La portavoz del Gobierno municipal de Madrid, Rita Maestre, está siendo puesta en la picota política por su participación, hace cuatro años, en una acción en la capilla del campus de Somosaguas con la que se rechazaba la existencia de esa y otras capillas universitarias. El ultramontano ataque político se basa en que está imputada por un delito contra los sentimientos religiosos por “profanar” la capilla de la Complutense exhibiendo en ella sus pechos y diciendo frases contra el papa y la Conferencia Episcopal.
El caso es que son las capillas de las universidades públicas las que atentan contra los sentimientos democráticos, contra la racionalidad científica y contra la libertad de conciencia. Recordemos que en esas capillas lanzan sus sermones los sacerdotes de una institución homófoba, misógina y con una extraordinaria historia criminal. Téngase en cuenta el ridículo que supone que en un espacio universitario se hable del creacionismo, realicen rituales mágicos como la transformación de pan y vino en el cuerpo y la sangre de un personaje fallecido hace un par de milenios, si es que existió. Pero resulta que lo delictivo es quejarse abiertamente del atropello que supone aquel agravio, y esta estupidez se realicen en la universidad pública, en las que son las capillas las que ‘profanan’ lo público, y siendo la iglesia católica la que mediante la inmatriculación y la cesión privilegiada por las instituciones nos roba espacios públicos a los ciudadanos/as.
El portavoz municipal del PSOE en Madrid, Antonio Miguel Carmona, que ya en campaña mostró que no es confesional a secas, sino multiconfesional, pide de modo oportunista, junto a la caverna mediática y a la derecha montaraz, el cese de Rita. No parece escandalizarse de que existan capillas en la universidad pública, sino de que haya quien tenga la decencia y el valor de denunciarlo, como Rita. Y ahora se ceba con ella porque está siendo imputada por el susodicho “delito contra los sentimientos religiosos”. Carmona, que se dice socialista, no se da cuenta de que la mera existencia de ese delito es inadmisible en una democracia, y que es, en cambio, algo propio del nacionalcatolicismo.
Para más atropello, la Fiscalía de Madrid ha solicitado una pena de un año de prisión para la portavoz del Gobierno municipal, coordinadora de la Junta de Gobierno y responsable de Relaciones con el Pleno en el Ayuntamiento de Madrid, Rita Maestre, por su participación en esa protesta en la capilla de la Universidad Complutense en 2011.
El fiscal acusa a Maestre y a Héctor Meleiro, quien figuraba en la lista de Podemos a la Comunidad de Madrid, de un delito contra los sentimientos religiosos y ahora el juzgado de lo Penal número 6 de Madrid deberá fijar una fecha para la celebración de la vista oral. Según el escrito de acusación, Maestre y Meleiro entraron sobre la 13.30 horas en la capilla del Campus de Somosaguas «guiados por el ánimo de ofender los sentimientos religiosos de los allí presentes y de todo el colectivo católico».
La concejal de Ahora Madrid y miembro del Consejo Ciudadano estatal de Podemos ha recordado que la imputación y la información sobre la misma no es nueva y que los hechos de los que se le acusa tuvieron lugar hace cuatro años.
«Fue una protesta pacífica a favor del laicismo y para que se dejaran de utilizar los edificios públicos para fines religiosos y no académicos», se defiende Maestre» Se trató de una marcha pacífica que yo no organicé. Me la encontré y acompañé a los manifestantes. Fue una reivindicación pacífica a favor del laicismo y para que se dejaran de utilizar los edificios públicos para fines religiosos y no académicos», ha recordado. Yo añadiría “acto reivindicativo del que me siento orgullosa”
La Fiscalía pide para ella un año de cárcel por un delito contra la libertad religiosa, aunque ella apuesta por la absolución ya que considera que no hay odio religioso y no constituye delito.
Apenas 24 horas después de tomar posesión, los tres alcaldes gallegos de las mareas se han salido de la corriente. Martiño Noriega, por Santiago, Xulio Ferreiro, por A Coruña, y Jorge Suárez, por Ferrol, han excusado su presencia en Lugo en la denominada Ofrenda del Antiguo Reino de Galicia al Santísimo Señor Sacramentado, una misa y procesión católicas que preside el arzobispo de Santiago, máxima autoridad de esta Iglesia en Galicia, y en la que desde 1669 cargos políticos proclaman su “devoción” a esta figura religiosa. Los regidores de Compostela Aberta, Marea Atlántica y Ferrol en Común defienden la laicidad de las instituciones que dirigen, mientras el PP y la Iglesia al unísono los acusan de falta de tolerancia. Esta mañana el arzobispo compostelano Julián Barrio ha advertido en su homilía contra la “indiferencia religiosa” y “el olvido de Dios”.
Más aún, opinar y ejercer la libertad de expresión sobre la Corona podrá ser DELITO de TERRORISMO a partir del 1 de Julio.
El castigo por opinar sobre la Corona contempla fuertes penas equiparables a la violación de una mujer o el secuestro de un ser humano. Las opiniones disidentes o críticas de los ciudadanos en las redes sociales a la Corona se contemplarán como «ataque terrorista a la Corona».
Decenas de colectivos se han unido para mostrar su rechazo contra las ‘ley mordaza’ –la Reforma del Código Penal y la Ley de Seguridad Ciudadana– y llaman a desobedecer activamente estas leyes «que castigan la pobreza, la solidaridad y protesta». Habría que añadir la eliminación del delito de escarnio, forma moderna de la blasfemia.
Las normas, que entrarán en vigor el próximo miércoles 1 de julio, «sancionan, prohíben y criminalizan prácticas tan normalizadas como parar un desahucio o asistir a una persona sin papeles».
Cientos de personas se han sumado para poner en marcha una campaña viral a través del tag #SinMordazas para protestar contra unas leyes que «no entran en vigor para garantizar la seguridad ciudadana sino para convertir en ley su temor, el miedo que les despierta el deseo de democracia.
La libertad de expresión debe aplicarse también en el ámbito religioso. De los dioses y sus profetas pueden hacerse sátiras y caricaturas. Esta es la idea fuerza del movimiento Je suis Charlie que, desde París, ha movilizado a toda Europa. En España, una de sus primeras consecuencias debiera ser derogar el delito de blasfemia.
Porque nuestro vigente Código Penal mantiene este arcaico delito. Su artículo 525 castiga quienes ofendan los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa al hacer escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias.
En el pensamiento jurídico se considera al Código Penal una especie de “Constitución negativa”, porque los valores y principios de la convivencia social que se proclaman en la Constitución, son los mismos valores que se recogen en el Código Penal, protegidos aquí mediante sanciones dirigidas a quienes los vulneran. El delito de lesiones sería la formulación en negativo del derecho constitucional a la integridad física, y el delito de hurto no es sino la expresión negativa del derecho constitucional a la propiedad privada.
Sin embargo, esta equivalencia entre protección penal y reconocimiento constitucional quiebra cuando entramos en los dominios de la religión. Es interesante observar que la Constitución equipara en su artículo 16.1 a la libertad ideológica con la libertad religiosa y de culto. Ambas libertades gozan del máximo rango de reconocimiento constitucional al ser derechos fundamentales de los ciudadanos. De forma que, con la Constitución en la mano, una persona tiene el mismo derecho a ser anarquista, feminista, o pacifista (libertad ideológica) que el derecho que tiene para ser miembro de una u otra iglesia (libertad religiosa). Esta equiparación jurídica se refuerza cuando se prescribe que “nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias”.
La decisión de equiparar jurídicamente las ideologías con las creencias religiosas es ciertamente muy discutible. Ideología y religión son dos manifestaciones del pensamiento humano de muy distinta naturaleza y alcance. Quizá es preferible la fórmula de nuestra Constitución de 1931, que equiparó el derecho de practicar libremente cualquier religión con la libertad de conciencia, y no con las manifestaciones ideológicas.
Esta posibilidad de denunciar por vía penal es real. Recordemos que Leo Bassi fue imputado en 2011 por disfrazarse del Papa Juan Pablo II y repartir condones en la Universidad de Valladolid, y que el cantante Javier Krahe fue juzgado, y afortunadamente absuelto, por burlarse del cristianismo en un programa de TV, simulando que cocinaba un crucifijo. Esta clase de denuncias es más frecuente de lo que parece, yo he recibido 5 querellas criminales por plantear críticas a las iglesias, y se promueven por organizaciones integristas muy atentas a detectar lo que consideran ofensas a sus creencias.
Si las creencias religiosas son tan respetables como las ideologías, no es admisible que disfruten de un blindaje penal del que ninguna ideología, doctrina o producto del pensamiento humano puede disfrutar. Los sentimientos de los cristianos no pueden ser afrentados mediante una burla tenaz –ésta es la definición de escarnio- pero cualquier tertuliano puede despacharse a diario llamando “feminazis” a quienes defienden el feminismo y aquí penalmente no ha pasado nada. El feminismo está a la intemperie, mientras que el cristianismo, por ejemplo, se encuentra protegido por la ley penal. El Derecho Penal protege los sentimientos de los creyentes, pero ignora los sentimientos de todos los demás. Los seguidores de cualquier ideología o línea de pensamiento humano también tienen sentimientos, pero a efectos penales los únicos sentimientos dignos de protección son los relacionados con el ámbito religioso. Nos encontramos aquí con una transmutación jurídica y política curiosa, que es la mezcolanza interesada de las ideas franquistas (nacionalcatolicismo) y los sentimientos.
En España la libertad religiosa es real y las creencias religiosas de los ciudadanos están sobradamente protegidas y garantizadas por la ley. El delito de blasfemia es un anacronismo, responde a una concepción arcaica de predominio del pensamiento religioso y entra en contradicción con la libertad de expresión. Derogar el artículo 525 del Código Penal sería una buena manera de demostrar que efectivamente vamos en camino de una sociedad laica. Y convertir en una victoria el ataque a Rita Maestre sería un paso fundamental en el avance imparable hacia un Estado Laico.
¡Apartad vuestras manos de Rita Maestre!
Luis Vega Domingo
Presidente de AMAL – Asociación Madrileña de Ateos y Librepensadores.