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Se repetirán las elecciones en un municipio de México anuladas por violar la laicidad

El Tribunal consideró que al usar símbolos religiosos indujo a los feligreses católicos del municipio a votar en su favor, con lo que violentó los principios de igualdad, legalidad y de separación Iglesia-Estado.

La Legislatura del Estado de México convocó a elección extraordinaria en el municipio de Chiautla, cuya jornada se realizará el 13 de marzo próximo.

El ayuntamiento que de esta contienda emane, cubrirá el periodo constitucional del primero de abril del año 2016 al 31 de diciembre del 2018.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación anuló el pasado 22 de diciembre la elección ordinaria en esa demarcación tras confirmar que el alcalde electo Ángel Melo Rojas, postulado por la coalición integrada por los Partidos Revolucionario Institucional (PRI), Verde Ecologista (PVEM) y Nueva Alianza (PANAL), violó el artículo 130 constitucional que establece la separación Iglesia-Estado.

Melo Rojas convocó a los ciudadanos del municipio a una misa en la iglesia de San Andrés Chiautla que se celebró a las 18:45 horas del primero de mayo de 2015.

La invitación al evento se imprimió en papel membretado con las siglas del tricolor, a nombre del candidato y con el objeto de bendecir su proyecto proselitista.

En la misa, el candidato hizo uso de la palabra, sus correligionarios asistieron vestidos con los uniformes de la campaña y lanzaron consignas.

El Tribunal consideró que al usar símbolos religiosos indujo a los feligreses católicos del municipio a votar en su favor, con lo que violentó los principios de igualdad, legalidad y de separación Iglesia-Estado.

Este acto de culto, consideraron los magistrados, vulneró el principio de laicidad y de neutralidad religiosa en los procesos electorales, pues cuando el priista se identifica como “el candidato” para concurrir a una celebración religiosa, su participación en ella no fue un acto de fe, sino un acto público dentro del que cobran aplicación las leyes electorales.

Por tanto, al resolver los recursos de reconsideración SUP-REC-1092/2015 y SUP-REC-1095/2015, ratificaron la invalidez de la elección celebrada el 07 de junio de 2015.

Los diputados locales acordaron que la nueva jornada se realice el 13 de marzo de 2016, e instruyeron al Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) a ajustar los plazos relativos a las distintas etapas del proceso.

También establecieron que los plazos y términos señalados se publiquen oportunamente en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno” y en dos periódicos locales y uno nacional de mayor circulación.

“En atención a lo previsto en el artículo 32 del Código Electoral del Estado de México, la convocatoria a elección extraordinaria no restringe los derechos que el Código reconoce a los ciudadanos y a los partidos políticos, ni altera los procedimientos y formalidades que establece”, dispone el documento.

En la contienda pasada, el PRI obtuvo 4 mil 646 votos, a los que se sumaron 86 del Verde y 101 de Nueva Alianza para conseguir 4 mil 833, que crecieron a 5 mil 037 al revisar las casillas

José Miguel Aguirre, de Movimiento Ciudadano, obtuvo 3 mil 889 votos; Juan Carlos González, de Morena, consiguió 2 mil 569 votos; el PRD logró 343 y el PAN 147 sufragios.

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