La decisión del papa Francisco de tirar de la manta con todas sus consecuencias en los casos de pederastia detectados en el seno de la Iglesia católica supone un punto de inflexión histórico. Con apenas dos documentos, Francisco ha suprimido el secreto pontificio en casos de violencia sexual y abuso de menores cometidos por clérigos y cambia la norma que regulaba la pornografía infantil para incluirla entre los delitos más graves. El secreto pontificio permitía que los instructores del Vaticano que conocían de casos de pederastia cometidos por sacerdotes ocultaran información a los tribunales ordinarios de Justicia y a la policía, mientras que expedientes de pornografía infantil quedaban impunes o se metían en un cajón al considerarse faltas menores.
Todo eso cambia a partir de ahora. Ha pasado menos de un año desde la cumbre sobre abusos convocada por primera vez por el papa en el Vaticano. En aquella ocasión fueron principalmente las víctimas las que expresaron su opinión y contaron sus traumas y experiencias, pero salieron con un sabor amargo al considerar que la Iglesia católica había sido demasiado tibia o tolerante con sus curas pedófilos. Tras la decisión papal, la Santa Sede modifica radicalmente la forma de enfocar el problema y ese logro puede atribuirse en buena medida a las víctimas de los abusos que tomaron parte en aquella cumbre.
Sin embargo, el aire de reformas que recorre Roma no parece llegar a la Conferencia Episcopal Española, siempre mucho más resistente a cualquier tipo de cambio por su tradición ultraconservadora y nacionalcatolicista, influencia de los cuarenta años de franquismo. No todos los obispos españoles han recibido con entusiasmo la audaz decisión de Francisco I. De hecho, víctimas de abusos de curas españoles han aplaudido la abolición del secreto pontificio pero han alertado ante la “resistencia” de algunos prelados de las diócesis hispanas. “Después de seis años de pontificado, el papa Francisco por fin nos da una buena noticia. La abolición del secreto pontificio es una reivindicación histórica de los colectivos de víctimas”, asegura en un vídeo remitido a Europa Press el portavoz de la asociación Infancia Robada, Miguel Hurtado, que denunció haber sufrido abusos sexuales a manos del monje de Montserrat Andreu Soler. No obstante, pese a la buena noticia, Hurtado recuerda que “no se puede bajar la guardia” porque, a su juicio, “hay fuertes resistencias dentro de los episcopados locales, incluyendo la mayoría de los obispos españoles que quieren seguir obstruyendo las investigaciones en casos de pederastia”.
Por ello, considera que “si hay un obispo que sigue encubriendo estos casos, tiene que existir un régimen sancionador y tiene que perder su puesto de trabajo. Nunca más los casos de pederastia se tienen que tratar de forma secreta; los obispos tienen que colaborar con la Justicia, denunciar a los curas pederastas a las autoridades y entregar los documentos internos cuando se lo pidan”, añade Hurtado. El denunciante va aún más allá: “En Conferencias Episcopales como la española sigue ausente la empatía hacia sus víctimas”. Por ello, precisa que en la cúpula eclesiástica la satisfacción por la reforma vaticana es solo “contenida”.
En todo caso, Infancia Robada no va a cesar en su empeño de “exigir que la Conferencia Episcopal de España cumpla con las instrucciones de Francisco I y lo haga de modo urgente”. Además, exigen que la Iglesia cree “mecanismos de investigación de todos los casos del pasado y del presente”. “No bastan las palabras y los perdones. Olvidan que la única lacra no es que existan pederastas en sus filas, sino que cuando ello se ha denunciado, lo hayan encubierto mediante un silencio en muchos casos cómplice”, alega el portavoz de la asociación.
La reforma de Francisco
Los dos documentos papales implican “que las quejas, los testimonios y los documentos procesales relacionados con los casos de abuso conservados en los archivos del Vaticano, así como los encontrados en los archivos de las diócesis, y que hasta ahora estaban sujetos a secreto pontificio, pueden ser entregados a los magistrados investigadores de los respectivos países que lo soliciten. Un signo de apertura, disponibilidad, transparencia, colaboración con las autoridades civiles”, según el diario italiano La Repubblica.
El primer y más importante documento es un rescripto firmado por el cardenal secretario de Estado, Pietro Parolin, que informa de que el pasado 4 de diciembre el papa abolió el secreto pontificio en los casos de denuncias, juicios y decisiones sobre violencia y actos sexuales realizados bajo amenaza o abuso de autoridad; abuso infantil y personas vulnerables; pornografía infantil; y encubrimiento de los abusadores por parte de obispos y superiores generales de institutos religiosos. La instrucción trata de garantizar la “seguridad, integridad y confidencialidad” establecida por el Código de Derecho Canónico para proteger “la buena reputación, la imagen y la esfera privada” de las personas involucradas, pero añade que ese “secreto oficial”, según se lee en la declaración del papa, “no impide el cumplimiento de las obligaciones establecidas en cada lugar por las leyes estatales”, incluida la “obligación de informar, así como la ejecución de las solicitudes ejecutivas de las autoridades y tribunales civiles”. Además, a quienes elaboran los informes confidenciales, a quienes son víctimas y testigos, “no se les puede imponer ninguna restricción de silencio sobre los hechos”.
Con el segundo rescripto firmado por Parolin y el prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, cardenal Luis Ladaria Ferrer, se dan a conocer las modificaciones de tres artículos del ‘motu proprio’ –se conoce con ese nombre todo documento de la Iglesia católica emanado directamente del papa− titulado Sacramentorum sanctitatis tutela. Esta norma de 2001 ya fue modificada en 2010 y ahora el papa establece que la “adquisición, posesión o revelación de imágenes pornográficas de menores de 18 años por parte de un clérigo, en una orden, se encuadrará dentro de los delitos más graves reservados para el juicio de la Congregación para la Doctrina de la Fe”. Hasta hoy ese límite se establecía en 14 años.
En otro artículo se asegura que es posible que, en casos relacionados con los delitos más graves, los fieles laicos con un doctorado en Derecho Canónico y no solo los sacerdotes puedan también desempeñar el papel de “abogado y fiscal” durante un proceso legal.
El rescripto papal obviamente no modifica el secreto de confesión, que sigue quedando como está. Tampoco implica la publicación y difusión de documentos del proceso en curso. La confidencialidad para las víctimas y los testigos está, de hecho, siempre protegida. Pero a partir de ahora la documentación tendrá que ponerse a disposición de las autoridades civiles para la investigación de los casos ya afectados por un procedimiento canónico.