La Sentencia 145/2015 del TC no avala la objeción de conciencia de los farmacéuticos para dejar de vender cualquier medicamento que ellos entiendan vulnera su libertad religiosa (de hecho lo denegaba para la venta de preservativos), ni en toda las circunstancias (la farmacia estaba en el centro de la ciudad y podía acceder sin riesgo a otras farmacias), la Junta de Andalucía que imponía la sanción había aprobado los Estatutos del Colegio de Farmacéuticos que reconocían ese derecho… además tenía un voto particular contra ese reconocimiento de la objeción de conciencia en este ámbito.
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Los farmacéuticos aragoneses tienen derecho a la objeción de conciencia y, por lo tanto, a dejar de vender determinados medicamentos. Una sentencia del Tribunal Constitucional de 2015 avala el derecho de los profesionales a acogerse a esta condición a título individual.
Hay profesionales que podrían mostrar algunas reticencias, por ejemplo, a dispensar fármacos como la píldora del día después o las pastillas anticonceptivas. Como en el resto de España, en la Comunidad aragonesa, los colegios profesionales reconocen la posibilidad de que los farmacéuticos puedan se objetores de conciencia, si bien entienden que «el ejercicio de este derecho no debe limitar o condicionar el que garantiza la salud de las personas».
Por ello, desde el órgano colegial insisten en la necesidad de que estos profesionales comuniquen esta circunstancia para que se garantice la prestación y «se articulen los mecanismos necesarios para evitar menoscabo en el derecho a la salud de la población y los derechos de las personas establecidos por la legislación». En ese sentido, las mismas fuentes no precisaron si había algún farmacéutico aragonés que se haya acogido a esta posibilidad, ya que subrayaron que deben garantizar la confidencialidad y ofrecer información vulneraría sus derechos. «La organización colegial siempre ha sido respetuosa con la pluralidad ideológica, política y confesional, tratando los asuntos exclusivamente desde una óptica sanitaria. De cualquier forma, se velará por garantizar la distribución de los medicamentos», aseguraron.
En Aragón, hay 735 farmacias, de las que más de 500 están en Zaragoza. Precisamente, desde el Colegio de Farmacéuticos de esta provincia se aseguró que no han recibido quejas de usuarios por problemas en la dispensación de algún fármaco.
Tras años de polémica y cierta confusión sobre el tema, la objeción de conciencia de los profesionales farmacéuticos quedó respaldada por una sentencia del Tribunal Constitucional en la que se reconoció el derecho de un farmacéutico de Sevilla a no vender la píldora del día después. Este fue sancionado por la Junta de Andalucía. El fallo señala que la sanción impuesta al demandante vulneró su derecho a la objeción de conciencia como manifestación de la libertad ideológica y religiosa, que la Constitución reconoce en su art. 16.1.
Por otra parte, el Colegio de Farmacéuticos aclara que la objeción de conciencia es diferente a la libertad que tienen los farmacéuticos para elegir vender o no determinados productos de parafarmacia, como los preservativos. La decisión de no disponer de este artículo puede deberse a una cuestión ideológica, pero también –precisan– a una decisión comercial por la propia saturación del mercado o al escaso margen de beneficio que se obtiene.
En el caso de los preservativos, por ejemplo, el hecho de que se vendan en otros muchos establecimientos, incluso supermercados, ha reducido el stock disponible en las farmacias. Recuerdan que en ese sentido, cada profesional es libre de elegir el tipo de productos no sanitarios que ofrece en su botica (artículos infantiles, productos de dermocosmética, cremas solares…). En este ámbito, las mismas fuentes explican que no hay obligatoriedad de comunicar nada a los órganos colegiales.