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En Baleares la Religión se dará a distancia si no hay un mínimo de 10 alumnos

A partir del próximo curso 2019-20 los institutos de Baleares deberán ofrecer la asignatura de Religión como optativa en 2º de bachillerato y no sólo en 1º como hasta ahora. Será de oferta obligatoria para los centros educativos y opcional para el alumno aunque la Conselleria de Educación del Govern balear ha avanzado que se impartirá a distancia en el caso de que el número de alumnos -de bachillerato- que la soliciten no llegue a un mínimo de 10.

«Será de oferta obligatoria en 2° de bachillerato como una específica más. Si no se llega a un mínimo de diez alumnos se podrá cursar a distancia en el Instituto de Enseñanzas a Distancia de las Islas Baleares (IEDIB)», avanzó a este rotativo el departamento de Martí March, desde donde justifican esta decisión en que se le dará el mismo tratamiento que una específica de oferta obligatoria «como en el caso de la segunda lengua extranjera». «Desde el momento que la consideramos una materia equiparable a las otras, se le aplicará lo mismo», recalcaron.

Educación se ha visto obligada a ofertar esta asignatura, en contra de su criterio, por imperativo legal. El pasado octubre de 2018, el Tribunal Supremo inadmitió el recurso de la Abogacía de la Comunidad Autónoma contra la sentencia de 31 de enero de 2018 del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) que, dando la razón al Obispado de Mallorca, determinaba que la Conselleria de Educación debía modificar el currículo de Bachillerato para que pudiera ofrecerse la asignatura de Religión en primer y segundo cursos, y no únicamente en primero, como ocurría hasta ahora.

La sentencia se produjo una vez iniciado el curso 2018-19 y la Conselleria de Educación no la aplicó, alegando que era «muy complicado» y que no había contratado el personal docente necesario. Aplazó la medida al próximo curso 2019-20 y este sábado, a punto de acabar el curso y de que los alumnos se matriculen de las asignaturas, se ha modificado el currículum de bachillerato.

El Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) del 15 de junio añade Religión II en el bloque de asignaturas específicas y detalla que «los centros deben ofrecer obligatoriamente las materias de segunda lengua extranjera II, Religión II y, en el caso del bachillerato de artes, también la de Historia de la Filosofía».

El artículo 6 incorpora la previsión de cursar Religión a distancia: «En los centros sostenidos con fondos públicos se puede impartir la materia de Religión cuando el número de alumnos matriculados no sea inferior a 10. En caso de que el número de alumnos sea inferior a 10, deben cursar esta materia a distancia en el Instituto de Enseñanzas a Distancia de las Islas Baleares (IEDIB).

USO, el sindicato representante de los profesores de Religión en Baleares, se congratula de que «al fin se aplique la ley» aunque tiene reticencias en lo que respecta al cumplimiento de los centros. Se teme que haya institutos que no informen a los alumnos de que pueden estudiar Religión, como ya está ocurriendo en educación infantil.

La conselleria, sin embargo, recuerda que «los inspectores vigilarán el cumplimiento de la legalidad vigente, como hacen con los restantes aspectos del currículum» y, por tanto, garantizará que esta oferta obligatoria se cumpla en todos los institutos.

Además, ha previsto un ligero incremento de «uno o dos profesores» más, aunque en la mayoría de casos se absorberá el incremento con la cuota que tiene asignado el centro, «ya que si los alumnos escogen Religión dejan de hacer otra materia específica». A finales de esta semana se dan las notas de fin de curso y a partir de la próxima los alumnos podrán hacer sus matrículas con esta optativa más.

Aun así, USO lamenta que durante cuatro años los alumnos de 2º de bachillerato no han podido elegir esta asignatura y se les ha privado de este derecho.

La sentencia del TSJB consideró que el decreto y la orden de la Conselleria de Educación de 2016, vulneraban los derechos fundamentales a la libertad religiosa y de culto, recogidos en la Constitución, así como el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la «formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones».

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