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“Absolutamente nulo”: un informe tumba el convenio Ayuntamiento-Cabildo para las visitas nocturnas a la Mezquita

El acuerdo se firmó en agosto de 2018 por la anterior alcaldesa, Isabel Ambrosio, y el Cabildo | Asesoría Jurídica enumera hasta nueve irregularidades y procedimientos que no se han cumplido

“Ni es un convenio de los regulados en la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, ni contiene obligaciones a cargo del Ayuntamiento de Córdoba, ni, caso de que hubiese sido un convenio, se ha tramitado por las reglas y con los requisitos que la ley exige, por lo que sería absolutamente nulo”. Con esta contundencia concluye el informe elaborado por la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento que tumba el acuerdo firmado en agosto del año 2018 entre el Cabildo y la entonces alcaldesa, Isabel Ambrosio, para ampliar el espectáculo nocturno en la Mezquita Catedral de Córdoba.

El documento, adelantado en su edición por el diario ABC Córdoba y al que ya ha tenido acceso este periódico, ha sido elaborado a petición del jefe de gabinete de la Alcaldía. A su vez, responde a una petición de la plataforma ciudadana Por una Mezquita Catedral de Todos, que llegó a llevar el asunto al Defensor del Pueblo de Andalucía ante la falta de respuesta del Ayuntamiento en el mandato anterior.

La Asesoría Jurídica detalla cómo fueron los trámites seguidos para la firma de este acuerdo y por lo que considera que el documento es “absolutamente nulo”. “No consta en esta Asesoría Jurídica que el convenio celebrado entre el Ayuntamiento y el Cabildo Catedral de Córdoba con fecha 17 de agosto de 2018, hubiese sido informado por éste órgano”, advierte, como primera irregularidad.

Eso sí, asegura que el 14 de agosto se registró un expediente “para la elaboración de un borrador de acuerdo de Cooperación para la continuación de desarrollo de la visita audio-visual nocturna a la Mezquita-Catedral entre el Ayuntamiento y el Cabildo Catedral de Córdoba”. “En este expediente consta un borrador de convenio, al parecer redactado por la anterior Titular de la Asesoría Jurídica doña Mercedes Mayo González, que coincide, sustancialmente, con el finalmente firmado”, advierte la Asesoría Jurídica.

La Asesoría Jurídica asegura que todos los convenios firmados por el Ayuntamiento tienen que seguir unos trámites, que no se han llevado a cabo. Además, advierte que el acuerdo no podía haber sido firmado por el presidente del Cabildo, Manuel Pérez Moya, ya que no consta “la previa autorización del Cabildo para la firma del Convenio ni, conforme a la normativa eclesiástica, corresponde al Cabildo o al Obipado (como titular del bien) la competencia para la firma de acuerdos respecto al espectáculo nocturno. Aunque la firma corresponda al titular de la Alcaldía, la competencia para aprobación de convenios es de la Junta de Gobierno Local, sin que conste, de la documentación remitida, la adopción de acuerdo al respecto”, señala. No se convocó, por tanto, a la Junta de Gobierno Local.

“Los convenios pueden suponer cesión de la titularidad de la competencia. Nada se dice al respecto ni el motivo, ni la causa por la que el Ayuntamiento firma este documento”, señala la Asesoría Jurídica como un segundo incumplimiento. Además, advierte de que el acuerdo carece de memoria económica. “El Ayuntamiento no asume compromiso económico alguno, y no se explica la renuncia a comercializar entradas” que sí que se preveía en el primer convenio firmado con el Cabildo. Según la Asesoría, no se entiende que ahora se renuncie a este cobro sin justificarlo tampoco.

Aparte, advierte que el acuerdo no advierte de las “consecuencias aplicables” en caso de que se incumpla el convenio, no se establece un mecanismo de seguimiento o una comisión de control del mismo ni tampoco se regula cómo podría modificarse. “Los convenios que celebren las administraciones públicas tienen carácter de actos administrativo y están sometidos a los tribunales de ese orden jurisdiccional, nunca el civil. Tampoco cabe el sometimiento de la actividad de la Administración pública a arbitraje de equidad”, advierte como novena irregularidad la Asesoría Jurídica.

Y ahora, ¿qué?

Tras este informe, que está fechado el pasado 20 de diciembre, el Ayuntamiento tiene que decidir qué hacer. Si atiende las recomendaciones de la Asesoría Jurídica, el acuerdo es nulo de pleno derecho y el convenio anterior estaría caducado. Es decir, no se podría seguir celebrando el espectáculo nocturno en la Mezquita Catedral.

Eso sí, fuentes municipales insisten en que lo que toca ahora es iniciar un expediente y negociar un nuevo acuerdo con el Cabildo. Pero los trámites para hacerlo no son rápidos, ya que se requiere de todos los informes correspondientes. Al contener una memoria económica, el mismo también necesitará de un informe favorable de la Intervención Municipal y, finalmente, de una acuerdo de la Junta de Gobierno Local autorizando al alcalde, José María Bellido, a firmar el acuerdo.

La historia del convenio

El 24 de febrero del año 2006, la entonces alcaldesa de la ciudad y presidenta del Consorcio de Turismo, Rosa Aguilar, firmó un convenio con el (también entonces) presidente del Cabildo, Juan Moreno, para la “implantación de una visita audiovisual nocturna a la Catedral, antigua Mezquita”. Aunque el espectáculo no se puso en marcha hasta octubre del año 2010, el convenio tenía fecha de caducidad: diez años.

En la cláusula octava se precisa que “es causa de resolución” el “cumplimiento del periodo de vigencia del convenio a no ser que se renueve por mutuo acuerdo de ambas partes”. A día de hoy, el mutuo acuerdo no se ha producido. Tanto el Ayuntamiento de Córdoba (a través del Consorcio de Turismo y su responsable actual, Pedro García) como el Cabildo están obligados a sentarse para determinar el futuro de una actividad ideada y puesta en marcha para aumentar las pernoctaciones en la ciudad.

El convenio no fue fácil de negociar. En 2004 se firmó un protocolo y el convenio se ratificó en 2006, pero no fue hasta cuatro años más tarde cuando se pudo poner en marcha el espectáculo nocturno. Las negociaciones entre el Ayuntamiento y el Cabildo fueron muy complicadas. El Cabildo se negó a perder el control sobre el texto de lo que se iba a proyectar y, finalmente, el Consistorio cedió. Tanto, que el espectáculo nocturno destaca la Catedral muy por encima de la Mezquita. Varios historiadores elevaron sus voces cuando se puso en marcha el espectáculo, del que dijeron que tenía poco rigor científico e histórico.

Dinero público

Las obras para la puesta en marcha del espectáculo nocturno fueron financiadas en exclusiva con dinero público. En concreto (lo detalla el propio convenio), las obras dispusieron de un presupuesto de 1.200.000 euros para su implantación inicial, de los que 669.240,49 euros fueron sufragados por el Plan de Excelencia Turística (que el Ministerio de Industria concedió al Ayuntamiento) y el resto, 530.759,51 euros, por el Consorcio de Turismo de Córdoba.

Además, el convenio obliga al Consorcio (hoy Instituto Municipal de Turismo) a correr con “los gastos de mantenimiento de la instalación necesaria” para la visita audiovisual nocturna y a asumir “todos los costes de gestión y operación del proyecto, incluidos todos aquellos que se le generen al Cabildo Catedral”, destaca el texto en su cláusula quinta.

El convenio fijaba también que era al antiguo Consorcio al que le correspondía la “comercialización y relación económica con los visitantes”, algo que en la práctica no se ha producido. El texto señala que es a este organismo del Ayuntamiento al que le corresponde la venta de las entradas para el espectáculo nocturno: “En la ciudad se podrán adquirir las entradas en las oficinas de información del Consorcio de Turismo de Córdoba”. A día de hoy, los tickets (que cuestan 18 euros por persona) se adquieren en el servicio de venta de entradas de El Corte Inglés.

Por otra parte, el texto firmado por la hoy consejera de Justicia y el Cabildo preveía la constitución de una comisión mixta de seguimiento de los acuerdos. La comisión, de la que tampoco se tienen noticias, debería haber tenido una periodicidad de reuniones trimestral. La misma debería estar compuesta por el alcalde o alcaldesa de Córdoba, el presidente del Cabildo, el gerente del Consorcio de Turismo y un técnico designado por la institución religiosa.

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