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Sancionan con 300.000 euros la emisión de un programa de videncia en horario infantil

El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha impuesto una sanción de 300.001 euros por la difusión de programas de videncia en horario prohibido a través del canal autonómico adjudicado a Avista Televisión Andalucía, que inició sus emisiones el 22 de marzo de 2010 como Canal 10 Andalucía.

Según un comunicado del Consejo, la Ley General de Comunicación Audiovisual prohíbe los contenidos esotéricos y de paraciencias entre las 07.00 de la mañana y las 22 horas porque pueden resultar perjudiciales para el desarrollo físico, mental o moral de los menores, y se trata de una infracción grave, tipificada con multas de entre 100.001 y 500.000 euros para estos supuestos.

El CAA ha solicitado además la intervención de la Fiscalía Superior de Andalucía al constatar la proliferación de programas de videncia y esoterismo en horario infantil en televisiones sin licencia ante las dificultades del Consejo para identificar a los responsables de las emisiones.

Según la nota, el Consejo pretende contar con el apoyo de la Fiscalía para identificar a los responsables editoriales de las frecuencias ocupadas ilegalmente, requerir el cese de los contenidos ilícitos y proceder, en su caso, a la apertura de procedimiento sancionador.

La sanción de 300.001 euros impuesta a Avista TV culmina el expediente abierto a este operador tras detectarse, el 25 de octubre de 2010, la difusión de contenidos esotéricos y de paraciencia en horario prohibido.

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