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MHUEL insta a las instituciones a defender su patrimonio de las inmatriculaciones

Desde la asociación laica denuncian la inmatriculación por parte de la Iglesia de la Iglesia de San Juan Bautista, en Zaidín; la Colegiata de Alquezar; y la Catedral más antigua de Aragón, la de Roda de Isábena

La asociación Movimiento hacia un Estado Laico (MHUEL) continúa con su labor de concienciación ciudadana sobre las inmatriculaciones que la Iglesia Católica en Aragón, amparada en unas leyes que le permiten hacerse con edificios de alto valor artístico y cultural sin pago alguno.

Desde esta asociación han tenido constancia de la inmatriculación de varios inmuebles, en tres poblaciones distintas, de los que se apropió la Iglesia en los años 2004, 2005 y 2015.

La Iglesia de San Juan Bautista, en Zaidín, Uesca, fue inmatriculada en el mes de octubre del año 2004 por el Obispado de Barbastro y Monzón, y según consta en el auto de inmatriculación, lo hizo “al manifestar su dominio pacífico desde tiempo Inmemorial“. Desde MHUEL recuerdan al Obispado de Barbastro y Monzón, que esta Iglesia en el año 1998 aún estaba bajo la jurisdicción apostólica de la diócesis de Lleida, y les resulta, cuando menos, “poco ajustado a derecho y a la propia realidad que el término ‘Inmemorial’ pueda ser usado en solo cinco o seis años de tutela diocesana por parte de las autoridades eclesiásticas de Barbastro Monzón”.

En febrero de 2005 era inmatriculada por el Obispado de Barbastro y Monzón, según certificación registral, la Catedral de Roda de Isábena, también en Uesca. Antigua Catedral de San Vicente y San Valero, se trata de la Catedral más antigua de Aragón, un templo románico construido entre los siglos XI y XII, si bien su portada data del siglo XIII.

Fue desamortizada en en 1843. Declarada Monumento Nacional por Real orden del 17 de enero de 1924, en 1931 fue declarada Monumento Histórico Artístico perteneciente al Tesoro del Estado. Por el  Gobierno de Aragón es declarada Patrimonio Aragonés Cultural (PAC) en el año 1991 y Bien de Interés Cultural (BIC) en 2003.

Todos estos reconocimientos culturales han hecho que el edificio haya recibido numerosas ayudas públicas para su restauración y mantenimiento, en los últimos datos figura que accedió a un presupuesto de 836.580 euros, fruto de un convenio entre el Gobierno de Aragón, Ibercaja, Ayuntamiento de Isábena y Obispado de Barbastro y Monzón. Sin embargo, y pese a la ingente inversión pública en su restauración, la Iglesia inmatriculaba el inmueble.

Por último, MHUEL ha tenido conocimiento de la inmatriculación del Conjunto Monumental de la Colegiata de Alquezar, también en territorio oscense. Se trata de una de las inmatriculaciones más recientes, pues data del 25 de abril de 2015.

En este caso estaríamos hablando de otra inmatriculación “exprés”, a las que la Iglesia Católica en Aragón parece haber cogido costumbre. La potestad de inmatricular bienes inmuebles a la Iglesia Católica, finó el 24 de junio del 2015 en la última reforma de la Ley Hipotecaria. Además, en la información registral aparece como autor de la inmatriculación el ecónomo de la diócesis, cuando es preceptivo que sea el diocesano, es decir, el Obispo, a tenor del artículo 304 del Reglamento Hipotecario.

La Colegiata de Santa María La Mayor de Alquezar tiene su origen a principios del siglo IX, cuando Jalaf ibn Rasid construye el primer castillo para impedir el avance de la resistencia cristiana. Conquistada por Sancho Ramírez en 1067, no será de uso eclesial hasta 1099, cuando se construye una iglesia colegiata románica que posteriormente será sustituida en el siglo XVI por otra tardogótica.

Fue declarada, el 3 de junio de 1931, Monumento Histórico Artístico perteneciente al Tesoro del Estado. Declarada BIC y PAC por el Gobierno de Aragón. De hecho, la Dirección General de Patrimonio Cultural del Gobierno de Aragón , ha invertido 1.881.449 euros en restauración y mantenimiento en el periodo comprendido entre 1998 y 2008.

Con todos esto datos, desde MHUEL, instan a los poderes públicos de Aragón a que defiendan su rico patrimoniomanteniéndolo bajo su “protección y titularidad”, sin apropiaciones indebidas fruto de una “Ley Hipotecaria (Art. 206) de origen franquista, que solo pretendía otorgar un privilegio más a la Iglesia Católica, al margen de las pesadas cargas y obligaciones del Concordato de 1953 y acuerdos posteriores de 1976 y 1979 firmados entre el Estado Español y la Santa Sede”.

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