El nuevo Reglamento General de las Instituciones Educativas de la Provincia de Buenos Aires así lo establece
Se trata de un extenso texto reglamentario de las escuelas en la Provincia de Buenos Aires, que se pude consultar completo en el siguiente enlace
Reglamento General de las Instituciones Educativas de la Provincia de Buenos Aires
y que en su artículo 193 así lo establece:
Artículo 193. Prohíbese la colocación de símbolos religiosos o de partidos políticos, en el ámbito de los edificios escolares, excepción hecha de las escuelas de gestión privada confesionales con relación a los símbolos religiosos.