (2015).


Este artículo aparece publicado en el Informe Ferrer i Guardia 2020

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