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El juez sienta en el banquillo a la promotora de la ‘procesión’ del chumino rebelde

Evita poner fianza a la única investigada por la marcha que recorrió las calles de Málaga el 8 de marzo de 2013, que dará explicaciones ante un juzgado de lo penal

El Juzgado de Instrucción número 11 de Málaga ha decidido abrir juicio oral contra la componente de la formación Ahora Málaga -socio de Podemos en la capital andaluza- Elisa Mandillo por un delito contra los sentimientos religiosos, previsto en el artículo 525 del Código Penal, por promover la marcha denominada ‘Procesión del santo chumino rebelde’, que recorrió las calles de la ciudad el 8 de marzo de 2013, con motivo del Día Internacional de la Mujer, imitando a los desfiles católicos de Semana Santa.

La decisión del titular del Juzgado, Juan Francisco Ramírez Barroso, de sentar en el banquillo a Mandillo se produce después de que así lo reclamara la Fiscalía y la acusación particular, ejercida por la Asociación de Abogados Cristianos, que también solicitaba el procesamiento de la acusada por otro delito, el de provocación a la discriminación, al odio y a la violencia, extremo este último que el magistrado no ha atendido.

El ministerio público ha reclamado para la componente de Ahora Málaga la pena de multa de 3.000 euros, propuesta que será estudiada por un Juzgado Penal de Málaga durante el juicio que se celebre en una fecha aún por determinar. El Juzgado número 11 ha decidido no imponer fianza a la acusada para asegurar las responsabilidad pecuniarias que puedan declararse en la sentencia.

La presidenta de la Asociación de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, asegura que su agrupación solo pide «respeto hacia los cristianos y hacia la libertad religiosa». «No se debe permitir que se pisotee el respeto al derecho fundamental a la libertad religiosa de los ciudadanos consagrado en la Constitución Española y en el Convenio Europeo de Derechos Humanos», añade la representante de la acusación particular.

El pasado 10 de junio, el Juzgado 11 de Málaga dictó auto de procedimiento abreviado por la mencionada marcha del ‘chumino rebelde’, una decisión que se produjo apenas un día después de que el Juzgado número 10 de Sevilla archivara la causa abierta contra tres mujeres por participar el 1 de mayo de 2014 en la denominada ‘procesión’ del ‘Santísimo Coño Insumiso’, una manifestación que recorrió las calles de la capital hispalense junto a la figura de una vagina y gritando frases como ‘la Virgen María también abortaría’.

Durante la fase de instrucción dirigida por el Juzgado 11 de Málaga, la investigada ha alegado que las voces que se levantaron durante la marcha del ‘chumino rebelde’ se refirieron «en todo momento a los derechos sexuales de la mujer y a sus genitales (representados por la vagina) como fuente de placer, en contraposición a la asignación de una función exclusivamente reproductiva, a la represión sexual de las mujeres a lo largo de la historia así como al derecho al aborto», según indicó la propia defensa letrada de Mandillo en su recurso contra el auto de transformación en procedimiento abreviado del pasado 10 de junio.

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