Una vez más la justicia hace uso de ese concepto religioso para oponerse a la libertad de expresión.
Jorge Sabaíni Zapata es un juez de la provincia de San Luis (Argentina),que considera una ofensa a los sentimientos católicos la venta de camisetas con imágenes religiosas. La justicia vuelve a hacer uso, un uso discriminatorio, del concepto religioso de blasfemia para coartar la libertad de expresión, al preteder salvaguradar los sentimientos y creencias religiosas de una determinada confesión. Algo que, a tenor de lo sentenciado por este juez, tiene más valor que otros sentimientos o convicciones no religiosas.
Son las personas las que deben ser respetadas, con independencia de las convicciones o creencias que puedan tener, pero las ideas, creencias, convicciones,… pueden ser objeto de crítica, sin que ello menoscabe a las personas que puedan mantenerlas como suyas.
Vean la noticia tal como se publica en un medio católico:
Tras demanda de católicos juez ordena no vender ropa con contenidos blasfemos
El juez en lo penal y correccional de San Luis (Argentina), Jorge Sabaíni Zapata, ordenó a la firma Komodo dejar de vender ropa con imágenes y leyendas anticatólicas, porque "la libertad de expresión no puede significar al mismo tiempo ofender" a un grupo religioso.
En el año 2009 un grupo de católicos presentó una demanda contra Komodo por presentar en la marca de ropa "De Puta Madre-69" imágenes de Cristo, la Virgen y santos junto a textos blasfemos.
Ese año Komodo respondió calificando a los demandantes de tener una "mente frizada y encapsulada".
Sin embargo, el juez señaló que "la libertad de expresión, no puede significar al mismo tiempo ofender, o difamar los sentimientos y creencias de un grupo religioso, en este caso el católico, en sus creencias más sagradas, existiendo como sostienen los amparistas una clara discriminación en el sentido peyorativo y denigrante que significa ridiculizar los dogmas más sagrados de la Iglesia Católica".
Por ello, resolvió que la firma debe abstenerse de "exhibir y difundir, en el local comercial y/o por cualquier medio las imágenes de la marca ‘De puta madre 69’, donde se vean representadas imágenes del Culto Católico y donde aparezcan las imágenes del Señor Jesucristo, de la Santísima Virgen María y de los Santos".
El falló se sustentó en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Código Civil, que llama a respetar las creencias y sentimientos religiosos.
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