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¿Y el Estado laico en Bolivia?

Ya han pasado 8 años de la vigencia de la Nueva Constitución Política del Estado (C.P.E.) y nuestras autoridades tanto nacionales como departamentales, oficialistas y opositoras no han comprendido (o no les da la gana) el alcance de una disposición constitucional. Estamos en semana santa y el feriado católico del Corpus Christi se avecina, en ese contexto, el gobernador ha firmado el Auto de Buen Gobierno que entre otras cosas, prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas desde las 00:00 am del viernes hasta las 12:00 PM del sábado. Sin ánimo de confrontación a la confesión católica y analizando el punto de vista jurídico de la situación me permito transcribir el Art. 4 de la C.P.E. que dice:

Art. 4 (Modelo de Estado) “El Estado respeta y garantiza la libertad de religión y de creencias espirituales, de acuerdo con sus cosmovisiones. El Estado es independiente de la religión

Resumidas cuentas, nuestra C.P.E. adopta una posición sana al constituirse Bolivia en un Estado Laico, independiente de la religión, con libertad de culto. Este derecho que está intimamente ligado a la libertad de conciencia y de pensamiento, ha sido reconocido, declarado y garantizado en otras disposiciones contenidas en declaraciones, tratados, convenios, acuerdos, protocolos y normas internacionales, sólo por mencionar algunos, como la Declaración Americana de Derechos del Hombre (Art. 3 y 22), Declaración Universal de Derechos Humanos (Art. 2, 18 y 26), Pacto de San José (Art. 1, 13, 16, 22, 27), suscritos y ratificados por Bolivia y que representa el bloque de Constitucionalidad (Art. 410-II C.P.E.) que prevalecen en el orden interno del país, sin embargo, en muchas partes del mundo hay actualmente intolerancia y la falta de libertad religiosa es todavia motivo de desconfianzas, disputas, conflictos bélicos (Medio Oriente) y para superar esto es necesario comprensión, diálogo, negociación, consenso y amistad cívica, algo que Bolivia ha superado pero que en la práctica no se aplica imponiendo una confesión religiosa sobre otra y en este caso, con el Decreto Departamental Nro. 248 que impone la Ley Seca por Corpus Christi se está violentando la constitución, los tratados y convenios internacionales sobre la Libertad Religiosa, algo inaceptable si yo fuera musulmán, Budista, Sintoísta, Jainista y por último Ateo. El ejemplo práctico de tolerancia religiosa es el Uruguay Laico que instituye Día de la Familia el 25 de diciembre y Semana de Turismo la Semana Santa, con esta secularización del calendario se abre paso al verdadero Estado Laico que hasta el momento, en nuestro país, sólo se consigna en papel.

 

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