La comunidad islámica en La Rioja solicita a la Consejería de Educación que posibilite la asignatura de enseñanza religiosa islámica el próximo curso escolar y no acepta que se implante de manera progresiva.
Así lo han explicado hoy, en una rueda informativa que ha recogido EFE, miembros de la comunidad islámica en La Rioja, quienes se ha han referido a la interposición de dos recursos de ejecución de sentencias del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, que avalan el derecho a recibir la asignatura de enseñanza religiosa islámica.
María Ángeles Aretio, miembro de la comunidad islámica en La Rioja, ha precisado que «es un hecho sumamente grave tener que recurrir a una administración pública que ejecute la ley» y ha lamentado el «incumplimiento» por parte de la Consejería de Educación del incumplimiento de estas dos sentencias, lo que ha obligado, ha dicho, a la presentación de ambos recursos.
Ha detallado que la Consejería de Educación «está obligada por normativa a presentar un modelo -en el proceso de matriculación del curso escolar- en el que los padres puedan ejercer su derecho a la libertad de elección de asignatura de religión o asignatura de valores».
La comunidad islámica solicita que, ante el inicio del proceso de matriculaciones el próximo 1 de abril, la Consejería facilite este modelo a los padres, en el que se les posibilite que puedan elegir, dentro de la asignatura de religión, la islámica, al ser una de las cuatro que están reconocidas, y que son la católica, judía, evangélica y musulmana, ha precisado Aretio.
Ha recalcado que, si la Consejería de Educación no facilita un impreso en el que las familias puedan especificar una de las cuatro religiones, la comunidad islámica se verá obligada a elaborar y presentar un nuevo modelo, lo que supondrá una carga administrativa, que, según ha dicho, no es el interés de este colectivo.
Aretio ha recordado que el pasado mes de noviembre, la Consejería de Educación envió un correo electrónico a los centros educativos, en los que pedía conocer el número de solicitudes presentadas para cursar esta asignatura, que son 428, y que «están sentando la base» de la negociación con la comunidad islámica para plantear la planificación del próximo curso.
Dentro de estas negociaciones, ha informado Aretio, la Consejería de Educación plantea la implantación de esta iniciativa, de forma progresiva y en Educación Primaria, lo que la comunidad islámica «no comparte» ni acepta, ya que debe extenderse a todos los centros y a todos los niveles educativos hasta Bachillerato y «vulnera la ley, el principio de igualdad y el derecho a la no discriminación».
También rechaza que la Consejería esgrima, según sus datos, problemas organizativos -en cuanto a la dotación de profesores que puedan impartir esta asignatura, ya que la comunidad musulmana tiene a 27 posibles candidatos que cumplen los requisitos.
Según sus datos, a 31 de diciembre de 2017, hay 3.200 alumnos que cursan educación Primaria, y las estimaciones de la comunidad musulmana son de unos 4.500 en todos los niveles: Primaria, Secundaria y Bachillerato.
Las sentencias que abrieron la puerta a la enseñanza del Islam
En noviembre del pasado año, una sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR) precipitó los hechos. El fallo revocó la resolución del Gobierno regional que meses antes había desestimado la solicitud de una madre de reconocer el derecho a recibir clases de Islam por sus hijos en los colegios públicos a los que asisten.
La decisión judicial provocó la reacción inmediata de la Consejería de Educación que ya entonces mostró su intención de implementar la asignatura, aunque también entonces reconocía que el camino hasta hacerlo no estaba exento de dificultades técnicas.
La sentencia venía a reconocer que del conjunto normativo y jurisprudencial al que hacía referencia la madre que había reclamado las clases de Islam -fundamentalmente los artículos 14 y 27.3 de la Constitución Española sobre igualdad de derechos y garantía de ellos por parte de los poderes públicos, así como la Ley Orgánica 7/1980 de Libertad Religiosa y el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España de 1992- se extraía que el reconocimiento del derecho fundamental invocado debía ajustarse, para su ejercicio, al cumplimiento de los requisitos organizativos de la docencia legalmente establecidos. Entre ellos, la existencia de un interlocutor entre las partes o el número de alumnos exigidos para que la asignatura pueda ser operativa. Y en este caso, la Comisión Islámica había presentado un portavoz directo en las reuniones mantenidas con la Consejería que ésta no había cuestionado y tampoco constaban discrepancias entre las dos principales comunidades islámicas asentadas en La Rioja.
Además, los interesados aseguraron entonces que habían facilitado un listado de 27 profesores avalados y que habían acreditado que había un número de demandantes que cumplía la ratio exigida de diez alumnos por curso o, en su caso, agrupados por centro.
Tras este primer fallo se fueron sucediendo los recursos de más familias que solicitaban el Islam en las aulas de sus hijos. Primero lo hicieron tres radicadas en Haro que presentaron ante la Sala de lo Contencioso del TSJR sendos recursos contra el silencio administrativo de Educación tras la petición formulada en febrero para que sus hijos puedan cursar la asignatura de religión islámica en sus respectivos centros. Luego lo harían seis familias más de Calahorra y de Santo Domingo.
Sobre esta cuestión, que ocupó numerosas páginas de este diario, también se pronunció la Diócesis, que aceptó impartir Islam en los centros concertados pero sin renunciar a su ideario.